CASO 14
La 5 pregunta del caso número 14, la solución dada es que sería el domicilio del demandado, que como no está domiciliado en un Estado miembro (de la UE, se entiende), no sería de apliación el R44, y sí su Derecho Interno, que yo entiendo que es el de su nacionalidad, esto es, BRASIL, y no Italia como propuso el compañero en las soluciones dadas a estos casos.
Cómo lo veis??