Hola Raúl,
haber si me sé explicar y no me equivoco, la posición de garante, suele realizarse a través de una relación contractual o legal, es decir, el socorrista ocupa posición de garante pues es responsable de los bañistas por medio de un contrato, en el caso de la madre que deja morir al niño por inhanición sería garante, por ser la responsable de su hijo, que lo ha parido ella vamos, GARANTE = el responsable legal o contractual, o el médico garante del huelguista de hambre, mientras sus recursos físicos estén bien ( los del huelguista ) no puede hacer nada, sería delito de coacción, pero cuando llega el momento de que esta persona empieza a desfallecer por la huelga de hambre y corre peligro su vida, es obligación legal del médico asistir con alimentación forzosa a dicho huelguista, pasando de ocupar delito de coacciones a un estado de necesidad, y ocuparía igualmente posición de garante. GARANTE = RESPONSABLE LEGAL O CONTRACTUAL DE CUALQUIER ACCION U OMISION, cuya acción u omisión ilícita conlleva la responsabilidad penal sobre el garante.
Por ej, los del departamento de derecho penal I son los garantes de que este puto libro que han publicado, consecuentemente nos lleva a la mayoría al suspenso y fracaso total, con lo cual deberían responder penalmente por la dificultad que han impuesto en esta asignatura, pues para ello tienen una relación contractual con nosotros, son responsables de un aprendizaje asequible, sobre penal I, pero como no les sale o mejor dicho no saben explicarse mejor, la posición de garante se la están pasando por el forro de los cojons......... me he explicado

jaja, imagino que no, al menos lo he intentado. UN SALUDO