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Autor Tema: POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12  (Leído 162376 veces)

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Desconectado monipeni

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #640 en: 19 de Mayo de 2012, 22:49:48 pm »
PREGUNTA 126...PORQUE NO ES LA D Y NO LA C..COMO EL EJEMPLO DEL PEC

2. Si Susana es condenada a una pena de prisión de 4 años y a una pena de multa proporcional por los delitos de tráfico de drogas que ha cometido y no satisface por voluntariamente ni por vía de apremio la multa impuesta, la responsabilidad personal subsidiaria a la que queda sujeta no puede exceder de:
a) Un año.

esta era la correcta




Desconectado monipeni

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #641 en: 19 de Mayo de 2012, 22:57:16 pm »
ufff ya me he dado cuenta..no se impondrá responsabilidad penal subsidiaria para penas superiores a 5 años.

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #642 en: 19 de Mayo de 2012, 23:54:04 pm »
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Gracias por mirarlo,
os envio los porqués haber que os parece

La 62 yo creo que es la b por la referencia que se hace en el art. 129 al 33.7 c y g
La 209 yo creo que es la c por el art. 111.2
La 291 creo que es la b por el art.33.7.g
La 306 creo que es la b para el delito masa y la c para el delito continuado no masa
La 311 creo que no puede ser la c porque la responsabilidad penal subsidiaria por impago de multa en caso de falta si puede cumplirse por trabajos en beneficio de la comunidad y localización permanente. Ya se que el arresto de fin de semana en el vigente cp no está regulada, precisamente por eso no puede cumplirse con esta pena.
La 402 creo que es la de porque tanto la prisión como la multa proporcional como la inhabilitación absoluta no son penas leves. Entonces es la d la correcta no?
La 406 la pena de localización permanete está prevista para los delitos graves y menos graves entonces la correcta es la d no?

Jolines, tienes razón, la 62 es la B, porque la disolución sería una pena, no una consecuencia accesoria. Gracias.

La 209 coincidimos, mismo art.

La 291 tendría que ser la D; siento el cacao, estas preguntas no las he contestado yo y con lo que me ha pasado no he podido estudiar y esta modificación no la toqué en la presencia; ahora que he leído algo veo que en las preguntas se está haciendo referencia al 129 que lo que recoge son "medidas accesorias", no las penas que contempla el art. 33.7; es por "ello que tiene que ser la D".

Respecto de la 306, ya dije el por qué estaba de acuerdo con la rectificación a la B.

y, por último, la 311 también he dado el argumento del por qué es la A, no entiendo el tuyo al referirte a la C

Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #643 en: 19 de Mayo de 2012, 23:59:31 pm »
Mnieves me estresas.

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #644 en: 20 de Mayo de 2012, 01:14:57 am »
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Mnieves me estresas.

Me imagino la voz de esa graciosa serie iberoamericana, ahora no me sale el nombre, pero el de mofletes, decía cuando preguntaba tanto ¡que me extresassss!

Yo respondo con la voz del pobre huérfano que dormía en el bidón, y abro un poco los brazos subiendo un poco los hombros y con las palmas de las manos hacia arriba ¡pues no me leas!

Ponle un poco de ese bonito tono del castellano que tienen esos países, y problema resuelto.

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #645 en: 20 de Mayo de 2012, 01:19:08 am »
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Me imagino la voz de esa graciosa serie iberoamericana, ahora no me sale el nombre, pero el de mofletes, decía cuando preguntaba tanto ¡que me extresassss!

Yo respondo con la voz del pobre huérfano que dormía en el bidón, y abro un poco los brazos subiendo un poco los hombros y con las palmas de las manos hacia arriba ¡pues no me leas!

Ponle un poco de ese bonito tono del castellano que tienen esos países, y problema resuelto.

Difícil no leerte, pero eres un sol...

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #646 en: 20 de Mayo de 2012, 01:41:54 am »
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Me imagino la voz de esa graciosa serie iberoamericana, ahora no me sale el nombre, pero el de mofletes, decía cuando preguntaba tanto ¡que me extresassss!

Yo respondo con la voz del pobre huérfano que dormía en el bidón, y abro un poco los brazos subiendo un poco los hombros y con las palmas de las manos hacia arriba ¡pues no me leas!

Ponle un poco de ese bonito tono del castellano que tienen esos países, y problema resuelto.

Jajajaja, ¿no era "el chavo del ocho"?
A nadie le faltan fuerzas; lo que a muchísimos les falta es voluntad. Víctor Hugo

Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #647 en: 20 de Mayo de 2012, 01:43:09 am »
jajja no había caído, es cierto... siempre me llamaron el chavo del chocho...

Desconectado analisa

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #648 en: 20 de Mayo de 2012, 02:14:00 am »
Hola,
he hecho alguna preguntilla más y tengo diferencias en algunas, os pongo las que yo creo correctas y si podeis lo miramos.

439d-448d-449d-450b-453a-459a-460a-489d-490d-453a
las respuestas que yo doy a  las 456d-457a-458c
no entiendo muy bien la respuesta ... bueno ni la pregunta....de la 452

un saludo
y buenas noches
por cierto no se si alguien tiene la pec de hoy para que la cuelgue...

Desconectado monipeni

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #649 en: 20 de Mayo de 2012, 08:12:39 am »
CUAL ES LA RESPUESTA A LA 186

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #650 en: 20 de Mayo de 2012, 09:07:48 am »
¿Podría alguien enviarme la recopilación de preguntas?

beoir1916@yahoo.es

Gracias! ;)
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Desconectado monipeni

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #651 en: 20 de Mayo de 2012, 09:25:05 am »
LA 250 TAMPOCO SERIA LA C YA QUE SERIA UNA PENA NO UNA CONSECUENCIA ACCESORIA...¿ NO ?

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #652 en: 20 de Mayo de 2012, 09:56:58 am »
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jajja no había caído, es cierto... siempre me llamaron el chavo del chocho...

Es verdad, puede que ahora tenga la cabeza más despejada, era el "chavo del ocho".

Raúl31 si fueras mi hijo te dejaba por imposible, no tienes "enmienda"

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #653 en: 20 de Mayo de 2012, 10:06:31 am »
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LA 250 TAMPOCO SERIA LA C YA QUE SERIA UNA PENA NO UNA CONSECUENCIA ACCESORIA...¿ NO ?

Monipeni, yo doy prácticamente por abandona el tema de las personas jurídicas y si cae alguna pregunta, que quizás me presente en junio, para no ir con todo a septiembre, Dios me ayude y el San Pandorino de Teufel, pues me abstendré de contestar. La verdad es que el Cp recoge como penas accesorias para las personas sin personalidad jurídica  en un plano de igualdad a las del 31 bis, a las que se le impone las penas contempladas en el art. 33.7.

He leído y releído lo que contesta el profesor en el foro, y yo, al menos, lo que le entiendo es que "formalmente" las medidas accesorias no son penas, pero que "materialmente" sí.

Respecto de la pregunta 250, no voy a entrar en si es o no una pena, pero sí que se puede acordar como medida cautelar durante la tramitación de la causa.

Desconectado monipeni

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #654 en: 20 de Mayo de 2012, 10:31:16 am »
JOER YO SE LO PREGUNTE AL PROFE A VER SI ME LO ACLARABA Y ME QUEDE PEOR AUN...NO SE YA QUE C..SON..SI PENAS O MEDIDAS...

YO ME PRESENTO EL MARTES 22

Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #655 en: 20 de Mayo de 2012, 10:49:23 am »
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Es verdad, puede que ahora tenga la cabeza más despejada, era el "chavo del ocho".

Raúl31 si fueras mi hijo te dejaba por imposible, no tienes "enmienda"

Mala mala mala...

Una cosa,podéis poner las que habéis rectificado, porque yo no me aclaro y seguro que muchos tampoco, gracias.


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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #656 en: 20 de Mayo de 2012, 20:50:40 pm »
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Definición genérica:

 Cicunstancia agravante. Motivo legal para aumentar la responsabilidad penal del condenado.
Circunstancia atenuante. Motivo legal para disminuirla.

 Circunstancia cualificada atenuante o de agravación: recogida por el propio código penal...se produce cuando concurren atenuantes y agravantes a la vez en el caso...

 el juez debe decidir "cúal pesa más" se le cualifica...se le da mayor valor a la atenuación o a la agravación.


Creo que no es así, Raul31, al menos eso deduzco de la lectura del art. 66.1.2º "...dos o más circunstancias atenuantes, o una o varias muy cualificadas, y no concurra agravante alguna...".

Lo que no encuentro es la definición en sí. :P

Por cierto, reitero mi petición de si alguien puede enviarme la recopilación de preguntas (beoir1916@yahoo.es).

Un saludo!
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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #657 en: 20 de Mayo de 2012, 21:48:14 pm »
  BeOiR, la recopilación está en la cuenta hotmail, en caso de no tener la clave tienes que solicitarla a las personas que se encargaron de ello, existe un hilo de como acceder a los apuntes de penal I, ahí verás los pasos a seguir...
Si otros pudieron, nosotros también. ¡Baaannsaaaiii!

Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #658 en: 20 de Mayo de 2012, 22:02:07 pm »
Qué es la regla de la exasperación? no lo pillo

exesperado me tiene penal a mí...

No creo que se pongan a rebuscar este tipo de preguntas, con lo fácil que sería que nos pusieran un caso con una agravante y calcula, ya verás las preguntitas.

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #659 en: 20 de Mayo de 2012, 22:09:40 pm »
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Qué es la regla de la exasperación? no lo pillo

exesperado me tiene penal a mí...

No creo que se pongan a rebuscar este tipo de preguntas, con lo fácil que sería que nos pusieran un caso con una agravante y calcula, ya verás las preguntitas.
A ver la exasperación es la regla que se aplica en la determinación de la pena en los casos de continuidad delictiva, de tal forma que la pena a aplicar no puede ser superior al triple de la pena más grave que le correspondería a los delitos aplicables, para ver si es mas beneficiosa que la de acumulación, en cuyo caso  habría que calcular primero la suma de todos los delitos que podrían aplicarse.