Pagas al final pero te pueden pedir una provisión de fondos para ir haciendo frente a algunos gastos. Al final del procedimiento se hace la tasación de costas que debe aprobar el secretario judicial. Si no estás conforme las puedes impugnar por excesivas o porque no proceda alguna partida, es decir por indebidas, y si se aprueban es lo que tendrás que pagar. El importe depende mucho del pleito, no es algo que se pueda decir ahora ni en Barcelona ni en otro lugar, en todo caso puedes preguntarle al abogado y al procurador por cuanto estiman que te saldrá el pleito, y en función de eso decides si te interesa o no.