Ya que mencionan el Alf, dónde están el programa veo la guia, pero no el desgloce de epígrafes.
Una pregunta respecto al tema 11, no entiendo este epígrafe
La Ley de 1998 ha introducido en la regulación del recurso indirecto contra reglamentos una cautela: la Cuestión de la Ilegalidad del Reglamento. Se trata con ella de impedir que, con motivo de la estimación de un recurso indirecto, órganos jurisdiccionales incompetentes para conocer del recurso directo contra la disposición general anulen ésta al margen de la distribución de competencias para conocer del recurso directo.
Por ello, cuando un Juez o Tribunal hubiere dictado sentencia anulatoria de un acto por considerar ilegal la disposición general en que se funda, deberán plantear la cuestión de ilegalidad ante el Tribunal competente para conocer del recurso directo.
Ahora bien, cuando el Juez o Tribunal competente para conocer de un recurso contra un acto fundado en la invalidez de una disposición general lo fuere también para conocer del recuro directo contra esta, deberá, al mismo tiempo que desestimar o estimar el recurso contra el acto, declarar la validez o nulidad de la disposición general, lo que siempre deberá hacer el TS cuando conozca del recurso indirecto en cualquier grado (art.27)