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Autor Tema: POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13  (Leído 92995 veces)

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Desconectado jaraiz1982

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #420 en: 25 de Enero de 2013, 00:10:07 am »
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Es la c, ninguna de las anteriores. Primero que la cuota a comunicar es el 30% y no el 25, y segundo que se notifica cuando SE ADQUIERA O INCREMENTE EL 30% y en este caso añade solo un 9%

Seguro que es así? Yo había entendido que había que superar, entre ambas, el 30% del mercado nacional... Estoy mirando soluciones de exámenes, y también me induce a pensar eso... no sé.  :)


Desconectado jaraiz1982

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #421 en: 25 de Enero de 2013, 00:23:29 am »
Examen de Febrero de 2009, Tipo A, Pregunta 23:

Si la sociedad española "A", que ostenta el 20% del mercado nacional en el sector aceitero adquiere el 50% de la sociedad española "B", que ostenta el 25% del mercado en ese mismo sector, tal circunstancia:
a) No se considera concentración empresarial a efectos de la LDC, porque no es una fusión.
b) Determina que la operación haya de notificarse a la CNC.
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Da como buena la B...
Cómo lo veis?

Desconectado lidia15378

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #422 en: 25 de Enero de 2013, 07:11:16 am »
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Sí es verdad...pero en este caso no me quedaba claro el por qué, pero ya sí, jeje

Si te entiendo, a mi me ha pasado con alguna, el no entender el porque. Lo veo un poco como penal I, muchos matices, además de que para sacar un 5 tenemos que contestar 24/ 25 de 35
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Desconectado lidia15378

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #423 en: 25 de Enero de 2013, 07:16:12 am »
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Seguro que es así? Yo había entendido que había que superar, entre ambas, el 30% del mercado nacional... Estoy mirando soluciones de exámenes, y también me induce a pensar eso... no sé.  :)

Si una sociedad ya posee mas del 30% no tiene que comunicar nada, la ley pone claramente que hay que comunicar el INCREMENTO además de que si lo miras en Calatayud la correcta es la C. Si una de las sociedades posee mas del 30% ANTES de la concentracion ese porcentaje no cuenta, lo que ellos quieren saber es que alguien no in creyente mas de esa cantidad.

Es mas, si una ya posee ese 30 habrá que comunicar si adquie un porcentaje tal que supere el 60%.

Asi que bay que comunicar cuando INCREMENTES mas del 30% o incrementes lo que incrementes tu cuota del mercado supere el 60%

So en este caso que tiene un 40 hubiera adquirido un 20, tendría que comunicarlo tambien
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Desconectado lidia15378

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #424 en: 25 de Enero de 2013, 07:17:38 am »
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Examen de Febrero de 2009, Tipo A, Pregunta 23:

Si la sociedad española "A", que ostenta el 20% del mercado nacional en el sector aceitero adquiere el 50% de la sociedad española "B", que ostenta el 25% del mercado en ese mismo sector, tal circunstancia:
a) No se considera concentración empresarial a efectos de la LDC, porque no es una fusión.
b) Determina que la operación haya de notificarse a la CNC.
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Da como buena la B...
Cómo lo veis?

Pero en Calatayud? O en la batería de preguntas que circula por ahi?
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Desconectado lidia15378

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #425 en: 25 de Enero de 2013, 07:19:50 am »
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Examen de Febrero de 2009, Tipo A, Pregunta 23:

Si la sociedad española "A", que ostenta el 20% del mercado nacional en el sector aceitero adquiere el 50% de la sociedad española "B", que ostenta el 25% del mercado en ese mismo sector, tal circunstancia:
a) No se considera concentración empresarial a efectos de la LDC, porque no es una fusión.
b) Determina que la operación haya de notificarse a la CNC.
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Da como buena la B...
Cómo lo veis?

Perdona, se me olvido decir que en ALF la profe ha dicho que los testes de antes del 2010 pueden no coincidir porque han cambiado las leyes. En este caso corresponde con los apuntes de VICTORIASOY, en los cuales dice que hay que comunicar cuando superas el 25%.

Por eso aqui te dice como buena la B, porque es del 2009, y entonces la cuota de mercado a comunicar era el 25%
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Desconectado lidia15378

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #426 en: 25 de Enero de 2013, 07:22:18 am »
De todas formas es mis test ma da como buena la C, y no la B
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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #427 en: 25 de Enero de 2013, 08:11:44 am »
qué lío, entonces solo hay que notificar el incremento, o sea que si tiene el 50% no tiene que notificar nada, pero si tiene el 30 e incrementa el 20 sí hay que notificarlo?

 ??? ??? no entiendo esto de los porcentajes, explícalo Lidia una vez más así para cortitos como yo.

Desconectado victoriasoy

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #428 en: 25 de Enero de 2013, 08:43:26 am »
Hay que tener cuidado con los test y los apuntes anteriores a 2010/2011. La LDC cambió con la  nueva de 2009 y modificó algunos puntos. Mi error ha sido ese; repasar los tests y algunos apuntes anteriores, con las preguntas, que entonces eran válidas y ahora han cambiado.
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Desconectado Pravias

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #429 en: 25 de Enero de 2013, 09:25:06 am »
 :-[ pues yo lo he entendido más pensaba que cuando tuvieran entre las dos ese 30% tenía que ser autorizada
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Desconectado Pravias

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #430 en: 25 de Enero de 2013, 09:42:53 am »
Que como consecuencia de la concentración se adquiera o se incremente una cuota igual o superior al 30 % del mercado relevante de producto o servicio en el ámbito nacional o en un mercado geográfico definido dentro del mismo.
sigo sin tenerlo claro
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Desconectado victoriasoy

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #431 en: 25 de Enero de 2013, 09:58:53 am »
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:-[ pues yo lo he entendido más pensaba que cuando tuvieran entre las dos ese 30% tenía que ser autorizada

Yo también entiendo que es así: LDC Art. 8.1 a) Que como consecuencia de la concentración se
adquiera o se incremente una cuota igual o superior al 30
por ciento del mercado relevante de producto o servicio
en el ámbito nacional o en un mercado geográfico definido
dentro del mismo.
Cuando, como resultado de una fusión, compra u otro cambio estable del control de la totalidad o parte de una o varias empresas, surja una nueva sociedad que acapare una cuota de mercado igual o superior al 30% o cuyo volumen de negocios supere los 240 millones de euros, dicha fusión o adquisición deberá ser autorizada por la Comisión Nacional de la Competencia.
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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #432 en: 25 de Enero de 2013, 10:14:01 am »
Pregunta de ALF:



Se puede fusionar una empresa de transporte que tendría el 38% del mercado nacional con otra que tenga el 11%. Lo permite las normas sobre libre competencia.??

Gracias 

   

   
- 2: Re: NORMAS SOBRE LIBRE COMPETENCIA (respuesta a 1) nuevo

Estimada alumna,

Como se le indica en el manual de referencia ese tipo de fusión quedaría sometido al control de concentraciones previsto a nivel comunitario y a nivel nacional. Le aconsejo que lea esa parte del tema y me plantee nuevamente dudas específicas sobre dicho control de concentraciones. Un saludo cordial, A. Arroyo



Sólo se adquiere el 11%, pero entre las dos (una ya lo supera) superan el 30%.

qué liooooooo :o
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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #433 en: 25 de Enero de 2013, 10:20:14 am »
Victoria entonces es como decíamos, si entre las dos juntas se supera el 30% se necesita la autorización
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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #434 en: 25 de Enero de 2013, 10:21:38 am »
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Si una sociedad ya posee mas del 30% no tiene que comunicar nada, la ley pone claramente que hay que comunicar el INCREMENTO además de que si lo miras en Calatayud la correcta es la C. Si una de las sociedades posee mas del 30% ANTES de la concentracion ese porcentaje no cuenta, lo que ellos quieren saber es que alguien no in creyente mas de esa cantidad.

Es mas, si una ya posee ese 30 habrá que comunicar si adquie un porcentaje tal que supere el 60%.

Asi que bay que comunicar cuando INCREMENTES mas del 30% o incrementes lo que incrementes tu cuota del mercado supere el 60%

So en este caso que tiene un 40 hubiera adquirido un 20, tendría que comunicarlo tambien

No... En Calatayud da como buena la "b" (Febrero 2009, tipo A, pregunta 23).

Independientemente de lo que ponga en Calatayud... Entonces cómo sería? Yo tenía entendido lo que acaba de apuntar victoriasoy... Que para notificar, la nueva sociedad tenía que acaparar una cuota de mercado del 30%...

Ay qué jaleo...!

Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #435 en: 25 de Enero de 2013, 12:14:02 pm »
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Pregunta de ALF:



Se puede fusionar una empresa de transporte que tendría el 38% del mercado nacional con otra que tenga el 11%. Lo permite las normas sobre libre competencia.??

Gracias 

   

   
- 2: Re: NORMAS SOBRE LIBRE COMPETENCIA (respuesta a 1) nuevo

Estimada alumna,

Como se le indica en el manual de referencia ese tipo de fusión quedaría sometido al control de concentraciones previsto a nivel comunitario y a nivel nacional. Le aconsejo que lea esa parte del tema y me plantee nuevamente dudas específicas sobre dicho control de concentraciones. Un saludo cordial, A. Arroyo



Sólo se adquiere el 11%, pero entre las dos (una ya lo supera) superan el 30%.

qué liooooooo :o

La tutora también le puede salir una hernia si responde, leete el libro y punto...

Desconectado estefaniad01

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #436 en: 25 de Enero de 2013, 13:52:05 pm »
Os dejo una preguntilla, aunque ya he visto la respuesta:

La Ley de Patentes dispone la atribución de un derecho exclusivo de explotación de un invento:
a. Exigiendo que el invento sea descrito para que el resto lo conozcan.
b. Permitiendo que la descripción del invento se mantenga en secreto durante diez años.
c. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

No sé vosotros, pero yo (haciendo exámenes de años anteriores) no acierto 25 ni en broma...
Recta final

Desconectado Pravias

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #437 en: 25 de Enero de 2013, 13:54:28 pm »
Puede ser la a?
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Desconectado estefaniad01

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #438 en: 25 de Enero de 2013, 13:57:41 pm »
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Puede ser la a?
Si!
A mi me mata la de las dos respuestas son erróneas, me hace dudar en muchas...
Recta final

Desconectado Pravias

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #439 en: 25 de Enero de 2013, 15:37:14 pm »
 ;D a mi me pasa igual con las dos son incorrectas
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