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Autor Tema: POST OFICIAL CIVIL II ( 1º PARCIAL )2012/2013  (Leído 115103 veces)

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Desconectado Ra_chel

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Re:POST OFICIAL CIVIL II ( 1º PARCIAL )2012/2013
« Respuesta #740 en: 15 de Febrero de 2013, 06:56:53 am »
Ultimo repaso y para el Centro asociado!!


Mucha suerteeee!!!  :D :D

La vida no se mide por las veces que respiras sino por los momentos que te dejan sin aliento

Desconectado drosdav

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Re:POST OFICIAL CIVIL II ( 1º PARCIAL )2012/2013
« Respuesta #741 en: 15 de Febrero de 2013, 08:37:56 am »
Ya en el matadero , que ganas de que se acabe esta semana ya! Alea jacta est. Mucha suerte compañero/as!!!!

Desconectado afr

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Re:POST OFICIAL CIVIL II ( 1º PARCIAL )2012/2013
« Respuesta #742 en: 15 de Febrero de 2013, 10:13:09 am »
PREGUNTAS:

Diferencias entre obligación mancomunada y solidaria
Lugares del cumplimiento de la obligación
Efectos de la mora del deudor
La clausula penal
CASO PRÁCTICO: Dueño de una vinoteca que recibe pago y a la hora de entregar botellas de vino con características muy definidas como contraprestación a causa de un terremoto no hace la entrega. ¿ Tiene la obligación de entregarlas?

El caso práctico ha sido con un poco de mala leche en mi opinión.. Por que animaba a hablar sobre caso fortuito y fuerza mayor, pero también hay que hablar sobre el tipo de obligación (Genérica ordinaria, genérica delimitada...)

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Re:POST OFICIAL CIVIL II ( 1º PARCIAL )2012/2013
« Respuesta #743 en: 15 de Febrero de 2013, 10:55:57 am »
¿Alguien me puede explicar cómo ha metido en un párrafo de apenas seis líneas toooooooda la cláusula penal?
Aún estoy asimilándolo.. :o

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Re:POST OFICIAL CIVIL II ( 1º PARCIAL )2012/2013
« Respuesta #744 en: 15 de Febrero de 2013, 10:57:18 am »
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¿Alguien me puede explicar cómo ha metido en un párrafo de apenas seis líneas toooooooda la cláusula penal?
Aún estoy asimilándolo.. :o

 ;D, con letra pequeña, casi no la vía, pero bueno, es cuestión de reducir, de hecho es la que tengo perfecta, no se me ha olvidado nada,  :D

Desconectado dverfer

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Re:POST OFICIAL CIVIL II ( 1º PARCIAL )2012/2013
« Respuesta #745 en: 15 de Febrero de 2013, 11:01:11 am »
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;D, con letra pequeña, casi no la vía, pero bueno, es cuestión de reducir, de hecho es la que tengo perfecta, no se me ha olvidado nada,  :D
¿Y has hablado de la pena sustitutiva o compensatoria, de la pena cumulativa, de la multa penitencial, de la moderación judicial de la pena, de la cláusula pena como obligación accesoria y subsidiaria?
Pues eres mi ídolo...
 Yo me he quedado muerta  :'(

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Re:POST OFICIAL CIVIL II ( 1º PARCIAL )2012/2013
« Respuesta #746 en: 15 de Febrero de 2013, 11:11:09 am »
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¿Y has hablado de la pena sustitutiva o compensatoria, de la pena cumulativa, de la multa penitencial, de la moderación judicial de la pena, de la cláusula pena como obligación accesoria y subsidiaria?
Pues eres mi ídolo...
 Yo me he quedado muerta  :'(

no he hablado de la moderación judicial de la pena; algo sí respecto de la pena cumulativa porque se convierte en una obligación principal, por lo que la indemnización por daños y perjuicios se puede solicitar, pero, aparte de las tres clases de pena y su función en la obligación ¿a dónde te has ido? has llegado hasta la vía judicial,  :D

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Re:POST OFICIAL CIVIL II ( 1º PARCIAL )2012/2013
« Respuesta #747 en: 15 de Febrero de 2013, 11:14:08 am »
En cuanto a la cláusula penal yo he puesto más o menos esto:
" Como prevención por las dificultades que para el acreedor supone la carga de la prueba para la indeminzación por daños y perjuicios, puede incluirse en el titulo constitutivo de la obligación una cláusula penal, también denominada pena convencional.
La principal función de esta cláusula es disuadir al deudor ante un posible incumplimiento de la obligación.  Dicha claúsula puede cumplir distintas funciones:
1 - como pena compensatoria: como resarcimiento por los daños y perjuicios ocasionados al acreedor.
2 - como pena cumulativa: el acreedor puede solitictar el cumplimiento de la obligación y la indemnización a un tiempo.
3 - como multa penitencial: abonando una determinada cantidad, una de las partes puede desentenderse de la obligación."

En el caso práctico, resumiendo, he dicho que, dado que se supone que el terremoto ha sucedido antes de la fecha de la entrega, se trata de un caso de fuerza mayor y, puesto que el deudor no estaba constituido en mora y que se trata de una obligación genérica de género limitado, el acreedor puede exigir la entrega pero el deudor no está obligado a responder por la pérdida de la cosa.

Lo de las obligaciones mancomunadas y solidarias y el lugar del cumplimiento también eran fáciles pero he metido la pata en lo de la mora del deudor y me he confundido con otra cosa.
Espero que con las otras tres, y si la respuesta del caso práctico es correcta, me llegue para el aprobado.
De momento a olvidarse de exámentes y a tomarse un par de días de descanso.
Suerte con las notas cuando salgan!
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Re:POST OFICIAL CIVIL II ( 1º PARCIAL )2012/2013
« Respuesta #748 en: 15 de Febrero de 2013, 11:18:18 am »
Veremos como corrigen, pues el tamaño de los recuadros en relación con el tamaño de mi letra me hacen tener el miedo a "faltan conceptos". Se me hace imposible hablar de todo bien aunque lo sepa, y me refiero fundamentalmente a la cláusula penal  :-\

Y el caso práctico...pff he hablado de todo un poco y de nada en concreto...un poco el tema del tipo de obligación,que si género limitado, que si del caso fortuito en relación con el incumplimiento... pero la verdad es que me doy cuenta que no sabía como querían que lo enfocaramos y me he perdido un poco sin llegar a ninguna conclusión exacta...
En fin, incertidumbre hasta el día 11 de Marzo  :(

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Re:POST OFICIAL CIVIL II ( 1º PARCIAL )2012/2013
« Respuesta #749 en: 15 de Febrero de 2013, 11:19:06 am »
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no he hablado de la moderación judicial de la pena; algo sí respecto de la pena cumulativa porque se convierte en una obligación principal, por lo que la indemnización por daños y perjuicios se puede solicitar, pero, aparte de las tres clases de pena y su función en la obligación ¿a dónde te has ido? has llegado hasta la vía judicial,  :D
Pero tú has hecho referencia al punto 3.5 dentro del punto 3, que era el que preguntaban: La cláusula penal o pena convencional. ¿Por qué te has decantado por ese punto (3.5) y no por otro?

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Re:POST OFICIAL CIVIL II ( 1º PARCIAL )2012/2013
« Respuesta #750 en: 15 de Febrero de 2013, 11:20:12 am »
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En cuanto a la cláusula penal yo he puesto más o menos esto:
" Como prevención por las dificultades que para el acreedor supone la carga de la prueba para la indeminzación por daños y perjuicios, puede incluirse en el titulo constitutivo de la obligación una cláusula penal, también denominada pena convencional.
La principal función de esta cláusula es disuadir al deudor ante un posible incumplimiento de la obligación.  Dicha claúsula puede cumplir distintas funciones:
1 - como pena compensatoria: como resarcimiento por los daños y perjuicios ocasionados al acreedor.
2 - como pena cumulativa: el acreedor puede solitictar el cumplimiento de la obligación y la indemnización a un tiempo.
3 - como multa penitencial: abonando una determinada cantidad, una de las partes puede desentenderse de la obligación."

En el caso práctico, resumiendo, he dicho que, dado que se supone que el terremoto ha sucedido antes de la fecha de la entrega, se trata de un caso de fuerza mayor y, puesto que el deudor no estaba constituido en mora y que se trata de una obligación genérica de género limitado, el acreedor puede exigir la entrega pero el deudor no está obligado a responder por la pérdida de la cosa.

Lo de las obligaciones mancomunadas y solidarias y el lugar del cumplimiento también eran fáciles pero he metido la pata en lo de la mora del deudor y me he confundido con otra cosa.
Espero que con las otras tres, y si la respuesta del caso práctico es correcta, me llegue para el aprobado.
De momento a olvidarse de exámentes y a tomarse un par de días de descanso.
Suerte con las notas cuando salgan!

Lo de la pena no la veo tan mal, un poco incompleta, pero no está mal.

El caso práctico recoge el CC una regla general y, es que el deudor no está obligado a nada, salvo dos excepciones: que así esté previsto en una ley; que se haya hecho constar en el título constitutivo; es decir, la regla general es que no está obligado ni a devolver el dinero entregado, sea cual sea la clase de obligación contraída.

Suerte en la nota

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL CIVIL II ( 1º PARCIAL )2012/2013
« Respuesta #751 en: 15 de Febrero de 2013, 11:27:15 am »
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Pero tú has hecho referencia al punto 3.5 dentro del punto 3, que era el que preguntaban: La cláusula penal o pena convencional. ¿Por qué te has decantado por ese punto (3.5) y no por otro?

yo no me he decantado por nada, lo que pasa es que se refiere al epígrafe 3, al menos en mi manual del curso pasado: La cláusula penal o pena convencional, y sinceramente, salvo la introducción y las clases de penas, no creo que nos puedan exigir más en el examen con el rectángulo que nos han dado para contestar; lo que pasa es que únicamente me referí a la clase de obligación de la pena cumulativa con cuatro palabras, puesto que es una obligación principal, no lo puse no obstante lo de accesoria a la principal de la pena sustitutiva o compensantoria; creo, sinceramente que no se referían a los subepígrafes 3.5 ni 3.6, sería demasiado pedir para un espacio tasado tan corto,  ???

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Re:POST OFICIAL CIVIL II ( 1º PARCIAL )2012/2013
« Respuesta #752 en: 15 de Febrero de 2013, 12:12:37 pm »
Bueno se acabó por el momento,y el caso que bien,era lo que me tenia preocupao...Mario se queda sin vino,jajaja

Saludos y a descansar un poco

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Re:POST OFICIAL CIVIL II ( 1º PARCIAL )2012/2013
« Respuesta #753 en: 15 de Febrero de 2013, 13:49:00 pm »
Yo no se que se me paso por la cabeza, pero en el caso practico hable de obligaciones de genero limitado, del caso de fuerza mayor... pero que SI podia reclamar la prestacion. Espero que ese fallo no anule el caso practico completo, sigo sin saber en que estaba pensando
 :P
El resto del examen creo que fue asequible. La unica pega la clausula penal... tuve que ser demasiado esquematico y me deje cosas en el tintero.
Pero lo mas importante es que hemos acabado... y hemos sobrevivido

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Re:POST OFICIAL CIVIL II ( 1º PARCIAL )2012/2013
« Respuesta #754 en: 15 de Febrero de 2013, 14:15:14 pm »
Joder que despite, esto es aluciante. Cuento: en un post bastante anterior comentaba que la pregunta de las arras que cayó en la 1ª semana, estaba seguro que caia en una de las dos semanas y me lamentaba que la hubieran puesto en la primera. Alguien contestón que me mirara la Cláusula Penal que no estab muy lejos, así lo hice. Bingo cae la Cláusula Penal y voy yo  y la Casco, me confundo totalmente (no sé en que estaría pensando ) y planto lo de la Pena Penitencial. He repasado dos veces el examen antes de entregarlo y nada... mi mente en la cláusula Penitencial. Estaria pesando en Semana Santa que ya se acerca. En fin resignación.

En el Caso Práctico he definido el tipo de obligación que se daba "generica de Genero Limitado" y he hablado de la cláusula "Genus Nunquam Perit" aplicable al caso siembre que quedara alguna botella a salvo. Y de que el vinatero no puede responder por los daños y perjuicios por inclumplimiento . En fin espero que al menos de para un aprobado raspado.

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Re:POST OFICIAL CIVIL II ( 1º PARCIAL )2012/2013
« Respuesta #755 en: 15 de Febrero de 2013, 15:33:41 pm »
Una pregunta sobre el caso práctico, si alguien sabe orientarme un poco:

He puesto que en el caso de que fuera especifica la obligación (botellas de 1970) no cabría cumplirla por el deudor por fuerza mayor, pero que en el caso de que fuera una añada abundante y fuera considerada genérica si que habría que cumplir por el principio genus nuquam perit...

Es una forma enrevesada de explicar ambas vertientes y he desarrollado un poco más de lo expuesto, pero os parece que podría estar bien enfocado...


Salu2!!
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Re:POST OFICIAL CIVIL II ( 1º PARCIAL )2012/2013
« Respuesta #756 en: 15 de Febrero de 2013, 16:15:38 pm »
el caso practico tenía coña,... el vino tenía que entregarlo el día 10 de mayo de 2011, si no recuerdo mal el terremoto de Lorca se produjo el día 11 de mayo de 2011....

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Re:POST OFICIAL CIVIL II ( 1º PARCIAL )2012/2013
« Respuesta #757 en: 15 de Febrero de 2013, 16:24:53 pm »
Que habéis respondido en el caso práctico, que si o que no??

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Re:POST OFICIAL CIVIL II ( 1º PARCIAL )2012/2013
« Respuesta #758 en: 15 de Febrero de 2013, 16:26:47 pm »
yo he mirado el libro, porque al salir del examen cada uno contabamos un rollo y dice esto:


Resulta correcto afirmar que la regla genus nunquam perit NO es aplicable a este subtipo de obligaciones genéricas,


y pone también:

cuanto mas se concrete el género, mayor es la posibilidad de extinción de la obligación por desaparición de los bienes objeto de la obligación.
Art 1182: quedará extinguida la obligación que consita en entregar una cosa determinada cuando esta se perdiere o destruyese sin culpa del deudor, y antes de haberse constituido este en mora.


 luego dice que la doctrina a veces pasa de lo de la obligación generica limitada, pero eso ya no hacía mas parte de mis apuntes asi que....!

Desconectado luu003

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Re:POST OFICIAL CIVIL II ( 1º PARCIAL )2012/2013
« Respuesta #759 en: 15 de Febrero de 2013, 19:41:14 pm »
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yo he mirado el libro, porque al salir del examen cada uno contabamos un rollo y dice esto:


Resulta correcto afirmar que la regla genus nunquam perit NO es aplicable a este subtipo de obligaciones genéricas,


y pone también:

cuanto mas se concrete el género, mayor es la posibilidad de extinción de la obligación por desaparición de los bienes objeto de la obligación.
Art 1182: quedará extinguida la obligación que consita en entregar una cosa determinada cuando esta se perdiere o destruyese sin culpa del deudor, y antes de haberse constituido este en mora.


 luego dice que la doctrina a veces pasa de lo de la obligación generica limitada, pero eso ya no hacía mas parte de mis apuntes asi que....!

Me quedo mas tranquilo, puede que tenga un pase...

Muchas gracias!!
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