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Autor Tema: POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013  (Leído 220954 veces)

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Desconectado matias1

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1520 en: 14 de Febrero de 2013, 09:50:04 am »
Contra las disposiciones administrativas de caracter general no cabrá recurso en vía administrativa (articulo 107.3 de la Ley 30/92)
Cabe el contencioso...


Desconectado matias1

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1521 en: 14 de Febrero de 2013, 09:54:15 am »
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Procedimieto abreviado:

Se aplican estos trámites para los recursos que se deduzca ante los juzgados de lo CA, sobre cuestiones de persal al servicio de las AAPP, sobre extranjería, inadmisión de peticiones de asilo poítico,y aquelas cunatías que no supere los 13000€.

30.000 € ah y tambien materia de dopaje...

Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1522 en: 14 de Febrero de 2013, 09:57:40 am »
perfecto, que en mis apuntes pone 13000€.

Esty preparando un resumen de los recursos que se admiten en el CA

Desconectado matias1

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1523 en: 14 de Febrero de 2013, 09:58:11 am »
Parrafo con el que se inicia en el libro el tema de los recursos:

La declaración de invalidez de los actos administrativos puede llevarse a cabo por la propia Administración a través de la revisión de oficio de los actos administrativos y al resolver los recursos que contra ellos (los actos), interpongan los interesados.

Desconectado victoriasoy

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1524 en: 14 de Febrero de 2013, 09:58:33 am »
Tema 1 (acabo de empezar...)

Los actos políticos o de gobierno no se consideran actos administrativos, después de  la C 1978, el TS dictaminó que son únicamente los actos del CONSEJO DE MINISTROS, y NO de otras AAPP o autoridades inferiores, y que materialmente los actos políticos se refieran a las grandes decisiones que afectan al conjunto del Estado, pero NO a simples asuntos advos, incluso en materias delicadas como sanciones (orden público) o militar (ascensos, cursos, traslados, ...) que son plenamente recurribles. También se excluye del concepto a los reglamentos aprobados por el GOBIERNO. Varias sentencias del TS han delimitado actos o parte de actos políticos o de gobierno que SÍ pueden ser atacables en vía C-A: los que contienen elementos reglados fijados por el OJ o cuando el acto está sometido a régimen de reglamentación adva.

Lo pongo porque este tema no lo entendía y me parece importante.
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Desconectado matias1

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1525 en: 14 de Febrero de 2013, 10:01:20 am »
Un poco antes o despues de ese párrafo dice que los actos politicos tambien emanan de los Consejos de Gobierno de las Comunidades autonomas...como mezcla las legislaciones no se acaba de entender, pero, creo, creo, y sino dimelo por favor, que tambien son politicos los de los Consejos de Gobierno de las CCAA...yo me he quedado con esa idea....

Desconectado matias1

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1526 en: 14 de Febrero de 2013, 10:07:32 am »
joer, el epigrafe empieza asi, el 2

Del concepto formulado de acto administrativo se han exluido determinadas actividades y resoluciones del Poder Ejecutivo de las que, por razon de sus contenidos, se excluye su enjuuiciamiento por la Justicia administrativa. Son los llamados actos de actos politicos que emanan del Gobierno (y lo mismo cabría razonar de los consejos de gobierno de las Comunidades Autonomas), organo de doble naturaleza, por una parte, politico-constitucional y por ello, en principio, no sometido a la Justicia Administrativa, pero que al tiempo es el organo directo de la Administracion (art 97CE), y por ello plenamente enjuiciable por aquella.

Lo que he subrayado lo trae asi el libro, tal cual...supongo que sea  un error...
Lo de negrilla es lo que te comento...si preguntan ésto me van a hacer dudar...

Desconectado dmguezale

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1527 en: 14 de Febrero de 2013, 10:08:01 am »
Buenos dias gente ;D os echaba de menos ya jajaj :D

Estare rondando por aqui :)

Saludos!

Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1528 en: 14 de Febrero de 2013, 10:08:50 am »
Todas las resoluciones judiciales son impugnables a través de un sistema de recursos,en el prceso C A se admiten ahora:

1. Recurso de súplica: rapidez de planteamiento y de resolución, se interpone ante el mismo órgano autor de la resolución, él mismo lo resuelve. Contra providencias y autos.

2. Recurso de apelación: función revisora de la sentencia dictada en 1ª instancia, tiene por objeto depurar un resultado procesal obtenido con anterioridad y que las partes no puede limitarse a reproducir los argumentos expuestos e 1ª instancia, se trata de combtir los razonamientos de la sentencia.
Se pueden apelas los autos.

3.Recurs de casaci´n: Mantener en elos límites de la competencia al juez inferior, vigilar la observancia de las formas procesales por el juez inferior y regular la aplicación del Derecho a través dede la jurisprudencia de los Tribunales superiores.

4.Recurso  extraordinario de revisión: contra sentencias firmes, POR MOTIVOS EXCEPCIONALES, acaecidos con posterioridad a la sentencia onjeto de revisión.

-Si se recbraren documentos decisiviso.
- Si hubiera recaído la sentencia en virtud de documentos que al tiempo de dictarse aquella ingnoraba una de las partes, haber sido reconocidos y declarados falsos o cuya falsedad se reconociese o declarase después.
- Testigos condenados por falso testimonio.
- Sentencia ganada injustamente por cohecho violencia etc

Desconectado victoriasoy

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1529 en: 14 de Febrero de 2013, 10:09:28 am »
Vaya, me ha tocado borrar, qué lenta soy escribiendo....

Luego dice algo así:

La Ley de la JC-A de 1998 ha intentado eliminar el mismo concepto de acto político, delimitando genéricamente el ámbito de actuación del ejecutivo regido sólo por el D° constitucional, y exento de la JC-A. Pero NO elimina, SINO que presupone, que sobre determinados actos del G o de los G de las CCAA, por muy políticos que sean y muy amplia su discrecionalidad, el CONTROL jurisdiccional será SIEMPRE posible "sobre los derechos fundamentales, los elementos reglados del acto y la determinación de las indemnizaciones procedentes".


Por eso te digo que este epígrafe no lo entiendo bien.
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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1530 en: 14 de Febrero de 2013, 10:13:10 am »
Supongo que habra que responder en funcion de lo que pregunten,si preguntan segun el TS o la Ley de JC-A ,espero que esta no sea otra pregunta estilo la 1 de la primera semana...

Desconectado ibansete

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1531 en: 14 de Febrero de 2013, 10:14:00 am »
los actos politicos o de gobierno creo haber leido algo por hay que son incostitucionales desde de la Constitucion 78 :-\

Desconectado matias1

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1532 en: 14 de Febrero de 2013, 10:14:18 am »
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Supongo que habra que responder en funcion de lo que pregunten,si preguntan segun el TS o la Ley de JC-A ,espero que esta no sea otra pregunta estilo la 1 de la primera semana...

No,no, va a ser la de que el acto administrativo es una resolucion unilateral de la Admon jejeje ;D

Desconectado Marina12

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1533 en: 14 de Febrero de 2013, 10:39:55 am »
Formalmente el silencio de la administración ante una solicitud o recurso NO ES UN ACTO sino un HECHO JURIDICO, ya que falta la declaración de voluntad dirigida a producir efectos jurídicos.

La Administración y sus silencios me traen por la calle de la amargura.

Desconectado dmguezale

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1534 en: 14 de Febrero de 2013, 10:43:07 am »
Os dejo una pagina para hacer test,que no se si alguien la habra puesto ya.

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Saludos!

Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1535 en: 14 de Febrero de 2013, 10:44:56 am »
Esta puede ser pregunta de examen:

Lo normal es que los particulares asuman el papel de demandantes, siendo la Administración la parte demandada, sin embargo existe algún supuesto en el que los particulares pueden actuar en calidad de demandados:

 
Tal supuesto no existe, pues los particulares no pueden dictar ni actos ni disposiciones administrativas.
 
Uno es en el proceso de lesividad y otro cuando los particulares entran en el proceso en calidad de codemandados.
Sólo es posible este supuesto cuando se plantea la cuestión de ilegalidad.

Desconectado victoriasoy

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1536 en: 14 de Febrero de 2013, 10:46:28 am »
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Esta puede ser pregunta de examen:

Lo normal es que los particulares asuman el papel de demandantes, siendo la Administración la parte demandada, sin embargo existe algún supuesto en el que los particulares pueden actuar en calidad de demandados:

 
Tal supuesto no existe, pues los particulares no pueden dictar ni actos ni disposiciones administrativas.
 
Uno es en el proceso de lesividad y otro cuando los particulares entran en el proceso en calidad de codemandados.
Sólo es posible este supuesto cuando se plantea la cuestión de ilegalidad.

Esta fue pregunta de examen en la primera semana  ;)
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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1537 en: 14 de Febrero de 2013, 10:48:03 am »
El contencioso interadministrativo me parece interesante a mi..que opinais?

Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1538 en: 14 de Febrero de 2013, 10:48:30 am »
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Esta fue pregunta de examen en la primera semana  ;)

Ves, jajja ni lo había mirado, tengo buen ojo :)

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1539 en: 14 de Febrero de 2013, 10:49:11 am »
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El contencioso interadministrativo me parece interesante a mi..que opinais?

¿a que te refieres con "interadministrativo?