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Autor Tema: POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013  (Leído 146874 veces)

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Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #700 en: 23 de Enero de 2013, 15:05:41 pm »
joder lo vuestro no tiene nombre, busca joder que 7 más lo han preguntado un poco más arriba.


Desconectado victoriasoy

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #701 en: 23 de Enero de 2013, 15:06:19 pm »
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Hola!!

¿Existe algún documento con preguntas de otros años? Para ver cómo son y cómo va a tirar el examen...

Gracias!

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Desconectado monitorio

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #702 en: 23 de Enero de 2013, 18:55:15 pm »
hola..

a ver si alguien me puede ayudar..resulta que yo he estudiado por unos apuntes que no tenian la actualizacion de la estabilidad dey presupuestaria.

me podriais decir donde podria encontrar solamente dicha actualizacion?

ya se que los apuntes de marta calvo estan actualizados pero si alguien tiene solamente la actualizacion para no tener que cribar los apuntes de marta.

gracias y suerte

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #703 en: 23 de Enero de 2013, 19:26:38 pm »
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hola..

a ver si alguien me puede ayudar..resulta que yo he estudiado por unos apuntes que no tenian la actualizacion de la estabilidad dey presupuestaria.

me podriais decir donde podria encontrar solamente dicha actualizacion?

ya se que los apuntes de marta calvo estan actualizados pero si alguien tiene solamente la actualizacion para no tener que cribar los apuntes de marta.

gracias y suerte

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Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #704 en: 24 de Enero de 2013, 10:37:35 am »
Hola, no entiendo nada lo del derecho de prelación general como garantía del crédito, me lo puede explicar alguien con palabras que pueda entender, gracias.

qué cruz!!

Desconectado Pravias

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #705 en: 24 de Enero de 2013, 10:48:57 am »
Raul que es lo que no entiendes?
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Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #706 en: 24 de Enero de 2013, 10:56:07 am »
Pues ni la pregunta, derecho de prelación general como garantía del crédito, qu´viene a decir, explícamelo si puedes...

después te leo, me voy a cultivar el cuerpo que la mente no tiene remedio.

Desconectado victoriasoy

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #707 en: 24 de Enero de 2013, 11:00:37 am »
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Hola, no entiendo nada lo del derecho de prelación general como garantía del crédito, me lo puede explicar alguien con palabras que pueda entender, gracias.

qué cruz!!

Es un derecho que tiene la Hacienda Pública frente a otros acreedores, que se transforma en un derecho real en caso de concurso, determinando la preferencia de la hacienda a la hora de distribuir el producto de la venta de los bienes embargados, salvo que concurran con la hacienda acreedores de dominio, prenda o hipoteca, con su derecho inscrito en el Registro. Es decir: Tú tienes una deuda con la Agencia tributaria y no lo has pagado. Tienes determinados bienes a tu nombre inscritos en el Registro de la propiedad. La AEAT envía al Registro de la Propiedad un mandamiento de anotación de embargo de inmuebles con fecha 24/01/2013. Entre las inscripciones registrales de dicha finca figura anotada desde el 13/06/2007 una hipoteca a favor del Banco X. Pues bien, si se acuerda la enajenación del inmueble, tendrá preferencia para el cobro el banco. La AEAT sólo dispondría del sobrante. Si no hay acreedores con su derecho inscrito, tendrá preferencia la hacienda.

No sé si te he ayudado. La verdad es que financiero lo tengo atravesaico.
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Desconectado Pravias

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #708 en: 24 de Enero de 2013, 11:05:01 am »
 ;D Victoria lo ha explicado genial, financiero tiene miga hay que leerlo mil veces y aún así siempre surgen dudas y cosas nuevas
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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #709 en: 24 de Enero de 2013, 11:10:41 am »
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Es un derecho que tiene la Hacienda Pública frente a otros acreedores, que se transforma en un derecho real en caso de concurso, determinando la preferencia de la hacienda a la hora de distribuir el producto de la venta de los bienes embargados, salvo que concurran con la hacienda acreedores de dominio, prenda o hipoteca, con su derecho inscrito en el Registro. Es decir: Tú tienes una deuda con la Agencia tributaria y no lo has pagado. Tienes determinados bienes a tu nombre inscritos en el Registro de la propiedad. La AEAT envía al Registro de la Propiedad un mandamiento de anotación de embargo de inmuebles con fecha 24/01/2013. Entre las inscripciones registrales de dicha finca figura anotada desde el 13/06/2007 una hipoteca a favor del Banco X. Pues bien, si se acuerda la enajenación del inmueble, tendrá preferencia para el cobro el banco. La AEAT sólo dispondría del sobrante. Si no hay acreedores con su derecho inscrito, tendrá preferencia la hacienda.

No sé si te he ayudado. La verdad es que financiero lo tengo atravesaico.
pues no se nota jaja, haciendo el examen invocaré los post de Victoriasoy  ;)

Desconectado victoriasoy

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #710 en: 24 de Enero de 2013, 11:19:37 am »
Raquelilla, con los apuntes delante es fácil responder. Ya te lo diré cuando esté sola ante el peligro, sin material de apoyo y con las preguntitas que nos ponen... glups!
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Desconectado Pravias

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #711 en: 24 de Enero de 2013, 11:33:03 am »
 :D yo lo que tengo claro, es que hacienda nunca se cansa de perseguirte y que es toda poderosa para cobrar las deudas  ;D
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Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #712 en: 24 de Enero de 2013, 12:21:06 pm »
Gracias por la respuesta, a mí como no me pregunten definiciones etc voy barranco abajo, estoy más perdido que hp en el día del padre.

Desconectado yogarcia

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #713 en: 24 de Enero de 2013, 17:50:32 pm »
Hola!
¿Sabéis si en esta asignatura se suelen repetir en los exámenes preguntas de años anteriores? A mí eso me ayudó muchísimo el año pasado con alguna asignatura, como por ejemplo Historia, que me estudié las preguntas de años anteriores y me cayeron.

Gracias y suerte a tod@s

Desconectado Pravias

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #714 en: 24 de Enero de 2013, 17:57:48 pm »
Algunas si, otras pues sorprenden
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Desconectado Pravias

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #715 en: 24 de Enero de 2013, 18:25:53 pm »
Contestación tutor licenciatura:
El artículo 14 LGT no prohibe expresamente la aplicación analógica del régimen de los
obligados tributarios, sino sólo de las normas que regulan el hecho imponible, las exenciones
y bonificaciones. No obstante:

a) El régimen de los sujetos pasivos está generalmente muy unido al elemento subjetivo
del hecho imponible. En la medida en que esto sea así, la aplicación analógica está
prohibida.

b) Aunque el tema se discute la prohibición de analogía en materia tributaria tiene un cierto
fundamento constitucional en los principios de reserva de ley y de seguridad jurídica. Pues
bien, es posible que una concreta aplicación analógica del régimen de los obligados (por
ejemplo de los responsables tributarios) quebrante estos principios, aunque no quede
excluído expresamente por el art. 14 LGT.

En definitiva, en mi opinión, la aplicación analógica del régimen de los obligados tributarios
sólo es posible en la medida en que no se refiera al elemento subjetivo del hecho imponible
(por excluirlo el art. 14 LGT) ni tenga consecuencias que lesionen los principos
constitucionales de reserva de ley y seguridad jurídica.
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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #716 en: 24 de Enero de 2013, 23:25:42 pm »
Hay una pregunta de examen que ha caído y no encuentro respuesta...si alguien sabe, que se manifieste, jeje...

Bueno va: ¿El obligado a realizar pagos a cuenta del tributo es siempre una persona o entidad distinta del contribuyente? Justifique su respuesta. En caso de respuesta negativa, indique en qué casos se da esa identidad, esto es, en qué casos el obligado a realizar pagos a cuenta es el propio contribuyente.

¿Alguien...?
--Liz--
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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #717 en: 24 de Enero de 2013, 23:30:04 pm »
La institución de la retención, la del ingreso a cuenta y la del pago fraccionado suponen la descomposición del tributo en obligaciones o deberes pecuniarios diferentes, e incluso, en el caso de la retención y la del ingreso a cuenta son a cargo de sujetos distintos.

[A la pregunta que hacen, si el obligado a realizar pagos a cuenta del tributo es siempre una persona o entidad distinta del contribuyente, yo (Marta Calvo) contesto que no, pues en el pago fraccionado ingresan los mismos empresarios y profesionales que desarrollan ellos mismos las actividades económicas.]

El ingreso anticipado constituye el cumplimiento de una obligación específica, diferente de la obligación tributaria principal, y que, en el caso de retención e ingreso a cuenta, recae sobre el pagador de los rendimientos, que no es el sujeto pasivo del tributo ni ha demostrado capacidad económica alguna. Responde, sin embargo, en nombre propio y de una deuda propia, siendo, por ende, sujeto de un deber o de una obligación de naturaleza tributaria pero no contributiva, pues no es con su patrimonio con el que hará frente a la obligación de ingresar a la Hacienda Pública, sino con la renta del sujeto pasivo, sobre la que detrae una parte en lugar de abonársela íntegramente.
Por eso el artículo 35 LGT califica al retenedor y al obligado a pagos a cuenta como sujetos tributarios distintos del sujeto pasivo del tributo.

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #718 en: 24 de Enero de 2013, 23:34:23 pm »
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La institución de la retención, la del ingreso a cuenta y la del pago fraccionado suponen la descomposición del tributo en obligaciones o deberes pecuniarios diferentes, e incluso, en el caso de la retención y la del ingreso a cuenta son a cargo de sujetos distintos.

[A la pregunta que hacen, si el obligado a realizar pagos a cuenta del tributo es siempre una persona o entidad distinta del contribuyente, yo (Marta Calvo) contesto que no, pues en el pago fraccionado ingresan los mismos empresarios y profesionales que desarrollan ellos mismos las actividades económicas.]

El ingreso anticipado constituye el cumplimiento de una obligación específica, diferente de la obligación tributaria principal, y que, en el caso de retención e ingreso a cuenta, recae sobre el pagador de los rendimientos, que no es el sujeto pasivo del tributo ni ha demostrado capacidad económica alguna. Responde, sin embargo, en nombre propio y de una deuda propia, siendo, por ende, sujeto de un deber o de una obligación de naturaleza tributaria pero no contributiva, pues no es con su patrimonio con el que hará frente a la obligación de ingresar a la Hacienda Pública, sino con la renta del sujeto pasivo, sobre la que detrae una parte en lugar de abonársela íntegramente.
Por eso el artículo 35 LGT califica al retenedor y al obligado a pagos a cuenta como sujetos tributarios distintos del sujeto pasivo del tributo.

Muchas gracias Marta, ya me ha quedado clara la cosa :)
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Desconectado matias1

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #719 en: 24 de Enero de 2013, 23:37:18 pm »
A ver que opina por ejemplo victoriasoy y otras compañeras que preparan la asignatura éste año :)