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Autor Tema: Ejecución de título judicial por una sentencia que nunca fue notificada.  (Leído 8497 veces)

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Desconectado AJLozano

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Saludos a todos, amigos.

Me encuentro ante el siguiente dilema: En el año 2000 interpuse una demanda solicitando una indemnización por un accidente laboral que el banco se negaba a conceder. En aquellos entonces aquello quedó en manos de abogado y procurador. Tras reiterados intentos de informarnos de la situación del proceso, nuestra respuesta por parte del abogado siempre fue la de "se le informará conforme el juicio avance, lo cual no se ha producido aún". Con el tiempo, se dejó de preguntar.

Sin mediar ninguna información más, se nos cita este pasado mes para informarnos del auto de ejecución y para que designemos los bienes que embargar.

Al parecer la ejecución deriva de la sentencia recaída sobre dicho procedimiento del año 2000, sentencia de la cual nunca fuimos notificados (y por tanto es imposible que haya prueba fehaciente de la notificación de la misma). Cuando nos dirigimos al juzgado, sin que en el juzgado de paz al que fue trasladada la citación nos diera como notificados del auto, para informarnos sobre la sentencia, allí se nos dice que está en el archivo y que es imposible encontrarla de manera inmediata. Entre tanto, se nos envía un segundo aviso desde el Juzgado de Paz para que volvamos a acudir a practicar la diligencia de designación de bienes. (De manera no fehaciente, con el papel dejado en la puerta). Se nos reclaman costas judiciales, intereses, y costas sobre la ejecución de las costas, claro.

¿Como debería proceder? ¿Es posible oponerse a la ejecución por alguno de los motivos contemplados en la LEC? ¿Debería presentar algún escrito ante el juzgado declarando la falta de notificación de la sentencia? ¿Puedo presentar algún tipo de recurso ante esta sentencia que ha devenido firme debido a nuestra ignorancia de la misma? ¿O determinar quien es culpable de la falta de notificación (juzgado o procurador) y denunciarlo por los daños ocasionados?

Quedaría inmensamente agradecido ante cualquier ayuda que me puedan brindar y les agradezco de antemano su atención también.

Saludos.

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Desconectado frede

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Re:Ejecución de título judicial por una sentencia que nunca fue notificada.
« Respuesta #1 en: 09 de Abril de 2013, 01:08:12 am »
Hola AJlozano,

Si en el procedimento al que te refieres compareciste con abogado y procurador, la sentencia esta notificada correctamente a través de este último que es el que actua como tu representante procesal.

Yo me pondría en contacto con el abogado o el procurador y me interesaría por el resultado del procedimiento para saber que pasó, en teoría ellos tambien deberían estar notificados de la ejecución.

El Auto que despacha ejecución suele conceder un plazo de 10 dias para oponerte a la misma, así que si quieres oponerte a la ejecución busca pronto un abogado.

Por otra parte si el procedimiento es del 2000, se tendría de examinar bien la sentencia y el auto de ejecución, pues podría darse el caso de que se reclamaran deudas vencidas. Las costas procesales hay un plazo de 5 años para reclamarlas, por lo que si el procedimiento es del 2000, serían inexigibles.

Saludos,

"quotquotNon omne quod licet honestum est"quotquot

Desconectado AJLozano

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Re:Ejecución de título judicial por una sentencia que nunca fue notificada.
« Respuesta #2 en: 09 de Abril de 2013, 02:28:24 am »
Muchísimas gracias, frede.

¿Sería posible exigir responsabilidades al abogado o procurador por no cumplir con su deber de diligencia al tenernos informados de las actuaciones? Nunca supimos nada del resultado de este procedimiento y ahora se nos reclaman intereses y costas de ejecución. Ni siquiera tuvimos la elección de recurrir o de pagar de forma voluntaria.
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Desconectado frede

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Re:Ejecución de título judicial por una sentencia que nunca fue notificada.
« Respuesta #3 en: 09 de Abril de 2013, 17:55:07 pm »
Si es posible pedir responsabilidad al abogado y al procurador por su actucación, pero lo primero de la que te tienes de asegurar es de que la tienen y para eso vas a necesitar ver el expediente judicial, pues podrían haber pasado mil cosas.

Por otra parte me extraña que un abogado actue de esa manera, sin tener informado a su cliente y presentando una demanda y dejándola a las buenas de Dios, sin preocuparse tampoco de cobrar sus honorarios supongo.
¿que pasó? Si tu eras el demandante para que te condenaran en costas la parte contraria se deberia oponer a la demanda, no se porque cantidad era la demanda pero se señalaría vista para el jucio supongo......

En fin pueden haber pasado muchas cosas y para poder aconsejarte necesitariamos más información.

Por otra parte tanto si te quieres oponer a la ejecución como si lo que deseas es pedir indemnización al abogado vas a necesitar otro abogado que te asesore, mire las actuaciones y descubra que pasó.

Otra opción es poner una queja en el colegio de abogados correspondiente por la actuación del abogado, pero para fundarla bien necesitas más informacion.

Saludos,
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Desconectado AJLozano

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Re:Ejecución de título judicial por una sentencia que nunca fue notificada.
« Respuesta #4 en: 09 de Abril de 2013, 22:24:36 pm »
Ante todo, muchas gracias de nuevo, frede. Es un gran alivio recibir ayuda y consejo en este tipo de situaciones. Mis disculpas adelantadas por el tiempo que puede tardar en leerse este texto.

Este asunto dimana de una denuncia presentada por mi padre a Euroseguros BBVA en el año 1999. Yo tenía por aquellos entonces 14 años y era completamente ajeno al asunto. A mi padre le fue otorgada la invalidez permanente total a causa de un accidente laboral en el que perdió media mano derecha y parte de la mobilidad del brazo.

Se reclamó una indemnización a este seguro, por valor de unos 40.000 euros, contemplada en la poliza, y la aseguradora se negó a concederla por no cumplir los requisitos para otorgarla, alegando que en el texto de la poliza la indemnización se contemplaba solo para la "invalidez permanente total y absoluta" (verbatim).

Acudió mi padre a un letrado de Sevilla, de considerable reputación en este tipo de controversias, que le aseguró que la forma en la que estaba redactado hacía muy posible que en litigio un juez le diera la razón. Su razonamiento fue que esa conjunción constituía una confusión que podía entenderse como la cobertura por parte del seguro tanto de la "invalidez permanente total" como de la "permanente absoluta".

Mi padre, asistido por este letrado, decidió demandar por tanto a Euroseguros BBVA, exigiendo la indemnización, redactando el mismo abogado dicha demanda, y finalmente quedó todo pendiente de juicio. Finalmente en algún punto posterior mi padre concedió también la venia a una procuradora de mi localidad para que lo representara en el litigioso ante el juzgado de primera instancia nº 2 de Arcos de la Frontera (Cádiz).

Mi padre recibió la seguridad por parte del letrado, el cual recibió por adelantado 150.000 pesetas de entonces, de que sería informado cuando se produjera la vista.

Transcurrió un año, y mi padre llamó al abogado para informarse de todo, comunicándole este que aún no se había avanzado nada y que sería informado cuando se produjeran noticias. Transcurrió otro año y mi padre volvió a realizar consulta recibiendo la misma respuesta. Finalmente, y al cabo de un par de años, mi pobremente asesorado padre dejó de consultar sobre el tema, maldiciendo, recuerdo, la lentitud de la justicia.

Y haciendo un salto temporal hasta Marzo de este año, nos encontramos con una cédula de citación por correo ordinario en la que se insta a mi padre a presentarse para realizar una diligencia en concepto de demandado. Nuestra sorpresa es total y ni siquiera podemos imaginarnos a qué puede deberse esto. Cuando acudimos al juzgado de paz nos enteramos que se nos quiere notificar un auto de ejecución de títulos judiciales por valor de 8000 euros (6000 euros más 1700 por las costas de la ejecución) en concepto de costas judiciales por sentencia condenatoria recaída sobre juicio 114/2000. El actor de la demanda de ejecución es Euroseguros BBVA.

Tras no firmar, y por tanto no constar como notificados, nos dirigimos al Juzgado de Arcos de la Frontera, donde intentamos que se nos muestre esta sentencia que no nos ha sido notificada jamás, sobre un proceso sobre el que ni siquiera sabíamos que había dado comienzo ni nada sobre su desarrollo, y en el juzgado nos dicen que debido a que esta sentencia pertenece a documentos anteriores a la informatización del archivo del juzgado, no pueden mostrárnosla inmediatamente, y que nos la trasladarán al Juzgado de Paz de mi localidad, para que nosotros posteriormente nos demos por notificados del auto de ejecución tras ojearla.

Pues bien, tres semanas después de esto, nos llega el segundo aviso (también por correo ordinario) del exhorto civil al juzgado de paz para la notificación y práctica de la diligencia, con fecha de mañana, 10 de abril. No sabemos si efectivamente se ha producido el traslado de la sentencia que requerimos, aunque lo averiguaremos mañana cuando nos personemos en el Juzgado de Paz.

Esta es la situación actual, y toda la información de la que yo dispongo, sin reservas. Mañana acudiremos al Juzgado y preguntaremos sobre si se ha producido el traslado de la sentencia. Independientemente de que lo haya hecho o no, diremos al secretario, como hicimos la primera vez, que no se firme nada y se actúe como si no hubiéramos estado, pues no queremos que empiecen a correr plazos y vamos a esperar a que nos notifiquen como Dios manda y deberían haber hecho ya.

Nuestra sensación de indefensión y de confusión es enorme y lo abultado de la cantidad nos tiene bastante preocupados.

Agradezco muchísimo la atención de todo el mundo que se haya parado a leer este tocho y por supuesto aún más cualquier ayuda que pueda prestárseme.

Un saludo.



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Desconectado AJLozano

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Re:Ejecución de título judicial por una sentencia que nunca fue notificada.
« Respuesta #5 en: 09 de Abril de 2013, 22:43:17 pm »
Me gustaría añadir que mi padre conserva copia de todos los documentos de los que dispuso relacionados con el asunto. Incluídos poderes, recibos de pagos, copia de demanda, etc. Los he revisado personalmente constatando la falta total de documentos a partir de 2000.
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Desconectado AJLozano

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Re:Ejecución de título judicial por una sentencia que nunca fue notificada.
« Respuesta #6 en: 10 de Abril de 2013, 10:34:40 am »
Hace unos minutos me he personado en el Juzgado de Paz de mi localidad en respuesta a la cédula de citación, y he preguntado al secretario si se había dado traslado a copia de la sentencia tal y como se nos dijo. Me ha dicho que no se ha producido y le he explicado la situación, con lo cual al menos he conseguido que se ponga una nota para no seguir mandando avisos por el momento.
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Desconectado velypereira

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Re:Ejecución de título judicial por una sentencia que nunca fue notificada.
« Respuesta #7 en: 10 de Abril de 2013, 16:51:48 pm »


Tras no firmar, y por tanto no constar como notificados, nos dirigimos al Juzgado de Arcos de la Frontera, donde intentamos que se nos muestre esta sentencia que no nos ha sido notificada





[/quote]

Sólo decirte que el hecho de que no hayais firmado no impide que la sentencia esté notificada ya que tanto si te la notifica el Secretario Judicial que da fe como si lo hace el Agente que certifica, la misma tendrá validez. Te lo advierto porque veo que dices que como no has firmado no estáis notificados, otra cosa es que realmente no se produzca la notificación por alguno de los medios previstos en la Ley.
Saludos.


Desconectado Alfmonti

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Re:Ejecución de título judicial por una sentencia que nunca fue notificada.
« Respuesta #8 en: 10 de Abril de 2013, 18:21:12 pm »
Hace tiempo era habitual pensar eso de "No firmo las notificaciones y no pasa nada", "Como no se que pasa, nada pasa", total, esconder la cabeza como el avestruz...Con ello, te dan de palos hasta en el "carné" sin que tengas opción de defenderte porque por regla general, los procesos siguen adelante...así que mucho cuidado con ello y ánimo...

Saludos

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Re:Ejecución de título judicial por una sentencia que nunca fue notificada.
« Respuesta #9 en: 10 de Abril de 2013, 19:13:08 pm »
El domicilio y los datos de localización faciliados con tal fin, surtirán plenos efectos y LAS NOTIFICACIONES EN ELLOS INTENTADAS SIN EFECTO SERÁN VÁLIDAS hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes, mantener actualizados.
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Re:Ejecución de título judicial por una sentencia que nunca fue notificada.
« Respuesta #10 en: 10 de Abril de 2013, 20:57:04 pm »
Me gustaría disculparme ante la inexactitud de mi comentario, pues no soy yo el que no firma, sino el mismo secretario del Juzgado de Paz el que no lo ha hecho, no haciendo constar que hemos estado presentes allí.

También mencionar que la notificación a la que me refiero no es sobre la sentencia sino sobre al auto de ejecución y la práctica de la diligencia de designación de bienes para la ejecución.

 La sentencia lógicamente ha surtido efecto, se produjera cuando se produjese, en vista de que se ha despachado ejecución por razón de la misma. Aunque reitero que la misma nunca llegó a nuestras manos. Es el auto y la citación para práctica de diligencia lo que aún no consta como notificado, y no porque no hayamos firmado nosotros, sino porque el mismo secretario del Juzgado no lo ha hecho, tras oir nuestras circunstancias. Para que no comience el plazo de oposición, que es lo que nos interesa, ya que no podemos conocer la sentencia y por tanto, nos es imposible alegar motivos de fondo o defectos procesales para oponernos en tiempo y forma.
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Re:Ejecución de título judicial por una sentencia que nunca fue notificada.
« Respuesta #11 en: 10 de Abril de 2013, 20:59:24 pm »
Eruiz, no se ha practicado ningún intento de notificación fehaciente en el domicilio. Cédulas dejadas por debajo de la puerta, nada de certificado, ni ningún tipo de envío con acuse de recibo, nada por el estilo.
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Re:Ejecución de título judicial por una sentencia que nunca fue notificada.
« Respuesta #12 en: 10 de Abril de 2013, 21:21:52 pm »
Una vez intentada la comunicación, se declara en rebeldía y las siguientes notificaciones se hacen en estrados con lo que el proceso continua sin el rebelde...

Con respecto a la sentencia del proceso original que desconocéis, preguntad al Procurador que llevó el caso que seguro la tiene y es a quién se notifica en los procesos civiles ordinarios. Precisamente,  el poder para pleitos que se concede al Procurador es precisamente y entre otras cosas, para eso...

Por cierto, el proceso declarativo y el de ejecución son asuntos separados e independientes.

Saludos


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Re:Ejecución de título judicial por una sentencia que nunca fue notificada.
« Respuesta #13 en: 10 de Abril de 2013, 21:33:03 pm »
Hemos averiguado ya los datos del procurador, que al parecer se encuentra ya retirado, e intentaremos informarnos efectivamente por medio de él.

Y sí, efectivamente esta citación y notificación se refiere a la ejecución y no al procedimiento original, por eso mencionaba yo que conocía que la sentencia ya había surtido efecto a raíz de que leí en su mensaje la frase "el hecho de que no hayais firmado no impide que la sentencia esté notificada", teniendo en cuenta que esta citación nada tenía que ver ya con los efectos del procedimiento anterior, que es independiente, Alfmonti.

Respecto al tema de las comunicaciones, entiendo que no es posible declarar en rebeldía a alguien que debía ser notificado si la notificación no se ha intentado en una de las formas recogidas por la LEC, (mediante procurador en su caso, mediante correo o envío que permita dejar constancia de la recepción, o mediante entrega en mano de la copia por el funcionario judicial). ¿No es cierto? ¿Se puede considerar la cédula de citación dejada por debajo de una puerta por el cartero como alguna de estas formas? Porque en caso negativo no se puede declarar en rebeldía a quien debe ser notificado, ¿me equivoco?

Vuelvo a agradeceros de corazón a todos, de verdad, muchas gracias.
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Re:Ejecución de título judicial por una sentencia que nunca fue notificada.
« Respuesta #14 en: 10 de Abril de 2013, 21:43:26 pm »
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Hemos averiguado ya los datos del procurador, que al parecer se encuentra ya retirado, e intentaremos informarnos efectivamente por medio de él.

Y sí, efectivamente esta citación y notificación se refiere a la ejecución y no al procedimiento original, por eso mencionaba yo que conocía que la sentencia ya había surtido efecto a raíz de que leí en su mensaje la frase "el hecho de que no hayais firmado no impide que la sentencia esté notificada", teniendo en cuenta que esta citación nada tenía que ver ya con los efectos del procedimiento anterior, que es independiente, Alfmonti.

Respecto al tema de las comunicaciones, entiendo que no es posible declarar en rebeldía a alguien que debía ser notificado si la notificación no se ha intentado en una de las formas recogidas por la LEC, (mediante procurador en su caso, mediante correo o envío que permita dejar constancia de la recepción, o mediante entrega en mano de la copia por el funcionario judicial). ¿No es cierto? ¿Se puede considerar la cédula de citación dejada por debajo de una puerta por el cartero como alguna de estas formas? Porque en caso negativo no se puede declarar en rebeldía a quien debe ser notificado, ¿me equivoco?

Vuelvo a agradeceros de corazón a todos, de verdad, muchas gracias.

Sí, te equivocas... y ese es el peligro de no recibir las comunicaciones o de pasar de ellas. Lo que hace el Agente judicial es dejar constancia en Autos que se intentó (en legal forma) la comunicación y que no se consiguió. Algunos Secretarios Judiciales son reacios a seguir con los procesos cuando se refieren a deshaucios pero en no siendo así, se publican edictos (que ya se preocupará la parte demandante de pedir el impulso procesal al Secretario y al Juez) y a partir de ahí todas las comunicaciones se hacen en estrados...Es lo que hay...

Pero además, si fuera como crees que es el sistema de notificaciones, las partes afectadas podrían de mala fe, paralizar cualquier proceso simplemente con no hacer caso de las comunicaciones del juzgado.

Saludos

Desconectado frede

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Re:Ejecución de título judicial por una sentencia que nunca fue notificada.
« Respuesta #15 en: 10 de Abril de 2013, 21:50:02 pm »
En mi opinion, y teniendo en cuenta que son todo suposiciones, pues por lo que explicas hasta que no tengas el auto no sabrás bien bien lo que te estan reclamando, creo que lo mejor que podrías hacer es ir a buscar la notificación e imediatamente ir a ver a un abogado para que se oponga a la ejecución, o ir a que te designen uno de oficio con interrupción del plazo de oposición. Intentar retardar la notificación no es una buena solución, pues podría pasarte que el Juez entienda que el procurador que te representaba en el procedimiento principal aun te representa, le notifique a el y se te pase el plazo para oponerte, o cualquier otra cosa, notificación edictal, etc.....
Tambien podría pasarte que embarguen los bienes de tu padre pues el hecho de que te opongas o no a la ejecución no paraliza la misma.
Yo entiendo que lo que te están reclamando són las costas del procedimiento de la parte contraria y si como dices el procedimiento es del 2000, hay que tener en cuenta que para reclamar las costas judiciales hay un plazo de 5 años y que este plazo es de caducidad.

Saludos,
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Re:Ejecución de título judicial por una sentencia que nunca fue notificada.
« Respuesta #16 en: 10 de Abril de 2013, 21:56:29 pm »
Muchísimas gracias a todos por la ayuda.

Supongo que mañana mismo intentaré ponerme en contacto con el procurador y me dirigiré al juzgado de primera instancia de Arcos para preguntar de nuevo si tienen ya buscada la sentencia de marras. Sea así o no, buscaremos un letrado para recoger el auto y oponernos inmediatamente.
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Re:Ejecución de título judicial por una sentencia que nunca fue notificada.
« Respuesta #17 en: 10 de Abril de 2013, 22:48:39 pm »
Pequeño resumen del juicio ejecutivo que interesa en éste momento procesal:

1º Hace falta abogado y Procurador (539 LEC)
2º La demanda ejecutiva no se traslada al ejecutado.
3º El Auto despachando ejecución Sí se da traslado al ejecutado para oposición en 10 días (551 LEC).
4º Los motivos para oposición en el artículo 556 LEC

...Vista si es menester...y resolución por Auto...

Según el tipo de ejecución seguirá tramites específicos...En éste caso, de "ejecución dineraria", arts. 571 y ss de la LEC 2000

Saludos


Desconectado AJLozano

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Re:Ejecución de título judicial por una sentencia que nunca fue notificada.
« Respuesta #18 en: 10 de Abril de 2013, 23:05:41 pm »
Muchas gracias de nuevo, Alfmonti.

Voy a intentar acceder a la sentencia del proceso anterior mañana mismo, intentándolo en el juzgado por segunda vez y per medio del procurador, y posteriormente recoger el Auto.

Dado que ya he estado una vez en el juzgado pidiendo el escrito de la sentencia con bastante poca fortuna, si en el plazo que tengo para oponerme no hubiera tenido acceso a la misma y por tanto no pudiera constatar los posibles motivos para la oposición (ya que no sé ni cuando fue dictada), ¿podría alegar esto y de qué modo?

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Re:Ejecución de título judicial por una sentencia que nunca fue notificada.
« Respuesta #19 en: 10 de Abril de 2013, 23:40:27 pm »
Mira Ajlozano, me identifico con Frede, está bastante acertado. Te añado, que estés tranquilo, que aún cuando embarguen los bienes de tu padre, simplemente están embargados, no pasa absolutamente nada más, si es su casa, vivirá en una casa embargada, y que se puede levantar ese embargo en cualquier momento y si no puede levantarlo vivirá con él.
   Y así, sin prisas solucionarás el problema lo cual es mi deseo. Así sigue los consejos de Frede pero con total tranquilidad.
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