Gracias por mirarlo,
os envio los porqués haber que os parece
La 62 yo creo que es la b por la referencia que se hace en el art. 129 al 33.7 c y g
La 209 yo creo que es la c por el art. 111.2
La 291 creo que es la b por el art.33.7.g
La 306 creo que es la b para el delito masa y la c para el delito continuado no masa
La 311 creo que no puede ser la c porque la responsabilidad penal subsidiaria por impago de multa en caso de falta si puede cumplirse por trabajos en beneficio de la comunidad y localización permanente. Ya se que el arresto de fin de semana en el vigente cp no está regulada, precisamente por eso no puede cumplirse con esta pena.
La 402 creo que es la de porque tanto la prisión como la multa proporcional como la inhabilitación absoluta no son penas leves. Entonces es la d la correcta no?
La 406 la pena de localización permanete está prevista para los delitos graves y menos graves entonces la correcta es la d no?
Jolines, tienes razón, la 62 es la B, porque la disolución sería una pena, no una consecuencia accesoria. Gracias.
La 209 coincidimos, mismo art.
La 291 tendría que ser la D; siento el cacao, estas preguntas no las he contestado yo y con lo que me ha pasado no he podido estudiar y esta modificación no la toqué en la presencia; ahora que he leído algo veo que en las preguntas se está haciendo referencia al 129 que lo que recoge son "medidas accesorias", no las penas que contempla el art. 33.7; es por "ello que tiene que ser la D".
Respecto de la 306, ya dije el por qué estaba de acuerdo con la rectificación a la B.
y, por último, la 311 también he dado el argumento del por qué es la A, no entiendo el tuyo al referirte a la C