Hola a todos, coincido con los compañeros del Foro que dicen que el examen fue rebuscado, yo diría que superrebuscado. Después de intentar tener claros los conceptos en los que más insistía el profesor, resulta que no aparece ninguno de ellos, y preguntan cosas que sólo aparecían una vez en el libro, y aunque algún compañero ha dicho que pusieron esas preguntas en exámenes de otros años, yo tengo impresos todos los exámenes y no las veo.
Pero puestos a rizar el rizo, yo tengo mal el caso práctico, pero no sólo es culpa mia, también lo es porque cuando en el examen se puso la legislación aplicable, se puso sólo el art. 769.3, y yo sólo me fije en ese apartado 3, y dado que cuando se explicaron los fueros imperativos y dispositivos, en el libro siempre se nos remitía a los artículos 52 y 54, yo entendí que como no entraban dentro de los casos excluidos del caracter dispositivo, pues se podía aplicar la sumisión expresa.
Pero claro, ahora me doy cuenta de que si en el examen hubieran puesto que se aplicaba el artículo 769, todo, sin epígrafes, hubiera leido el epígrafe 4º y el último párrafo de ese artículo, en donde ya me quedaría claro que no cabía la sumisión expresa.
En fin, es para descargar un poco, como hacemos todos cuando algo nos parece injusto, y que aunque tengamos que volver a estudiar, el departamento se podía dar cuenta de que ese examen no se podía hacer en 2 horas, puesto que ya sólo para comprender y hacer bien el caso habría que pasar más de una hora.
Creo que teoría y casos prácticos es muy díficil, el departamento debería decidirse por solo teoría o solo por casos prácticos, como pasa en Financiero II, o sino, que algunas de esas dos partes fueran asequibles en el examen.