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Autor Tema: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013  (Leído 105031 veces)

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Desconectado maryone

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #320 en: 30 de Enero de 2013, 02:35:35 am »
Suerte mañana a todos !!!! Yo me presento y me examino en Lavapies (madrid), ahora a la cama y mañana dios dirá!!! :)


Desconectado JUCAMO

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #321 en: 30 de Enero de 2013, 11:16:10 am »
Uffff...menos mal, se han portado bien con el examen:
1. Reconocimiento y ejecución de sentencias arbitrales en España.
2. Adquisición de la nacionalidad de origen.
3. Solución de CC a los conflictos internos de leyes...art. 12?? (no me acuerdo bien, esta no la he contestado).
4. Parámetros básicos del Reglamento 1206/2001
CASO 1. Sobre R44/2001 y foro especial por razon de la materia - contrato de compraventa.
CASO 2. Sobre Re 1201/2003  y una inscripición registral para la extinción de un condominio a raiz de un divorcio hecho en Inglaterra.

Bueno, en las preguntas creo que me ha ido bien; el Caso 1 creo que también bien, aunque no puse que el ámbito de aplicación material se excluyen algunas materias civiles, y el segundo caso muy mal, ya no tenía tiempo y creo que metí bastante la pata...a ver qeu tal corrigen
No busques un culpable, busca una solución...gran consejo.

Desconectado Juan R. Las Palmas

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #322 en: 30 de Enero de 2013, 11:22:13 am »
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Uffff...menos mal, se han portado bien con el examen:
1. Reconocimiento y ejecución de sentencias arbitrales en España.
2. Adquisición de la nacionalidad de origen.
3. Solución de CC a los conflictos internos de leyes...art. 12?? (no me acuerdo bien, esta no la he contestado).
4. Parámetros básicos del Reglamento 1206/2001
CASO 1. Sobre R44/2001 y foro especial por razon de la materia - contrato de compraventa.
CASO 2. Sobre Re 1201/2003  y una inscripición registral para la extinción de un condominio a raiz de un divorcio hecho en Inglaterra.

Bueno, en las preguntas creo que me ha ido bien; el Caso 1 creo que también bien, aunque no puse que el ámbito de aplicación material se excluyen algunas materias civiles, y el segundo caso muy mal, ya no tenía tiempo y creo que metí bastante la pata...a ver qeu tal corrigen

La 3ª era la solución del art. 12.5 CC a la remisión a los sistemas plurilegislativos.

Totalmente de acuerdo contigo. Ha sido de las pocas veces que me han llamado para entregar. Siete preguntas en hora y media. Y sin dormir. Ánimo a los de la segunda semana y a escribir rápido.
Saludos cordiales desde Las Palmas de Gran Canaria.
Ricardo

Desconectado quintana-12

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #323 en: 30 de Enero de 2013, 11:32:36 am »
Que desastre... pero bueno, cuando se da lo que se tiene, no hay mas. Espero que vengan momentos mejores.
Estoy partio, y el viernes el Practicum, no se si sobrevivire.

Desconectado friburgo327

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #324 en: 30 de Enero de 2013, 13:28:50 pm »
Sobre los csasos practicos , por favor si alguien puede confirmar lo que yo he puesto:
En el 1º he puesto que era aplicable el reglamento 44/01 , pero que la demanda se tenía que haber puesto ante los tribunales  de Berlín , ya que este el domiclio del demandado y no hay sumisión expresa por la voluntad de als partes.
En el 2

Desconectado friburgo327

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #325 en: 30 de Enero de 2013, 13:30:44 pm »
Sobre los csasos practicos , por favor si alguien puede confirmar lo que yo he puesto:
En el 1º he puesto que era aplicable el reglamento 44/01 , pero que la demanda se tenía que haber puesto ante los tribunales  de Berlín , ya que este el domiclio del demandado y no hay sumisión expresa por la voluntad de als partes.
En el 2º he puesto que el reglamento 2201/03 no se podía aplicar al tratarse la inscripción de  una materia excluida del mismo , por favor si alguien ouede poner lo que ha respondico para que me queda más tranquilo. MIL GRACIAS

Desconectado rpelegrin1

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #326 en: 30 de Enero de 2013, 14:07:05 pm »
Yo he contestado como tu el 1º caso y el 2º casi lo mismo pero es que casi no he tenido tiempo ni de respirar, aunque creo que no ha sido de los mas dificiles que han puesto, el 2º caso bastante flojito ya que no tenia casi tiempo, bueno a esperar alguien sabe como corrigen ? Son muy rigurososo ?

Desconectado JUCAMO

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #327 en: 30 de Enero de 2013, 14:43:34 pm »
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Sobre los csasos practicos , por favor si alguien puede confirmar lo que yo he puesto:
En el 1º he puesto que era aplicable el reglamento 44/01 , pero que la demanda se tenía que haber puesto ante los tribunales  de Berlín , ya que este el domiclio del demandado y no hay sumisión expresa por la voluntad de als partes.
En el 2º he puesto que el reglamento 2201/03 no se podía aplicar al tratarse la inscripción de  una materia excluida del mismo , por favor si alguien ouede poner lo que ha respondico para que me queda más tranquilo. MIL GRACIAS

En el primer caso he puesto que en principio los tribunales de berlín serían competentes (foro general del demandado), pero que también podría entrar en juego un foro especial por razon de la materia, alternativo al forol general; ya que la materia es relativa a obligaciones contractuales (contrato de compraventa); y que si se cumpliera que en Zaragoza fuera el lugar del cumplimiento de la obligación ("en caso de compraventa de mercaderías: el lugar donde, según el contrato, éstas deban entregarse" ex art 5 R44), también los tribunales de allí serían competentes; además también se podría dar el caso de que las partes lo hayan dispuesto así en el contrato (cual es el lugar de cumplimiento de la obligación), ya que la materia es disponible a la voluntad de las partes ( no es exclusiva ni objeto de protección); pero que en el caso no hay datos sufientes para valorar esto.
En cuanto al segundo caso...puff...solo me quedaban ocho minutos para verlo y responder...casi no he puesto nada...
No busques un culpable, busca una solución...gran consejo.

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #328 en: 30 de Enero de 2013, 16:35:33 pm »
Ánimo! Ya os habéis quitado el examen y ahora toca seguir con los demás! Seguro que todo irá bien.
Ya os contaremos los que vamos a la segunda semana... ;)

Suerte!
Don'#039#039t give up, just get up and try!

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #329 en: 30 de Enero de 2013, 17:07:53 pm »
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En el primer caso he puesto que en principio los tribunales de berlín serían competentes (foro general del demandado), pero que también podría entrar en juego un foro especial por razon de la materia, alternativo al forol general; ya que la materia es relativa a obligaciones contractuales (contrato de compraventa); y que si se cumpliera que en Zaragoza fuera el lugar del cumplimiento de la obligación ("en caso de compraventa de mercaderías: el lugar donde, según el contrato, éstas deban entregarse" ex art 5 R44), también los tribunales de allí serían competentes; además también se podría dar el caso de que las partes lo hayan dispuesto así en el contrato (cual es el lugar de cumplimiento de la obligación), ya que la materia es disponible a la voluntad de las partes ( no es exclusiva ni objeto de protección); pero que en el caso no hay datos sufientes para valorar esto.
En cuanto al segundo caso...puff...solo me quedaban ocho minutos para verlo y responder...casi no he puesto nada...

Jucamo, ¿tú eres del centro asociado del campo de gibraltar?, me pareció leerlo por ahí en algún post.
Pregúntate si lo que estás haciendo hoy te acerca a un lugar en el que quieres estar mañana.

Desconectado RaulRH

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #330 en: 30 de Enero de 2013, 17:18:09 pm »
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Sobre los csasos practicos , por favor si alguien puede confirmar lo que yo he puesto:
En el 1º he puesto que era aplicable el reglamento 44/01 , pero que la demanda se tenía que haber puesto ante los tribunales  de Berlín , ya que este el domiclio del demandado y no hay sumisión expresa por la voluntad de als partes.
En el 2º he puesto que el reglamento 2201/03 no se podía aplicar al tratarse la inscripción de  una materia excluida del mismo , por favor si alguien ouede poner lo que ha respondico para que me queda más tranquilo. MIL GRACIAS

yo he puesto lo mismo que tú en el segundo, que las inscripciones registrales son materia, y además constituyen un foro exclusivo, del 44/2001, otra cosa es que en relación con el caso planteado sea una buena respuesta.
Pregúntate si lo que estás haciendo hoy te acerca a un lugar en el que quieres estar mañana.

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #331 en: 30 de Enero de 2013, 17:22:46 pm »
Hola chic@s!
Me alegro de que el examen haya sido más o menos previsible, al menos en cuanto a teoría.
Por lo que sé es un departamento que se porta bien corrigiendo. Esto lo sé por una chica que se presentó a toda la asignatura en septiembre de 2011. Lo había preparado a toda prisa y sacó hasta nota.El caso no tiene que estar completamente bien, no pasa nada si os habéis olvidado de algo.Vale que es un supuesto particular pero en general la gente no dice que son demasiado estrictos, como por ejemplo en administrativo. Si alguien opina lo contrario, que lo diga. Esto es lo que a mí me explicaron.
Dan muy poco tiempo.Deberían dejar 2 horas. Pero supongo que si ven que muchos habéis fallado en el segundo caso o no habéis contestado y lo demás está más o menos bien, es por falta de tiempo. Esto es lo lógico pero bueno, son profesores, ya sabéis, a veces se comportan de forma ilógica.

Pensad en positivo, al menos ya lo habéis pasado, ahora a descansar y a por otra.
Suerte y a l@s de la 2°semana también!

Desconectado operario

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #332 en: 30 de Enero de 2013, 17:38:43 pm »
Hola a todos , espero que los que habeis hecho el examen en esta primera semana os haya salido bien, yo me presento en la 2º semana.-
 Con respecto al 2 caso planteado en el examen si quereis saber su solución exacta os recominedo que veais el BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO de fecha 5 de octubre de 2012 pagina 71054 a la 71061 resolución 27-07-2012 Dirección General de registros y notariados el caso qque os han planteado en el examen es la resolución tal cual viene en el BOE.-

Un saludo

Desconectado Decio

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #333 en: 30 de Enero de 2013, 17:39:14 pm »
A ver,
El segundo caso era un tema matrimonial, por lo cual competencia del R.2201/2003 y la inscripción del mismo era consecuencia o subsidirario al asunto principal que es el matrimonial. Decís que no es competencia de este Reglamento el asunto?? Ostrassss!! Yo he puesto que sí.
En el primer supuesto he coincidido con Jucamo, foro geneal del domicilio del demandado (tribunales alemanes) y, de modo concurrente, el foro del lugar donde debía cumplirse la obligación (el pago), esto es, aquí en españa. De modo que el demandante puede optar entre elegir unos tribunales u otros, lógicamente a priori serían los españoles por cercanía y to eso....
Las preguntas bien, salvo el 12.5 que se me ha ido un poco el boli, el resto (nacionalidad de origen, y el 1206/2001, creo que más o menos bien).
Ale!! toca esperar...
Bellum se ipsum alit

Desconectado Decio

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #334 en: 30 de Enero de 2013, 17:49:19 pm »
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Hola a todos , espero que los que habeis hecho el examen en esta primera semana os haya salido bien, yo me presento en la 2º semana.-
 Con respecto al 2 caso planteado en el examen si quereis saber su solución exacta os recominedo que veais el BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO de fecha 5 de octubre de 2012 pagina 71054 a la 71061 resolución 27-07-2012 Dirección General de registros y notariados el caso qque os han planteado en el examen es la resolución tal cual viene en el BOE.-

Un saludo

Visto,
En esencia viene a decir, primero que el R. 2201 es aplicable al caso, que el reconocimiento para la inscripción entre países miembros no precisa de reconocimiento alguno, es pues automático. En diez líneas no da para más. Hemos de pensar que el espíritu del Reglamento es ese, reconocimiento sin más. Otra cosa son los detalles concretos que no creo que hubiere que expresarlos en el examen, entre otras cosas porque no hay espacio ni tan siquiera sintetizando. Eso es lo que veo yo a priori.
Bellum se ipsum alit

Desconectado Lineker

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #335 en: 30 de Enero de 2013, 18:24:03 pm »

Pues yo entiendo lo contrario (lo he leido rápido porque tengo que ponerme a estudiar ya...)

"6. Determinado cuál es el contenido y alcance del reconocimiento directo o automático, y trasladando las consideraciones anteriores al caso del presente recurso, resulta claro que la aplicación del Reglamento invocado no puede hacerse más allá de su ámbito material"

"En consecuencia, esta Dirección General ha acordado desestimar el recurso interpuesto y confirmar la calificación impugnada en los términos que resultan de los anteriores fundamentos."

Desconectado vicente1902

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #336 en: 30 de Enero de 2013, 20:13:59 pm »
Referente al caso 1º, y respecto a si se puede considerar que los abonos se realicen en una cuenta de Zaragoza se puede considerar como una sumisión expresa, ¿qué habeis puesto?

El art 23.2 del Reglamento, estable que el acuerdo de sumision expresa deberá celebrarse en una forma que se ajuste a los habitos que las partes tuvieran establecido entre ellas. Si considera que el hecho que las cantidades se abones en una cuenta Zaragoza, como una forma establecida entre las partes para celebrar este tipos de acuerdos, ¿se podría considerar como sumisión expresa?. ¿Qué opinais?


Desconectado migato

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #337 en: 30 de Enero de 2013, 23:30:26 pm »
Pero de las teóricas solo había que contestar a 3 no?
Y además era espacio tasado...
A mi me ha dicho el tribunal que tenía que contestar en las hojas de las preguntas y en el de los casos prácticos, por eso ponía "contestar solo en estas dos hojas, anverso y reverso"

Desconectado RaulRH

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #338 en: 30 de Enero de 2013, 23:46:26 pm »
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Visto,
En esencia viene a decir, primero que el R. 2201 es aplicable al caso, que el reconocimiento para la inscripción entre países miembros no precisa de reconocimiento alguno, es pues automático. En diez líneas no da para más. Hemos de pensar que el espíritu del Reglamento es ese, reconocimiento sin más. Otra cosa son los detalles concretos que no creo que hubiere que expresarlos en el examen, entre otras cosas porque no hay espacio ni tan siquiera sintetizando. Eso es lo que veo yo a priori.

Pues a mi me parece que la resolución de la DGRN del BOE dice todo lo contrario, eso sí, la he leído de "aquella manera". Por si alguien quiere leerla completa No puedes ver los enlaces. Register or Login
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Desconectado RaulRH

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL (DIPr) 2012-2013
« Respuesta #339 en: 30 de Enero de 2013, 23:49:35 pm »
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