Pues eso, muchas gracias.
De todas maneras he de decir que discrepo en cuanto a lo de que no lo prohibe: "No se admitirá juramento en los contratos" eso suena la mar de tajante -por no decir taxativo-.
Y en cuanto a que sea una promesa y por eso no se le de valor...que son los contratos condicionados? no son contratos en los que se promete que cumplido cierto presupuesto en un futuro, se cumplirá con lo prometido, pactado, acordado?
No se, me parece a mi que lo del juramento en el contrato tiene que ver mas con las formas que con el fondo. Eso de que, desde pequeños, se nos enseñe a no jurar ¿sabéis a que me refiero?