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Autor Tema: separacion amistosa  (Leído 9055 veces)

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Desconectado mar1973

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separacion amistosa
« en: 10 de Octubre de 2012, 14:02:59 pm »
Buenos días.
Quería informarme sobre el tema, mi marido y yo nos queremos separar de mutuo acuerdo, tenemos 2 niños en común uno de 5 años y otro de 20 meses de edad, quiero que sea lo menos traumática posible para los niños, pagaríamos hipoteca y gastos de colegio de los niños a medias, no hemos llegado acuerdo sobre la pensión de los niños, el cobra 2,5 veces más que yo y no sé que es lo correcto por cada niño.
Gracias


Desconectado mar1973

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Re:separacion amistosa
« Respuesta #1 en: 10 de Octubre de 2012, 16:01:36 pm »
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Buenos días.
Quería informarme sobre el tema, mi marido y yo nos queremos separar de mutuo acuerdo, tenemos 2 niños en común uno de 5 años y otro de 20 meses de edad, quiero que sea lo menos traumática posible para los niños, pagaríamos hipoteca y gastos de colegio de los niños a medias, no hemos llegado acuerdo sobre la pensión de los niños, el cobra 2,5 veces más que yo y no sé que es lo correcto por cada niño, yo cobro unos 1100euros mensuales y él exactamente no lo sé núnca me preocupe pero cobra 45000euros anuales, había pensado en 200 euros por hijo, no sé si es poco o mucho, hago números y no me salen las cuentas hipoteca 800, guardería 400 y colegio 200.

Gracias

Desconectado Pravias

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Re:separacion amistosa
« Respuesta #2 en: 10 de Octubre de 2012, 17:38:28 pm »
Debes de ponerte en manos de un abogado, porque tu tendrías que correr con 700€ de gastos fijos y cobrando 1100, echa números
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Desconectado mar1973

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Re:separacion amistosa
« Respuesta #3 en: 10 de Octubre de 2012, 18:52:57 pm »
Buenas.
No quiero llegar a ese extremo porque sé que no terminaremos núnca, el quiere la separación y la custodia compartida, con lo que yo no quiero, él tiene que pagar otro alquiler y dice que no llega, que si me pasa la pension de los críos tendrá de irse a casa de sus padres, tampoco quiero ser tonta y no pedirle nada.
gracias

Desconectado palangana

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Re:separacion amistosa
« Respuesta #4 en: 10 de Octubre de 2012, 19:35:35 pm »
Hola,

queréis una separación o divorcio de mutuo acuerdo y lo menos traumática posible, pero con los condicionantes que indicas acerca de desacuerdo en la cantidad de la pensión alimenticia, así como el desacuerdo acerca del régimen de custodia, ahora mismo todo hace indicar que estamos más cerca de un DIVORCIO CONTENCIOSO que de un DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO. Pensad que el divorcio contencioso es un FRACASO en el sentido de que es más complejo, traumático para las partes y más costoso económicamente. Además, el Ministrerio Fiscal pedirá en el juicio en representación del menor sin tener muy en cuenta vuestras peticiones y el Juez resolverá en Sentencia según pida el Fiscal, no se complicará la vida, es decir, que de un DIVORCIO CONTENCIOSO (sin acuerdo entre las partes) la resolución judicial puede ser muy alejada de vuestras pretensiones.

Sin embargo, una opción puede ser acudir a una MEDIACIÓN previa dirigida por un profesional mediador, que os escuchará e intentará reconducir la situación a un divorcio de muto acuerdo y que llegéis a un acuerdo en los aspectos que ahora no lográis alcanzar por vosotros mismos.

Se podría alcanzar un acuerdo en lo que ahora mismo parece imposible CEDIENDO CADA UNO un poquito, pensad que un divorcio o separación (sea de mutuo acuerdo o sea contencioso) siempre es RESTAR, cada uno necesariamente tendrá ceder en cieRtas cuestiones. Un régimen de custodia compartida es complicado, tienen que estar de acuerdo los dos cónyuges, tiene que ser lo mejor para el menor (en vuestro caso muy menor al tener sólo cinco años), no puede afectarle emocionalmente, ni su rutina diaria de vida, colegio etc ...debe tener para ello el visto bueno del Ministerio Fiscal y la aprobación judicial en Sentencia.

Para solictar un divorcio es obligatorio DEMANDA ante el Juzgado de primera Instancia Civil o Especializado de Familia (de haberlo en vuestro partido judicial) asistida por los profesionales de Abogado para la defensa y Procurador para la representación procesal. Si no podíes pagar uno debéis pedir información en Colegio de Abogados que os informarán sobre ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA.

Si el divorcio finalmente se reconduce a mutuo acuerdo será obligatorio presentar CONVENIO REGULADOR firmado por las partes y os dirán día en el Juzgado con el Fiscal y el Juez para su aprobación. Pensad por ejemplo que no debéis mirar por vosotros exclusivamente, sino PRINCIPALMENTE EN LO MEJOR PARA VUESTRO HIJO. Si no es conveniente o muy complicado la custodia compartida, pues por ejemplo podéis pactar un RÉGIMEN DE VISITAS Y VACACIONES AMPLIO. Por eso decía que para estas cuestiones puede ser muy útil acudir a una mediación previa.

Un saludo.

P/s; si no entiendes algo pues me lo haces saber.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

Desconectado jsoriguer1

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Re:separacion amistosa
« Respuesta #5 en: 11 de Octubre de 2012, 00:13:30 am »
Entiendo que quieres separarte, no divorciarte, ¿verdad?

La separación es un parentesis que no rompe el vinculo matrimonial, provoca unicamente "la suspensión de la vida común de casados" puede ser de hecho o judicial, en el primer caso no tienes ni que ir al Juzgado, y se están dando casos en que ni se mudan de piso (por el tema de la crisis), obviamente hay que arreglar con la pareja el tema económico y visitas y tutela de los hijos, y a partes avenidas fuera jueces. Una buena guia para el tema económico es la renta de cada cual y los gastos a partir proporcionalmente a la renta. En cuanto a tutela y régimen de visitas de los hijos entra más el factor sociológico y aqui debe de haber una negociación, digamos, humana.

Si es judicial y de mutuo acuerdo se encuentra contemplada en el nº1 del Art. 81, que según la redacción dada por la Ley 15/2005 autoriza la separación a "petición de ambos cónyugues o de uno con el consentimento del otro, una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio. A la demanda se acompañará una propuesta de convenio regulador redactada conforme al Art 90 del CC.

rtículo 90. Redacción según Ley 42/2003, de 21 de noviembre.

Párrafo redactado según Ley 15/2005, de 8 de julio. El convenio regulador a que se refieren los artículos 81 y 86 de este Código deberá contener, al menos, los siguientes extremos:

    Redacción según Ley 15/2005, de 8 de julio. El cuidado de los hijos sujetos a la patria potestad de ambos, el ejercicio de ésta y, en su caso, el régimen de comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no viva habitualmente con ellos.

    Si se considera necesario, el régimen de visitas y comunicación de los nietos con sus abuelos, teniendo en cuenta, siempre, el interés de aquéllos.

    La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar.

    La contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de actualización y garantías en su caso.

    La liquidación, cuando proceda, del régimen económico del matrimonio.

    La pensión que conforme al artículo 97 correspondiere satisfacer, en su caso, a uno de los cónyuges.

Los acuerdos de los cónyuges, adoptados para regular las consecuencias de la nulidad, separación o divorcio serán aprobados por el juez, salvo si son dañosos para los hijos o gravemente perjudiciales para uno de los cónyuges. Si las partes proponen un régimen de visitas y comunicación de los nietos con los abuelos, el juez podrá aprobarlo previa audiencia de los abuelos en la que éstos presten su consentimiento. La denegación de los acuerdos habrá de hacerse mediante resolución motivada y en este caso los cónyuges deben someter a la consideración del juez nueva propuesta para su aprobación, si procede. Desde la aprobación judicial, podrán hacerse efectivos por la vía de apremio.

Las medidas que el Juez adopte en defecto de acuerdo, o las convenidas por los cónyuges, podrán ser modificadas judicialmente o por nuevo convenio cuando se alteren sustancialmente las circunstancias.

El Juez podrá establecer las garantías reales o personales que requiera el cumplimiento del convenio.

Un tema importante que no ha trascendido es el régimen ecónomico en que estaís sometidos, si es de gananciales, en estos casos, generalmente, se opta por separación de bienes.

Saludos


Desconectado mar1973

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Re:separacion amistosa
« Respuesta #6 en: 11 de Octubre de 2012, 08:53:28 am »
Buenos días.
Estamos casados en separación de bienes, él me ha redactado un documento, en lo que concierne a los niños estamos deacuerdo, él vendría 2 veces por semana a verlos y fines de semanas alternos, en vacaciones se haría dividido en quincenas 2 cada uno en verano, y puentes y demás vacaciones cada año decidiria uno, siendo lo más equitativo posible. Los gastos lo pagaríamos a medias, el tema es que él no me quiere pasar manutención para los niños,dice que me paga todos los gastos de la casa a medias, yo no quiero que me pague mis gastos, quiero que me pase por los niños, he mirado un abogado pero me piden 1500euros y yo no los puedo pagar, por eso el preguntaros.
Gracias por vuestra ayuda

Desconectado jsoriguer1

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Re:separacion amistosa
« Respuesta #7 en: 11 de Octubre de 2012, 11:18:13 am »
Si no lo puedes pagar y precisas un abogado te proporcionaran uno de oficio, siempre y cuando sea para la separación, ya que tienen en cuenta los ingresos de la unidad familiar, por eso tienes que especificar al pedir un abogado de oficio en el Juzgado que es para la separación.

Obviamente, si no os poneis de acuerdo en el tema económico precisas un abogado que lo negocie, y en última instancia el Juez verá si es equitativo, pero dejame insistir en que la declaración de renta es la base de los cálculos y los gastos son los que son, y me consta que la proporcionalidad es lo que impera, además, hay quien cosigue un plus por el cuidado de los hijos.

Saludos y suerte