Hola, aunque ya sabíamos, que la PEC era sobre el fuero de Baeza, que esta colgado en la página del Departamento de Historia, todavía no teniamos las pautas para el que vaya a hacerlas por eso copio y pego:
LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA EDAD MEDIA:
ANÁLISIS INSTITUCIONAL DEL CONCEJO MEDIEVAL A TRAVÉS DEL FUERO
DE BAEZA (ms. 8331)
La presente prueba de evaluación continua (PEC) consiste en la elaboración de un trabajo original de una extensión mínima de 20 folios (no se contabilizan las citas literales de preceptos del Fuero que haga el alumno en su trabajo), en letra Times New Roman 12, espaciado sencillo (= espacio interlineal 1). El trabajo debe ser original e individual (no se aceptan trabajos en grupo). El plazo de entrega de la PEC se abre el 20 de noviembre y termina inexcusablemente el 15 de diciembre. No se aceptarán los trabajos que entren en la plataforma con posterioridad a esa fecha. El prof. Tutor habrá de introducir en la plataforma la calificaciones de las PECs antes del día 20 de Enero. La PEC consistirá en analizar, clasificar y comentar los preceptos del Fuero municipal de BAEZA que se adjunta en versión PDF según el siguiente esquema básico:
I.- El Señor de la Villa (Palacio de la Villa) como representante del Rey ante el Concejo: Localizar y comentar los diversos preceptos del Fuero que se refieren a:
a) Naturaleza jurídica, Estatuto jurídico y político, derechos y facultades.
b) Medios humanos y económicos del Palacio o Señor:
- Comentar las disposiciones que establecen la preeminencia del Señor o Palacio sobre el Concejo, pero también sus limitaciones y prohibición de injerencia en las competencias del Concejo.
- Relación de tributos, tasas, multas o penas (caloñas, novenas, botín, etc.) debidas al rey (Palacio o Señor).
- Explicar las posibles razones por las que en determinados crímenes, el palacio percibe una parte de la caloña y en otros la totalidad.
c) Análisis de los casos reservados a la jurisdicción del Palacio: ejemplos: casos en los que cabe derecho de apelación judicial ante el Rey; ruptura de la tregua y otros casos de corte, etc.
d) Funcionarios o Agentes al servicio del Palacio:
- Enumeración, competencias y sueldo (su participación en la recaudación de los tributos y caloñas).
- La igualdad de los funcionarios del palacio ante el Fuero: Para estimular la repoblación del Alfoz, se eliminan algunos privilegios de los agentes del Palacio y se les equipara a los demás vecinos. Por ejemplo, se prohibe al Palacio: conceder asilo a enemigos del Concejo, tomar prendas a deudores del Palacio, ser garante de vecino del Concejo, influir en nombramientos de cargos concejiles, etc.
II.- El Concejo de la Villa: Localizar y comentar los diversos preceptos del Fuero que
se refieren a:
a) Naturaleza jurídica y facultades: por ejemplo, en el nombramiento de funcionarios del Concejo, asentamiento de pobladores, defensa de la ciudad, etc.
b) Gestión y administración del municipio: la división de la Villa en barrios, parroquias o collaciones. Especial referencia a la relación de prestaciones personales y tributos, tasas, multas o penas debidas al Concejo.
c) Funcionarios o Agentes municipales: Alcaldes, jueces, escribanos, recaudadores, portazgueros, auxilares, etc.: Explicar sus competencias, control y formas de remuneración.
d) Gestión y regulación de los recursos de la comunidad: Agrícolas (regadío,mieses, viñas, huertos, molinos, pastos, bosques, caza, etc.), ganaderos, comercio y mercado.
e) Estatuto del vecino como aforado del Concejo; obligaciones, derechos, exenciones triburias y otros privilegios, especialmente respecto a los forasteros.
III.- El Alfoz y sus Aldeas: Localizar y comentar los diversos preceptos forales que se
refieren a:
a) El Alfoz o término municipal como espacio protegido o sometido al Fuero.
b) Las aldeas del Alfoz con especial referencia en su relación de dependencia de la Ciudad o Villa.
VOCABULARIO
El Texto del Fuero en PDF lleva al final un Vocabulario. Puede complementarse
con otros diccionarios, léxicos y vocabularios impresos o en la web.