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Autor Tema: ¿Se puede recurrir en la audiencia provincial sentencia de juicio verbal?  (Leído 1489 veces)

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Buenas
Por rentas y facturas impagadas menores de 2.000 € pregunté en los juzgados y me dieron la opción de ir a un juicio verbal sin abogado ni procurador. Cuando me persono en el juzgado el día del juicio, mi inquilino aparece con abogado.La jueza se muestra molesta, y afirma que deberíamos de habernos puesto de acuerdo inquilino y casero para ir o los dos con abogado o ninguno. Yo con cara de panoli ¿considera que si yo pudiese " llegar a un acuerdo2 estaría en los juzgados?. A partir de ahí solo permite hablar al abogado de la parte contraria, ante mi asombro. El juicio jue en Julio, me acaba de llegar la sentencia hace dos semanas por correo. Le solicitaba por ejemplo una renta impagada del mes de Febrero. El inquilino dice que lo pagó y presenta la mensualidad de marzo. En la sentencia recoge que  el mes de Febrero me lo pagó en Marzo, y que no hubo replica de mi parte. Y se queda tan ancha. Entendí que no me dejase hablar porque las facturas hablan por sí solas, pero que admita una factura del mes sigueinte, sin ser el doble o por duplicado como correspondería si quisiese ponerse al día en el pago como válido...
Resenteé una reclamación en el propio juzgado. No se me ocurrió mejor cosa que presentar la cartilla del banco. COnsideré que es el inquilino quien tiene que demostrar que pagó, no yo quien tengo que demostrar que no lo hizo. Parece ser que la reclamación por lo civil es simplemente " aclaración" , que dudo que revise nada. ASí que me he quedado con cara de tonto flipándomelo por cómo funciona la justicia en algo tan obvio y tan poco subjectivo como puede ser el no pago de rentas. Todo este rollo para explicar que me siento puteado, y que me dijeron uqe por lo civil no se podía presentar recurso, pero hoy he leído por internet que tengo 20 días para preseentar un recurso en la audiencia provincial. No estoy seguro de que sea cierto en el caso de jucio verbales con una reclamación por deudas de pequeña cantidad. En caso de ser así ¿esta vez contrato abogado ?gracias