IMPORTANTE PARA QUIEN ESTUDIE POR APUNTES:
Mirandome el tema 25 Infracciones y sanciones tributarias, de los apuntes de Canciles (imagino que en los de JBR será igual), están incompletos respecto a las clases de las distintas infracciones tributarias ya que faltan supuestos contemplados en los artículos de la LGT, por lo que os recomiendo que o bien lo completeis o lo estudies junto con la LGT (Por ejemplo en los apuntes no dice nada respecto al criterio del 50% de anomalías contables). También están muy bien los resúmenes colgados en Alf.
Solo advertiros eso.
Respondiéndome a mi mismo:
Después de consultar el manual respecto al tema 25 me he quedado mucho más tranquilo con los apuntes, llegando a la conclusión que los apuntes están Superbien, solamente con algún complemento adicional mirando la LGT. Por ejemplo respecto a las anomalias sustaciales en la contabilidad habría que incluirlos, que es algo importante y que no está incluido en los apuntes, aunque viene en la LGT:
Anomalías sustanciales en la contabilidad y en los libros o registros establecidos por la normativa tributaria. Se consideran anomalías sustanciales:
1) El incumplimiento absoluto de la obligación de llevanza de la contabilidad o de los libros o registros establecidos por la normativa tributaria.
2.) La llevanza de contabilidades distintas que, referidas a una misma actividad y ejercicio económico, no permitan conocer la verdadera situación de la empresa.
3.) La llevanza incorrecta de los libros de contabilidad o de los libros o registros establecidos por la normativa tributaria, mediante la falsedad de asientos, registros o importes, la omisión de operaciones realizadas o la contabilización en cuentas incorrectas de forma que se altere su consideración fiscal. La apreciación de esta circunstancia requerirá que la incidencia de la llevanza incorrecta de los libros o registros represente un porcentaje superior al 50 por ciento del importe de la base de la sanción.
Saludos!