Buenas noches compis,
En el tema 21, en la notificación por comparecencia, (cito textualmente) "En los supuestos anteriores (es decir, en caso de ausencia en el domicilio del interesado de persona alguna que se haga cargo de la notificación o en caso de que el destinatario de la misma sea desconocido) se citará al obligado o a su representante para ser notificados por comparecencia por medio de anuncios que se publicarán, por una sola vez para cada interesado, por alguno de los siguientes medios (uno u otro)"
¿Quiere decir esto que se notifica una vez al obligado y otra al representante? ¿Una notificación independiente para cada uno?
Gracias!