Pues yo diría, con riesgo a equivocarme, que es la B.
Digo la B, por que dudo que el delito de homicidio se pueda cometer por omisión.
El delito de homicidio es de acción, por dolo o por imprudencia.
Artículo 138.
El que matare a otro será castigado, como reo de homicidio, con la pena de prisión de diez a quince años.
¿Mató Zacarias a Felipe?. Yo creo que no. Asi que la A y la C para mi descartadas. Entre la B y la D, la de dice, no pues no estaba en posición de garante, y yo creo que ahi da igual estar o no estar en posición de garante. Asi que solo me queda la B la cual dice que la omision no es equivalente a la accion de matar en el delito de homicidio (cosa que yo opino que es cierta).
Vaya pregunta mas liante. ¿Cual dice las soluciones que es la buena?