No graviricardo, lo que pasa es que yo tengo muy clara la diferencia entre PRUEBA DE CARGO QUE DESVIRTÚA LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA, y la PRUEBA INDICIARIA, y tú todo lo que dices es prueba indiciaria.
Otra cosa es que la prueba indiciaria de conjunto, si resulta de suficiente peso, se puede llegar a condenar. Pero eso no es prueba de cargo.
Es que tienes confusiones terminológicas e institucionales procesales, y desconoces la jurisprudencia del TS y del TC al respecto.
Mira, sin ánimo de parecer presuntuoso, yo es que soy Licenciado en Derecho, Abogado, tengo en un Máster en Abogacía, el trabajo de fin de Máster en penal y procesal penal, he estado ya en Sala, en Diligencias en el Juzgado de Instrucción, y POR MUY ABOMINABLE, LAMENTABLE y MACABRO que me parezca el caso, pues no me verás pensar ni hablar como un periodista, ni como un político, ni como el común de las personas legas en Derecho, sino exclusivamente como un jurista.
Y si hablamos de ESTRATEGIA DE ABOGADO DEFENSOR, que es de lo que va el HILO, pues el día de la Vista dejaré caer (sin acusar a nadie) la duda sobre todo el mundo....sobre Menganito, sobre Pepito, sobre Fulanito de Copas, e incluso en el interregatorio haré sobre la madre la más salvaje práctica de la prueba e interrogatorio que te puedas imaginar, para que haya duda sobre si pudo ser la madre. El que sea, menos mi defendido. Porque contra él no hay prueba de cargo.
Un saludo cordial.