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Autor Tema: El tema de los pagos de la tasa de licenciado...  (Leído 1287 veces)

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Desconectado Liberto

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El tema de los pagos de la tasa de licenciado...
« en: 05 de Octubre de 2011, 15:50:21 pm »
Bueno:

He hablado hoy con mi Centro Asociado, y por lo que parece me van a dar la compensación a tiempo. No obstante hasta que no lo vea no lo creeré.

Pero lo que es obvio es que si me la dan, tendré un plazo muy corto para hacer todo, además viviendo en Buenos Aires. Por lo que había pensado en lo siguiente, para eludir el tema de la Ley 34/2006.

Una vez reciba la confirmación de la compensación, hacer una transferencia por banca electrónica de mi CC en España a la cuenta restringida de la UNED, pagando el importe de la tasa e imprimir el recibo.

Y después, rellenar el impreso que sale en la web de solicitud de certificación del título, con un escrito adjunto explicando el proceder, y enviarlo por procedimiento administrativo a través del Consulado español.

¿Creéis que habría algún problema en este proceder?.

Un saludo.

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Desconectado Liberto

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Re:El tema de los pagos de la tasa de licenciado...
« Respuesta #1 en: 05 de Octubre de 2011, 17:54:28 pm »
Vengaaaa, que hay muchos licenciados...
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Desconectado Conde63

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Re:El tema de los pagos de la tasa de licenciado...
« Respuesta #2 en: 05 de Octubre de 2011, 17:58:06 pm »
Me parece excelente, Liberto. Estoy seguro de que llegarás a tiempo. ;)
Estaba buscando alguna disposición administrativa que justificase lo que el Cc dice en cuanto a las obligaciones en general y he encontrado esto:
a) El artículo 61.1 de la LGT establece como norma para el momento del pago en efectivo que: “Se entiende pagada en efectivo una deuda tributaria cuándo se haya realizado el ingreso de su importe en las cajas de los órganos competentes, oficinas recaudadoras o entidades autorizadas para su admisión"

b) El vigente artículo 37 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en adelante RGR, (en vigor desde el 1 de enero de 2006) dispone expresamente al respecto del momento en que debe considerarse efectuado el pago en el caso de pago mediante transferencia bancaria, lo siguiente: “se considerará efectuado el pago en la fecha en que haya tenido entrada el importe correspondiente en la entidad que, en su caso, preste el servicio de caja, quedando liberado desde ese momento el obligado al pago frente a la Hacienda pública por la cantidad ingresada".

c) Respecto a la falta de efecto de las meras órdenes de pago dadas por el deudor tributario a una entidad financiera, el artículo 34.3 del Reglamento RGR dispone que “las órdenes de pago dadas por el deudor a las entidades de crédito u otras personas autorizadas para recibir el pago no surtirán por sí solas efectos frente a la Hacienda Pública, sin perjuicio de las acciones que correspondan al ordenante frente a la entidad o persona responsable del incumplimiento".

Es cierto que la tasa no parece una deuda tributaria, pero a salvo de lo que diga algún compañero con esas materias más recientes que yo, a mí me parece que no deja de ser un impuesto. De todas formas, el asunto depende de la UNED a quien compete certificar el momento en que has obtenido la licenciatura, el cual, salvo vilolación fraglante del principio general de la buena fe, tiene que tener lugar una vez que el interesado y obligado al pago ha efectuado el mismo en la entidad bancaria señalada. Debemos descontar, eso sí, el tiempo que tarde tu banco en hacer el ingreso en la cuenta de la UNED.

El pensar que tú me piensas me hace cierto,
más verdad que un pensamiento en la penumbra.

Desconectado Liberto

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Re:El tema de los pagos de la tasa de licenciado...
« Respuesta #3 en: 05 de Octubre de 2011, 19:15:34 pm »
Hola Conde:

Gracias por el argumentario, que siempre da cierta tranquilidad. Las transferencias a otras entidades lo normal es que duren 48 horas en hacerse efectivas en la entidad de destino.

En este caso sí que sería una Tasa, aunque solo sea por descarte, ya que no es ni un impuesto ni un precio público ni una contribución especial.

Bueno, pues si es verdad que me compensan la asignatura, nada más tenga la noticia haré efectivo el pago y enviaré la solicitud rellena a mano por procedimiento administrativo.

Gracias jefazo!
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Desconectado ferdinando

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Re:El tema de los pagos de la tasa de licenciado...
« Respuesta #4 en: 05 de Octubre de 2011, 19:58:33 pm »
Entre cuentas de diferentes bancos españoles se puede hacer una OMF (Orden de Movimiento de Fondos), a través del Banco de España. Es una especie de transferencia urgente entre bancos diferentes, con un coste de unos 30 euros más o menos, pero que se hace en el día... (si no recuerdo mal, tarda unos 30-45 minutos en aparecer el dinero en la cuenta de destino).

Espero haberte ayudado. Un saludo

Desconectado Conde63

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Re:El tema de los pagos de la tasa de licenciado...
« Respuesta #5 en: 05 de Octubre de 2011, 20:14:56 pm »
Hay que ver lo que sabe la gente (lo digo de verdad, sin la menor ironía) y lo que inventan los bancos: 30 pavos por darse prisa... ???
No es poco, pero en caso de que te pille el toro, lo mismo te "salva la vida". En fin, yo creo que lo fundamental y por lo que hay que felicitarte es por la compensación. El resto de formalidades burocráticas, sin que debamos bajar la guardia, son menos importantes. Enhorabuena pues, Licenciado. ;)
El pensar que tú me piensas me hace cierto,
más verdad que un pensamiento en la penumbra.

Desconectado Liberto

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Re:El tema de los pagos de la tasa de licenciado...
« Respuesta #6 en: 05 de Octubre de 2011, 21:24:23 pm »
Coñes!, no sabía lo de esa forma de operar. Otro timo más de la dictadura de los bancos...Pero bueno, me puede salvar de una buena.

Gracias amigos, y gracias Conde. Ojalá así sea.

PD: Esa frase que tienes sale también en el epitafio de Groucho Marx, escrito en la tumba: "Perdone que no me levante" jeje.
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