entonces c-c-b-b?
por cierto estan en el mismo orden todas las pec, o cambia el orden de las preguntas?
Un saludo
el orden es el mismo, no cambia; pero sigo dudando, a pesar de haber enviado la PEC de nuevo, con la tercera pregunta; el documento que me envió el compañero recoge los mismos requisitos, se tiene que agotar la vía interna del Estado de que se trate y que se encuentre adherido a la UE, aunque a nivel internacional, puede acudir cualquier ciudadano, se o no, perteneciente a un Estado de la UE.
Por otro lado, los recursos los plantea dentro del país, y éste no se ha pronunciado en el proceso que se sigue, así que mucho me temo que la vía interna no se ha acabado, y es un requisito para plantear la denuncia ante el TEDH, sin el cual la denuncia será inadmitida.
La cuestión es que no encuentro que se exija un certificado al país donde se está produciendo la vulneración de esos derechos, la prohibición de la tortura y la prisión preventiva, lo que me lleva a preguntarme, ¿tiene que saber los Magistrados del TEDH todo el derecho interno de todos los países? creo que no, con lo cual, puede presentar la denuncia, pero desde luego, si no se acompaña prueba de la sentencia que haya puesto fin al proceso, tiene que recabar información de si se ha producido la sentencia firme que haya acabado con el proceso, e incluso si ha habido recursos a otras instancias superiores hasta adquirir la firmeza; esto no se aporta en el supuesto de hecho que se nos plantea, así que habrá que esperar a la nota, si la opción a es incorrecta porque se ajusta menos, y la b es la correcta porque se ajusta más, aunque esté incompleta, aunque no lo encuentre en la manual, ni en ninguna de las páginas de la TEDH en las que he entrado, así que
¡A espera la nota para salir de dudas!
