Lo he puesto en el post de Enunciado de Examenes 2011-2012, pero como quizás a poca gente se le ocurre buscarlo ahí dentro, lo dejo tambien en un mensaje a parte, este.
DERECHO MERCANTIL II, Modelo A
Examen escaneado y alojado en imageshack
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LoginEspero que se vea bien, tened en cuenta que al abrir el link aparecerá escalado para mostrarlo entero, pero es mas grande.
Me gustaría poner (como hice en el parcial anterior) una "porra de la plantilla de las respuestas correctas", para aquel que quiera hacerse una idea de que nota ha sacado. La última vez, salvo un pregunta bastante polémica que al final se anuló, acerté todas... pero hoy tengo la cabeza hecha un bombo y he mirado las cosas deprisa y corriendo... así ni mucho menos me otorgo mucha fiabilidad...

a lo sumo un 80% xDDDDDDDDDDDDDDDD

Ensayo sobre respuestas correctas:
1 - B
2 - B
3 - C
4 - C
5 - B
6 - B
7 - B
8 - C
9 - C
10 - B
11 - B
12 - A
13 - B
14 - A
15 - C
16 - B
17 - C*
18 - B
19 - B
20 - B
21 - B
22 - B
23 - B
24 - A
25 - A
26 - A
27 - C
28 - C
29 - A
30 - C
31 - B
32 - C
33 - A
34 - A
35 - A
* Yo he puesto la a), y aunque en la ley concursal está clasimo...
"Artículo 3. Legitimación.
1. Para solicitar la declaración de concurso están legitimados el deudor y cualquiera de sus acreedores.
Si el deudor fuera persona jurídica, será competente para decidir sobre la solicitud el órgano de administración o de liquidación.
2. Por excepción a lo dispuesto en el apartado anterior, no está legitimado el acreedor que, dentro de los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud, hubiera adquirido el crédito por actos ínter vivos y a título singular, después de su vencimiento.
3. Para solicitar la declaración de concurso de una persona jurídica, están también legitimados los socios, miembros o integrantes que sean personalmente responsables, conforme a la legislación vigente, de las deudas de aquélla.
4. Los acreedores del deudor fallecido, los herederos de éste y el administrador de la herencia podrán solicitar la declaración de concurso de la herencia no aceptada pura y simplemente. La solicitud formulada por un heredero producirá los efectos de la aceptación de la herencia a beneficio de inventario."... la redacción del libro me parece en este sentido defectuosa (probablemente por el impulso irracional a negar que me he equivocado xD)
Si al final es la c) la impugnaré aunque supongo que será en vano.
Saludos y suerte a los que la tengais en la segunda semana. A ver si os quitais este predusco