¿ Qué opinan de la 8? Hay voluntariedad o no en los delitos de omisión ?
La 8 es la C.
Os pongo un ejemplo: tienes el deber de que cuando el senmáforo esté en rojo te pares, pero vas conduciendo y despistado te saltas el senmáforo en rojo. Hay omisión imprudente en la que no interviene la voluntad, fue involuntario, luego la oluntariedad no es necesaria en la omisión.
También encontré otros errores a mi manera de ver. No recuerdo qué preguntas eran pero:
- Sólo queda exento de responsabilidad penal quien haya desistido de su delito y lo haya evitado, si no lo evitase estaríamos ante una atenuante pero no una eximente.
- La reprochabilidad y la medida de la reprochabilidad se estudia en la culpabilidad. La reprochabilidad es la culpabilidad, mientras que la medida de ésta serían las atenuantes o agravantes de la culpabilidad. En la punibilidad sólo se estudia la pena y la medida de la pena. Luego en esta pregunta el Juez llevó a cabo la tipicidad,antijuridicidad y culpabilidad (no la punibilidad).
Un saludo
