Hay taaanto temario que es muy complicado hacer quiniela pero lo que ha dicho el compañero me parece básico y además ha caído en años anteriores.
Yo añadiría el matrimonio putativo, que no entiendo su interés a día de hoy pero ha caído los dos últimos años.
Si de paso alguien quiere hacer una breve explicación del matrimonio putativo lo agradecería mucho 
Yo te diría algo así como....
CONCEPTO: es
el matrimonio nulo, cuya nulidad desconocían los dos cónyuges o uno de ellos; es decir el que siendo nulo, ha sido reputado válido en el momento de su celebración por uno de los cónyuges o por ambos,
por ignorar la existencia de una causa de nulidad.
PRESUPUESTOS DEL MATRIMONIO PUTATIVO, que
deben darse cumulativamente:
-
Buena fe de los cónyuges o al menos de uno de ellos que se encuentra favorecida por la
presunción iuris tantum (salvo prueba en contrario). El matrimonio genera en los hijos efectos favorables en todo caso
-
Apariencia matrimonial: se presupone un matrimonio, celebrado conforme a cualquiera de las formas establecidas, al menos
aparentemente. Por tanto debe haber habido
consentimiento matrimonial y deben haberse observado las
reglas mínimas.
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Declaración de nulidad. El matrimonio aparente debe ser declarado nulo, en caso contrario seguiría produciendo efectos como si de un matrimonio válido se tratara.
EFECTOS:
-
Respecto de los hijos: en caso de declaración de nulidad
no modifica su filiación. Los hijos podrán hacer
valer frente a sus progenitores todos los derechos derivados de su filiación: apellidos, obligaciones derivadas de la patria potestad...
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En relación con el cónyuge de buena fe: se mantienen exclusivamente los efectos ya producidos. A partir de la declaración de nulidad, deja de ser cónyuge por lo que de futuro, no podrán instar derecho alguno fundado en relación matirmonial (piere en particular el dereecho a alimentos y los derechos sucesorios)...
...Y hasta aquí puedo leer...jejejeje. Espero que te sirva
