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Autor Tema: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 2012-2013  (Leído 23438 veces)

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Desconectado carmen66

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Re: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 2012-2013
« Respuesta #80 en: 30 de Mayo de 2013, 10:04:07 am »
Hola, a mi tambien me interesan esos casos porque tambien me cuesta. Muchas gracias y muchisima suerte. Mi correo: carmen66@ono.com


Desconectado PATRICIACASADO

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Re: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 2012-2013
« Respuesta #81 en: 30 de Mayo de 2013, 19:51:44 pm »
Me sumo a la petición de los casos prácticos, me los podríais enviar a mi también? p.casado85@hotmail.com

Muchas gracias y mucha suerte!!!

Desconectado Alexis01

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Re: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 2012-2013
« Respuesta #82 en: 31 de Mayo de 2013, 21:26:06 pm »
Si alguien tuviera la solución al caso del conflicto iraní sobre violación del Tratado de No Proliferación Nuclear, por favor: ¿podría enviármelo a mi correo?: jjuanlu@hotmail.com
Un saludo y buena animo que ya queda poco.

Desconectado mlopezdec5

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Re: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 2012-2013
« Respuesta #83 en: 02 de Junio de 2013, 22:42:38 pm »
Buenas noches,

Estoy repasando casos practicos de examenes anteriores y me encuentro con el del junio de 2011 relativo a los daños causado por el ejercito español durante unas maniobras militares que por error se adentran en territorio de portugal. ¿Sería responsable España por los daños aun no habiendolos producidos internacionalmente y además sin haberse introducido en Portugal sin ser conscientes de ello?

De otro lado en otro caso , también el mes de junio 2011 se habla de una ciudadana de melilla, nacional de Marruecos a la que despiden de su colegio que ha pasado a pasar a formar parte de una orden religiosa cristiana. ¿Podría esta ciudadana plantear una demanda ante el Tribunal europeo de derechos humanos aún cuando no es nacional de un Estado mienbro de la UE? y, a través de este procedimiento demandaría a ESpaña y no al colegio por la actuación de éste ¿es correcto esto último?
¿Alguien podría darme respuesta a estas proguntas?

Desconectado mcablaz

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Re: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 2012-2013
« Respuesta #84 en: 02 de Junio de 2013, 23:22:01 pm »
Creo que puede interponer la denuncia cualquiera, aunque no sea de nacionalidad europea, lo que sí tiene que ser es una violación de un derecho reconocido en el convenio y que sea imputable a un estado parte.

Desconectado Winnie

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Re: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 2012-2013
« Respuesta #85 en: 03 de Junio de 2013, 08:17:39 am »
En el caso práctico de la periodista americana en Irán, qué mecanismos internacionales de protección de Derechos Humanos podrían usarse concretamente en su defensa?

No puedes ver los enlaces. Register or Login
Preguntas cortas:

1.- Enumere y describa brevemente los elementos del hecho ilícito internacional. (Tema 25)

2.- Enumere y describa brevemente el concepto de la legítima defensa. (Tema 33)


Pregunta de desarrollo:

- Los órganos de las Naciones Unidas (Tema 36)


Caso práctico: Sobre una periodista detenida en Irán con doble nacionalidad iraní y estadounidense. Preguntan sobre solicitud de protección diplomática y sus requisitos. También sobre quién puede ejercer la protección en este caso concreto de doble nacionalidad. Por último sobre los mecanismos internacionales de protección de los derechos humanos que podrían usarse en su defensa.

No puedo poner el caso práctico porque está como imagen y no deja un copia-pega.

Un saludo!

Desconectado Cañada

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Re: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 2012-2013
« Respuesta #86 en: 03 de Junio de 2013, 16:28:19 pm »
Yo estoy intentando mirarlo alguien que lo sepa nos puede dar alguna orientación.

Muchas gracias.

Desconectado mariagonsi

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Re: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 2012-2013
« Respuesta #87 en: 03 de Junio de 2013, 17:28:54 pm »
Que tal lo llevais? Yo la verdad que he dado mil vueltas a la teoría y no me lo se nada bien.....
Además hoy ya no puedo con ello, me cuesta horrores volverlo a repasar....

Desconectado widowson

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Re: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 2012-2013
« Respuesta #88 en: 03 de Junio de 2013, 19:15:07 pm »
Alguien me podría pasar los casos prácticos por favor????? no es que quede mucho tiempo jejejejeje
pfrancootero@gmail.com
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Desconectado widowson

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Re: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 2012-2013
« Respuesta #89 en: 04 de Junio de 2013, 10:55:36 am »
Una duda sobre el caso práctico:
Al no haber agotado los recursos internos y haber sido detenida en Febrero, podría recurrir a la protección diplomática?
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Desconectado JAPP

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Re: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 2012-2013
« Respuesta #90 en: 04 de Junio de 2013, 12:32:36 pm »
Examen de hoy: Idéntico al del post anterior de Winnie.

Desconectado anmec

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Re: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 2012-2013
« Respuesta #91 en: 04 de Junio de 2013, 12:36:11 pm »
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Examen de hoy: Idéntico al del post anterior de Winnie.

El práctico también?? Joer... Yo ni había mirado las preguntas del primero. Qué fuerte.

Desconectado JAPP

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Re: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 2012-2013
« Respuesta #92 en: 04 de Junio de 2013, 12:40:05 pm »
Corresponde con el de la 2ª semana del 2009. Ha existido correlación con respecto a la 1ª semana que también coincidió con el de la 1ª semana del 2009. Si uno fuese adivino habría tenido más tiempo para dormir.

Desconectado gateway

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Re: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 2012-2013
« Respuesta #93 en: 04 de Junio de 2013, 15:09:55 pm »
¿Qué tal las preguntas?

elementos del hecho ilicito internacional.
legítima defensa
principales órganos NU
caso práctico sobre condiciones protección diplomática.
El derecho es un querer entrelazante, autártico e inviolable.
Stammler

Desconectado Winnie

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Re: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 2012-2013
« Respuesta #94 en: 04 de Junio de 2013, 15:53:33 pm »
yo bien, pero calculé mal el tiempo, creí que me quedaba media hora más y tuve que entregar examen sin haberlo terminado, para más inri, llegué tarde al examen, con lo que tuve poco tiempo para escribir y llevándolo bien, al final me ha quedado regulín, para aprobar justito pero nada más, una decepción, tras habérmelo preparado muy bien y haberme esforzado mucho. La pregunta larga me quedó a medias y el caso práctico también. Una lata.

Desconectado Winnie

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Re: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 2012-2013
« Respuesta #95 en: 04 de Junio de 2013, 16:00:47 pm »
en la última pregunta del caso práctico ¿qué habéis contestado?

Desconectado gateway

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Re: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 2012-2013
« Respuesta #96 en: 04 de Junio de 2013, 17:11:48 pm »
que al tener doble nacionalidad no corresponde en caso de que Irán se la reconociera.
El derecho es un querer entrelazante, autártico e inviolable.
Stammler

Desconectado tradixion

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Re: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 2012-2013
« Respuesta #97 en: 04 de Junio de 2013, 17:22:59 pm »
Yo no he sabido decir que si ni que no... Al tener doble nacionalidad, teóricamente EEUU no tendría competencia, porque el 2º estado de nacionalidad es justamente el que procesa a la persona. Ahora bien, el asunto ya es político, porque la acusan de espionaje... En la vida real dudo yo que no pasase nada y USA dijese "ahi te mueras", ergo alguna salida tiene que haber... He argumentado que, por un lado, ya era asunto político por lo del espionaje y, por otro, parecía tener más vínculos con los Estados Unidos (teniendo en cuenta que trabaja para Fox News y esas cosas) y que en una de esas, la nacionalidad iraní es adquirida posteriormente (por matrimonio o lo que sea), así que se podría argumentar que la nacionalidad "preponderante" era la americana. Pillado por los pelos a lo mejor, pero lo vi por ese lado.
No tiene absolutamente nada que ver la sinceridad con la mala educación. Son opuestas, de hecho.

Desconectado widowson

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Re: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 2012-2013
« Respuesta #98 en: 04 de Junio de 2013, 19:21:35 pm »
Yo en el tema de la nacionalidad no veo problema, el problema lo veo en otro sitio.
Contesto a las preguntas:
1.- ¿podría solicitar a los eeuu que ejerciera la protección diplomática ESTANDO ESTE PAÍS OBLIGADO A EJERCERLA? ¿se darían los requisitos?
Podría solicitarla, pero el derecho a la protección diplomática es un derecho de los estados, no de los individuos y por tanto es potestativo el ejercerla o no, si bien, la doctrina cada vez se decanta más por decir que hay un cierto deber de ejercerla con los nacionales. Por otra parte habría que estar a lo que diga la legislación interna norteamericana, pues la legislación interna puede incluir una obligación de ejercer la protección diplomática
Sobre si se darían los requisitos... La nacionalidad, los EE.UU podrían alegar la nacionalidad efectiva y más teniendo en cuenta lo reticentes que son los EE.UU para conceder la nacionalidad propia (pero eso no viene en el libro y no creo que se pueda utilizar) El problema lo veo en que para ejercitar la protección diplomática, primero tienen que haberse agotado todos los recursos legales internos del país, caso que no se da,  o tener la certeza de que no se van a poder utilizar por el tiempo transcurrido. Aquí hablamos de que ha sido detenida en Febrero y estamos en junio, lo que no parece un tiempo excesivo para que haya una condena judicial.  Pero no lo tengo claro.

2.- En este caso, en que se da la doble nacionalidad, ¿quien puede ejercer la protección diplomática?
Puede ejercerla los EE.UU alegando la nacionalidad efectiva de la periodista. (redunda en la pregunta 1)
3.- ¿cuales serían los mecanismos internacionales de protección de los derechos humanos que se podrían poner en marcha en el caso de la sra Saberi? En principio, hay derechos humanos que parece que no se han respetado, como por ejempo, el texto deja entrever que ha sido sometida a una larga incomunicación, o el derecho a la tutela judicial efectiva, que parece entreverse por el hecho del cambio de imputación o por el hecho de que no se tenga acceso al proceso. De todos modos eso de "no se tiene acceso al proceso" en un tanto ambiguo, no sabemos si quien no tiene acceso son los EE.UU o la propia periodista, que serían cosas muy distintas.
De todos modos, tampoco sé si podría poner una demanda ante el TIJ, aunque yo en el examen puse que sí, ya que las características necesarias son: que no sea anónima, no haber sido presentada en iguales términos ante otro tribunal, que no esté manifiestamente mal fundada, que no sea contraria a la carta de derechos humanos o sus protocolos y....... haber agotado los recursos de la legislación interna, cosa que tampoco sucede. A lo mejor ahí he metido la pata.

Un saludo.
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Desconectado dpetit1

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Re: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 2012-2013
« Respuesta #99 en: 04 de Junio de 2013, 19:29:17 pm »
yo he puesto esto:
- la ciudadana puede solicitar la protección a EEUU, aunque éste no está obligado a ejercerla ya que es una potestad discrecional de los Estados. Cumple todos los requisitos: es ciudadana americana, tiene las "manos limpias" y aunque no haya agotado los recursos internos este requisito no es exigible ya que los recursos internos no garantizan una reparacion adecuada...
- Irán no puede ejercer la protección diplomática porque se daría la paradoja de que un Estado defienda a una soberana suya de sus propias agresiones...
- en cuanto a los medios de protección de los derechos humanos que se podrían poner en marcha...podrían ser diplomáticos, sometimiento a un órgano judicial mediante convenio mutuo o finalmente recurriendo al TIJ

espero que esté bien!!!!