Hola a todos,
Un vecino me ha consultado sobre el siguiente tema (es un poco rollo y me está ayudando a redactarlo)
Se ha planteado un juicio entre un vecino y un ayuntamiento por una franja de terreno que discurre entre fincas propiedad de varios vecinos y que el ayuntamiento ha incluido en su inventario de bienes como un camino público.
Por esa franja de terreno, accede a una vivienda rural un tercer vecino antes de que dicho terreno se incluyera como bien de dominio público por parte del ayuntamiento. El acceso se le había permitido a este tercer vecino en base a la buena convivencia en aquel momento (hace años).
Las relaciones entre los propietarios y ese tercer vecino que accede por ese terreno a su vivienda, empeoraron y ha sido en ese momento cuando se ha descubierto que ese terreno consta como camino público (está asfaltado y tiene alumbrado público).
Los vecinos inicialmente propietarios de ese terreno, han presentado una demanda contra el ayuntamiento para que retire de su inventario ese camino público y se reconozca la titularidad privada del mismo. El Juzgado ha fallado a favor de los vecinos, siendo la sentencia firme desde marzo de 2011 y condenando al ayuntamiento a retirar el asfaltado y el alumbrado público y reponerlo a su situación original de tierra. A día de hoy, el ayuntamiento, a pesar de las reiteradas insistencias de los vecinos propietarios demandantes, no ha ejecutado la sentencia.
Se sabe además que la finca del vecino que accede por ese terreno, no tiene acceso público por esa parte (Este) sino que tiene acceso por la parte Oeste y Norte de su finca. Sin embargo, ha vendido una parte de su finca a otra persona, quedándose sin acceso tanto por el Norte como por el Oeste, de modo que sólo puede acceder por la zona de conflicto. Y el gobierno autonómico, en un exceso de funciones de un funcionario, le ha otorgado una licencia de acceso por el lado Este, que es la zona litigiosa.
Los vecinos inicialmente propietarios de ese terreno conflicitivo y que les ha reconocido el Juzgado en sentencia firme, me plantean las siguientes preguntas:
1. ¿la sentencia firme tiene un límite de fecha de ejecución? (piensan esto porque la sentencia es firme desde marzo de 2011 y el ayuntamiento, a pesar de reiteradas solicitudes por parte de ellos, no ha repuesto el terreno a su situación original de tierra. Creen que el ayuntamiento está demorando la ejecución por algún motivo).
2. ¿se puede expropiar esa franja de terreno para que la vivienda tenga acceso, auque este acceso se haya otorgado en un exceso de funciones de un funcionario? Entiendo que si se expropia se favorece a un vecino (el propietario de la vivienda rural) en perjuicio de los restantes propietarios que pierden parte de sus terrenos, y creo que este no es el concepto de expropiación...
No se si me he explicado bien, ¿alguien puede responderme a las preguntas que me plantea mi vecino?
Gracias a todos.