Las cuantías de las infracciones de tráfico vienen impuestas por ley, para las graves son 200 euros (artículo 67 de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, en materia sancionadora), son graves las infracciones por parada o estacionamiento que constituyan un riesgo, especialmente para los peatones (art 65.4.d LSV).
Puedes esperar a la notificación, que se realizará en el domicilio del titular registral del vehículo, y podrás abonarla con un 50 % de reducción sobre la cuantía inicial. En este caso no conlleva retirada de puntos.
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