Pero el préstamo lo podéis pagar igual. Ingresando el dinero en el banco de otra manera, sin que lo quiten de esa cuenta.
Si estabais como autorizados, el dinero es todo de ella, se entiende. Pero imagino que, siendo así, vuestras nóminas no irían a esa cuenta, si no a otra. Por lo tanto, el dinero que hay ahí era dinero de ella, que tendría ahorrado o lo que fuera.
De momento, si tanto tu marido como tu suegra eran los que tenían que pagar el préstamo, ahora la obligación es de tu marido. En principio, si en el contrato no se recoge otra cosa, la deuda será solidaria, así que si no responde uno, responde el otro. Y, cuando se declare heredero tu marido, asumirá él el total de la deuda.
Yo intentaría pagar por otro lado ese préstamo, no vaya a ser que luego el banco inicie algún proceso y terminéis en una lista de morosos.
Como ha dicho el compañero jbr antes, cada ab intestato es de cada persona. En el de su padre, para que lo entiendas, era sólo de su padre, con todo lo relacionado con sus bienes. Ahora, el de su madre, es diferente. Imagino, por lo que cuentas, que cuando falleció su padre, su madre se quedaría con el usufructo de 1/3 y tu marido con la propiedad de todo (aunque esto depende de donde vivas, si es en zona con derecho foral puede variar, y ahora mismo no tengo los datos por aquí). Y ahora ocurrirá lo mismo con lo de su madre, le quedará todo a él.
Se supone que tienen que ser personas que la conozcan "de toda la vida", pero bueno, esto es un poco "de aquella manera".
Cabe la posibilidad de que el libro de familia no exista, que el hijo no aparezca en ningún lado... Teniendo que iniciar otro procedimiento (ya judicial). De ahí que haya que "hacer tantas cosas y dar tantas vueltas".
Las cuentas comunes no demuestran nada. Simplemente que hay un dinero que pertenece a "x" personas. Y los certificados de defunción "certifican" eso, que han fallecido.
Claro que heredas aunque no tengas relación con ellos. Sólo que tienes que enterarte de que fallecen. Y en caso de que no te enteres, y otras personas se "queden" con sus bienes, los puedes reclamar posteriormente. Es un poco más complicado, pero para que lo entiendas.