Entiendo, salvo mejor criterio, que si el testador no ha dispuesto una sustitución vulgar, la renuncia de uno de los herederos da lugar al derecho de acrecer en el otro heredero, no siendo posible que su parte pase a su hijo.
Otra cosa sería aceptar la herencia y acto seguido hacer una donación en favor de este último, el inconveniente viene dado por el "papeleo" accesorio y por la posibilidad de tener que tributar por el impuesto de donaciones en función de la comunidad en la que se resida.
Saludos.