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Autor Tema: POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013  (Leído 220188 veces)

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Desconectado darbon

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1940 en: 17 de Febrero de 2013, 23:09:57 pm »
Muy bien Monet, esa es la actitud.

Sin prisa pero sin pausa.

Saludos Javier Moya, darbon11@gmail.com.
"quotquotEl mutuo interés es el mejor estímulo para la cooperación."quotquot

Desconectado matias1

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1941 en: 17 de Febrero de 2013, 23:11:37 pm »
¿como es posible que te haya pasado eso? ¿contestaste a las 20 preguntas, a todas?

Desconectado Monet8

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1942 en: 17 de Febrero de 2013, 23:26:40 pm »
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¿como es posible que te haya pasado eso? ¿contestaste a las 20 preguntas, a todas?
Sí, las contesté todas, cuando vi el examen no estaba segura de ninguna pregunta, no me lo podía creer, era mucho más dificil que el examen de la primera semana (y no es un tópico). Luego volví a leerlas y hasta la pregunta 9 muy bien, pero a partir de esa no estaba segura de ninguna, entre las 3 opciones una la descartaba facilmente pero entre las 2 opciones restantes siempre elegí la que no era, entre ellas la dichosa pregunta 14 y asi hasta llegar a la 20 no acerté ni una mas. Tenia que contestarlas todas porque no estaba segura de nada :-[

Desconectado MOe87

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1943 en: 17 de Febrero de 2013, 23:27:28 pm »
hola, alguien me puede hacer un favor?, necesito que alguien me pase la plantilla del examen de la primera semana, ya que por problemas con convalidaciones en la matricula no consigo acceder a los datos de alf. gracias

Desconectado Monet8

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1944 en: 17 de Febrero de 2013, 23:39:58 pm »
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hola, alguien me puede hacer un favor?, necesito que alguien me pase la plantilla del examen de la primera semana, ya que por problemas con convalidaciones en la matricula no consigo acceder a los datos de alf. gracias
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Desconectado MOe87

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1945 en: 17 de Febrero de 2013, 23:44:09 pm »
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muchas gracias,  :)

Desconectado Monet8

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1946 en: 17 de Febrero de 2013, 23:53:10 pm »
Gracias a ti :)

Desconectado MOe87

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1947 en: 17 de Febrero de 2013, 23:55:33 pm »
por cierto, otra pregunta si no es mucha molestia, es cierto que de ese examen quedan anuladas las preguntas 11, 13 y 17 ?, es que creo haberlo visto en otro post

Desconectado superbiker

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1948 en: 18 de Febrero de 2013, 09:23:52 am »
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por cierto, otra pregunta si no es mucha molestia, es cierto que de ese examen quedan anuladas las preguntas 11, 13 y 17 ?, es que creo haberlo visto en otro post

Solo queda anulada la 3.

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Desconectado kudyo

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1949 en: 18 de Febrero de 2013, 12:41:38 pm »
Para el que quiera ver mi impugnacion, aqui la pego, por si estais interesados en impugnar, no obstante a todos los que me pedisteis que os la enviara porque querias impugnarla tambien, ya lo he hecho, lo teneis en vuestro correo. Ahi va...

Estimado señor/a,

Me dirijo a usted con el fin de solicitar impugnacion a dos preguntas del examen del pasado jueves 14 de febrero de 2013, en las cuales creo a mi entender, existen varios errores que hacen que las mismas sean incompletas o incompresibles, ya que surgen dudas con respecto a las respuestas propuestas por el departamento.

La primera pregunta de ellas es la número 14, en la que el enunciado dice: "Las infracciones y las sanciones administrativas se extinguen, por:". Bien, segun su departamento, la respuesta correcta era la A, que dice "El transcurso del tiempo, por la prescripcion regulada en las leyes o en la Ley 30/1992"

Bien, segun el manual básico de la asignatura, dice que tambien puede ser motivo de extincion de infracciones y actos, la muerte del infractor, el pago de la sancion, o por el derecho de gracia a traves del indulto o la amnistia, ademas de la prescripcion obviamente. Con todo ello le quiero transmitirle que la respuesta A es incompleta, puesto que existen otras razones de extincion, que segun el enunciado da por hecho que es la unica via de extincion, la respuesta B, tambien lo seria, puesto que existen tambien más motivos de extincion, con lo cual LA RESPUESTA CORRECTA debe ser la C ("Ninguna de las respuestas anteriores es correcta"), ya que ni A ni B cumple con todos los presupuestos de extinción. No obstante, a fin de aclararlo, les transcribo textualmente del manual básico de la asignatura, omitiendo cierto texto que es intrascendente.
En primer lugar, habrá que considerar la muerte del infractor, ya que en principio, la personalidad de la sanción propia de toda materia punitiva implica que la pena o sanción no se transmite a los herederos.
La cuestión es mas compleja cuando se trata de la disolución de las personas jurídicas ya que, precisamente, el desarrollo del poder sancionador de la Administración se explica en parte como una forma de compensación ante la irresponsabilidad penal de las personas jurídicas en cuanto tales, responsabilidad que habría encontrado acomodo en el ámbito administrativo.
Parece claro que la solución justa es que el patrimonio social, no obstante la disolución, quede afecto al pago de las sanciones impuestas como si de cualquier otra deuda se tratare. Si quedan obligaciones pendientes se transmiten a los socios en proporción a su participación en el haber social, solución que adopta la Ley General Tributaria, imponiendo la solidaridad hasta aquel límite.
La extinción de la responsabilidad administrativa se producirá ordinariamente por cumplimiento de la sanción o pago de la multa, supuesto mas frecuente de sanción. Una modalidad de cumplimiento muy desarrollada en el Derecho tributario es el pago voluntario en medida reducida. Para su aplicación, con suspensión definitiva del expediente sancionador, es necesario que el infractor reconozca la falta que se le imputa.
...
Otra forma de extinción de las sanciones administrativas puede ser el derecho de gracia, es decir, a través de la amnistía o el indulto. Si el indulto actúa sobre la reducción o extinción de la pena la amnistía opera sobre el delito mismo, como un olvido, entendiéndose que la infracción nunca se ha producido. A pesar del articulo 112 CE, que prohíbe los indultos generales, se admite la amnistía, pues el mismo alcance que aquella tiene una legislación derogatoria, y por ello retroactiva, que borra, por ser mas favorable, los efectos punitivos.
En cuanto al indulto o condonación de las sanciones administrativas, hay que decir que no hay en el Derecho administrativo una regulación análoga a la establecida para la materia penal por la Ley de Indulto de 1870, que suponga la condonación de una singular sanción administrativa.

Las infracciones y las sanciones administrativas se extinguen, en fin, por el transcurso del tiempo, por la prescripción regulada en las leyes que, establezcan las respectivas infracciones y sanciones y en su defecto por la Ley 30/92.

La segunda pregunta que deseo impugnar es la número 19, que dice asi "La interposicion del recurso de alzada se hará por:". Segun su departamento la respuesta que da como correcta es la A, ("el interesado ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo") cuando la realidad es que segun la Ley 30/92 que transcribo textualmente a continuación dice que se podra interponer el recurso ante el órgano superior jerarquico, o ante el mismo que dicto resolucion que el se encargara de trasladarlo competente, es decir, a su superior jerárquico. Sabemos que este recurso tiene ese caracter jerárquico que lo identifica y lo diferencia de los demás, por ser un recurso que se interpone para que el órgano superior "corrija" la actividad del inferior.

En la práctica, se puede proceder de diferentes formas,  dirigiéndose al órgano que dictó la resolución que lo elevará al superior jerárquico, que es el competente para resolver, o al superior jerárquico directamente. Asií es como procedemos en nuestro despacho, ya que en numerosas ocasiones hemos recurrido en alzada alguna resolución.

Con todo ello quiero decirles que las respuestas A, B y C son correctas en este caso. Por ello les pido den por válidas todas ellas, a fin de no perjudicar a ningún compañero que haya contestado a cualquiera de ellas, puesto que todas son verdaderamente válidas, tanto en la teoría, según la Ley 30/92, como en la práctica.
SECCIÓN II. RECURSO DE ALZADA.

Artículo 114. Objeto.

1. Las resoluciones y actos a que se refiere el articulo 107.1, cuando no pongan fin a la vía administrativa, podrán ser recurridos en alzada ante el órgano superior jerárquico del que los dictó. A estos efectos, los Tribunales y órganos de selección del personal al servicio de las Administraciones públicas y cualesquiera otros que, en el seno de éstas, actúen con autonomía funcional, se considerarán dependientes del órgano al que estén adscritos o, en su defecto, del que haya nombrado al presidente de los mismos.

2. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo.

Si el recurso se hubiera interpuesto ante el órgano que dictó el acto impugnado, éste deberá remitirlo al competente en el plazo de diez días, con su informe y con una copia completa y ordenada del expediente El titular del órgano que dictó el acto recurrido será responsable directo del cumplimiento de lo previsto en el párrafo anterior.
A fin de resumir mi impugnacion, las respuestas válidas son:

Para la pregunta 14, la C
Para la pregunta 19, A, B y C, es decir, TODAS.

Sin más, reciban un cordial saludo.

Atentamente
Con paso firme, sin titubear...

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1950 en: 18 de Febrero de 2013, 13:20:25 pm »
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Bien, segun el manual básico de la asignatura, dice que tambien puede ser motivo de extincion de infracciones y actos, la muerte del infractor, el pago de la sancion, o por el derecho de gracia a traves del indulto o la amnistia, ademas de la prescripcion obviamente. Con todo ello le quiero transmitirle que la respuesta A es incompleta, puesto que existen otras razones de extincion, que segun el enunciado da por hecho que es la unica via de extincion, la respuesta B, tambien lo seria, puesto que existen tambien más motivos de extincion, con lo cual LA RESPUESTA CORRECTA debe ser la C ("Ninguna de las respuestas anteriores es correcta"), ya que ni A ni B cumple con todos los presupuestos de extinción. No obstante, a fin de aclararlo, les transcribo textualmente del manual básico de la asignatura, omitiendo cierto texto que es intrascendente.
En primer lugar, habrá que considerar la muerte del infractor, ya que en principio, la personalidad de la sanción propia de toda materia punitiva implica que la pena o sanción no se transmite a los herederos.
Esa ya la impugné yo y no es la C, es la B. No te han preguntado en ningún momento por todas las circunstancias que extinguen la sanción, ni si las que te han señalado son las únicas.
Sólo quién lo merezca será libre***

Desconectado superbiker

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1951 en: 18 de Febrero de 2013, 15:22:00 pm »
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Un saludo :-)

De la primera semana.

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Desconectado Yana Fernández Álvarez

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1952 en: 18 de Febrero de 2013, 16:02:28 pm »
En fin, si de la primera semana anularon una pregunta quiere decir que las reclamaciones sirven de algo.
Yana

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1953 en: 18 de Febrero de 2013, 16:16:20 pm »
Después de salir del examen de administrativo 2, comprobé las respuestas y estaba contenta porque la mayoría las "había puesto bien",  y digo "había" porque ahora me encuentro que muchas no son las opciones correctas y que hay problemas de matices, sinceramente ahora estoy desmoralizada, y con tantas discrepancias creo que por lo menos no deberían descontar.... :'(

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1954 en: 20 de Febrero de 2013, 10:17:36 am »
Mirando un diccionario jurídico venía la definición de acto administrativo como aquel emanado por una Admnistración Pública, y en un libro de promoción interna de Administrativo más de lo mismo. Ya sé que en la guía venía el manual de Parada, pero si al final no dan por buenas las dos respuestas por muy manual recomendado que sea será una gran injusticia.

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1955 en: 20 de Febrero de 2013, 11:18:27 am »
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Mirando un diccionario jurídico venía la definición de acto administrativo como aquel emanado por una Admnistración Pública, y en un libro de promoción interna de Administrativo más de lo mismo. Ya sé que en la guía venía el manual de Parada, pero si al final no dan por buenas las dos respuestas por muy manual recomendado que sea será una gran injusticia.

Desgraciadamente, el Departamento ya se ha pronunciado sobre esa pregunta.
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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1956 en: 20 de Febrero de 2013, 11:22:25 am »
hola chicos, ya sé que no pega preguntar por esto a estas alturas, pero alguien me puede decir cuál es la norma que regula "las concesiones"? para saber los derechos o poderes de la administración sobre el concesionario...

muchas gracias!! :)

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1957 en: 20 de Febrero de 2013, 11:29:18 am »
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Desgraciadamente, el Departamento ya se ha pronunciado sobre esa pregunta.

Ya...  :'( No te creas que aún así  guardo la esperanza XD.

Desconectado caliguindri

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1958 en: 20 de Febrero de 2013, 11:55:45 am »
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hola chicos, ya sé que no pega preguntar por esto a estas alturas, pero alguien me puede decir cuál es la norma que regula "las concesiones"? para saber los derechos o poderes de la administración sobre el concesionario...

muchas gracias!! :)

Creo que ya lo encontré en el reglamento de servicios de las CCLL, así que asunto resuelto.

Desconectado zuspi

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1959 en: 20 de Febrero de 2013, 17:27:55 pm »
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Menudo susto. He visto esta plantilla y descargado el examen de la valija, cuando las he cotejado, SOLO TENIA TRES ACIERTOS, y he pensado que no me pareció tan difícil, y menos para tres aciertos, un menos 7. Luego he releido el post y he visto que era de la PRIMERA SEMANA, ufffffffffff que alivio.
Por favor no deis estos sustos.