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Autor Tema: POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE  (Leído 28443 veces)

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Desconectado dangoro

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #120 en: 02 de Agosto de 2013, 12:51:21 pm »
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Una pregunta para el próximo año, en Financiero II las preguntas son del mismo estilo, claras, concisas??

Si, el equipo docente pocos días después de hacer el examen cuelga las soluciones. Y son bastante concretos. En algunas preguntas más que en otras, pero no quieren mucho rollo.


Desconectado maricarmen25

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #121 en: 04 de Agosto de 2013, 13:38:03 pm »
Las preguntas respuesta de mnieves son concisas o aún quieren más concisas?
Por que las preguntas del ED de otros años no están?
Esta asignatura me da un miedo que no puedo con ella (bueno salvo la II :'()

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #122 en: 04 de Agosto de 2013, 23:14:06 pm »
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Las preguntas respuesta de mnieves son concisas o aún quieren más concisas?
Por que las preguntas del ED de otros años no están?
Esta asignatura me da un miedo que no puedo con ella (bueno salvo la II :'()

Nii yo misma lo sé, en este parcial hay cuestiones que se pueden responder de forma muy concisa, y otras que queramos o no, tenemos que extendernos más, aunque no es eso por lo que están preguntan en los últimos cursos; he recogidos otras muchas que no se han preguntado, por si acaso, no obstante, ¡ojalá pueda superar ese primer parcial! de este parcial sí que me he examinado las tres veces, ¡y aún sigo con el intento!  :'(

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #123 en: 18 de Agosto de 2013, 04:05:26 am »
jejejje, ¡Ya no hay dudas! he tenido que acceder a través del post de la moderadora.

Muchas gracias luka, lo gracioso es que no tuve dudas en la prescripción, jejje, y no sé el por qué esta noche me han entrado esa con lo de de la liquidación provisional.

Es así, efectivamente, si lo que tras las actuaciones es una liquidación provisional, no ha sido comprobado todos los elementos de la obligación tributaria; lo tengo en la cabeza del segundo parcial, y bueno, supongo que ha sido los dos últimos días.

El art. 101 LGT sólo se refiere a las autoliquidaciones provisionales cuando así lo recoja. Respecto a las definitivas da su concepto: es aquella que resulta de un procedimiento previa comprobación de todos los elementos de la obligación tributaria. (más o menos, ahora mismo, no lo puedo escribir de carrerilla).

¿Por qué se produce la prescripción una vez transcurridos 4 años desde la notificación de la liquidación provisional si la Administración no realiza actuación alguna más al respecto, en esa concreta obligación tributaria nacida de una declaración o autoliquidación?

Me voy con el ejemplo más sencillo; supongamos que presento mi declaración de la renta, y que tengo la mala suerte de que la pillan entre el porcentaje que comprueban; entre mis ingresos se me olvida de incluir esos 121 euros que el ejercicio pasado cobré al estar por la Administración en un procedimiento electoral, con lo cual se me notifica una liquidación provisional por haber incluido esa cantidad. Pongamos que la notificación me la realizan el 30 de octubre de este mismo año (voy a ir por delante, jejje).

Después de eso, no realizan actuación alguna más y, llegado el 20 de diciembre de 2017 me llega otra liquidación provisional en la que se me indica que aparte de lo comprobado, tampoco he metido el incremento patrimonial producido por la venta de una parcelilla, jejje, ahí es dónde yo, si la Administración no ha aplicado la prescripción de oficio, la pido, se han pasado de fecha y de comprobación,  :D

el problema es que realicen otra actuación de comprobación y me la notifiquen el 30 de octubre de 2017, con lo cual, a pesar de ser el último día, ¡a pagar! y a rezar porque no tengan que comprobar nada más, porque con esto de que se interrumpe y vuelve a disponer de otros cuatro años, se pueden llevan mandando liquidaciones provisionales hasta que me saquen hasta el último céntimo de capital, aunque no lo tenga ;D

Aunque sea un ejemplo algo exagerado, me vale para entender el por qué y el por cuándo, jejje

Con el límite de que si notifican una liquidación definitiva (ya sí que se acaba la interrupción del plazo a favor del obligado tributario y en contra de la Administración para ejercer su derecho de acción), ya sí que han estudiado y revisado todo lo habido por estudiar y revisar.

¡por qué será tan bruta, si lo tenía controlado!  :-[


Desconectado Ra_chel

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #124 en: 18 de Agosto de 2013, 09:53:28 am »
Yo tengo otra duda, en esta pregunta Una disposición modifica la Ley reguladora del IRPF en el mes de septiembre de 2011. Si no se indica nada al respecto en esa disposición, ¿será aplicable la modificación al IRPF que se devenga el 31 de diciembre de ese año 2011? Justifique su respuesta. (S11) pone que esa modificación trendrá lugar en el ejercicio del irpf de 2011. Esto no me cuadra con la pregunta de este curso El período impositivo del IRPF es el año natural y su devengo tiene lugar el 31 de diciembre de cada año. Suponga que una Ley que entra en vigor en octubre de 2012 modifica la normativa del IRPF. Suponga, además, que la Ley no contiene previsión alguna sobre su ámbito de aplicación temporal. ¿Sería aplicable esa modificación al IRPF del período 2012? Justifique su respuesta., en la respuesta del ED sería en el 2013, si alguien me puede explicar la diferencia?  ??? ???
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Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #125 en: 18 de Agosto de 2013, 12:10:04 pm »
Yo creo que no entraría en vigor en el 2011 y sí se aplicaría en el 2012, de dónde has pillado la respuesta? de hecho yo hice ese examen con esa pregunta.

El articulo 10 LGT regula el ámbito temporal de las normas. En su apartado segundo dispone “Salvo que se disponga lo contrario, las normas tributarias no tendrán efecto retroactivo y se aplicarán a los tributos sin periodo impositivo devengados a partir de su entrada en vigor y a los demás tributos cuyo periodo impositivo se inicie desde ese momento”. Por tanto, salvo que la ley de modificación disponga lo contario, no se aplicaría a ese ejercicio sino al siguiente.

Creo que en los tributos periódicos se aplica la norma vigente al iniciarse el periodo impositivo aunque sea el devengo al final del mismo, por lo que si aparece una modificación no se aplica a ese periodo sino al siguiente, no se pueden aplicar normas aprobadas durante el tiempo que dura el periodo impositivo ni aunque sea al final del mismo.


Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #126 en: 18 de Agosto de 2013, 13:15:25 pm »
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Yo tengo otra duda, en esta pregunta Una disposición modifica la Ley reguladora del IRPF en el mes de septiembre de 2011. Si no se indica nada al respecto en esa disposición, ¿será aplicable la modificación al IRPF que se devenga el 31 de diciembre de ese año 2011? Justifique su respuesta. (S11) pone que esa modificación trendrá lugar en el ejercicio del irpf de 2011. Esto no me cuadra con la pregunta de este curso El período impositivo del IRPF es el año natural y su devengo tiene lugar el 31 de diciembre de cada año. Suponga que una Ley que entra en vigor en octubre de 2012 modifica la normativa del IRPF. Suponga, además, que la Ley no contiene previsión alguna sobre su ámbito de aplicación temporal. ¿Sería aplicable esa modificación al IRPF del período 2012? Justifique su respuesta., en la respuesta del ED sería en el 2013, si alguien me puede explicar la diferencia?  ??? ???

No sé si has pillado esa respuesta de mi documento, la ubiqué en la lección 16, respecto al devengo, si bien si entiendes lo anterior, que es idem de lo que respondió el profesor en la de febrero de 2013, comprenderás que el argumento están bien, salvo una errata justo al fina, el 1 hay que cambiarlo por el 2.

La respuesta según la contestación dada por el ED en el examen de febrero sería (con la pequeñísima modificación del error en el número):

De acuerdo con el artículo 10.2 de la General Tributaria, salvo que se disponga lo contrario, las normas tributarias no tendrán efecto retroactivo y se aplicarán a los tributos periódicos cuyo periodo impositivo se inicie desde la entrada en vigor de esa norma. (Hasta aquí idem)

Ahora lo que sigue ya es con mis palabras respecto de S11, si bien, con el mismo contenido que la del ED al supuesto F13; "Es decir, el art. 10.2 indica que salvo previsión expresa en contrario, será aplicable al tributo surgido en un periodo impositivo la norma vigente al iniciarse el mismo, aunque no sea hasta su finalización cuando la ley sitúa el devengo, es decir, entiende realizado el hecho imponible y nacida la obligación principal (es quizás esto lo que crea confusión,  ???).

En el caso planteado la entrada en vigor se produce en septiembre d 2011. El primer periodo impositivo del IRPF iniciado con posterioridad a esta entrada en vigor es el correspondiente al año natural 2011. En consecuencia la modificación será aplicable al IRPF del periodo 2012".

la respuesta del ED al supuesto de F13:

De acuerdo con el artículo 10.2 de la Ley General Tributaria, salvo que se disponga lo contrario, las normas tributarias no tendrán efecto retroactivo y se aplicarán a los tributos periódicos cuyo periodo impositivo se inicie desde la entrada en vigor de esas normas. En el caso planteado la entrada en vigor se produce en octubre de 2012. El prime periodo impositivo del IRPF iniciado con posterioridad a esta entrada en vigor es el correspondientes al año natural 2013. En consecuencia, esa modificación no será aplicable al IRPF del periodo 2012

Quizás esta forma sea más comprensible, y hasta más fácil de memorizas, si bien, dado que la ubique en el devengo, puesssssssssss, alargue algo más la cosa.  :)

Desconectado Ra_chel

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #127 en: 18 de Agosto de 2013, 15:14:07 pm »
Entonces en el primer caso sería el en 2012??
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Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #128 en: 18 de Agosto de 2013, 15:15:26 pm »
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Entonces en el primer caso sería el en 2012??

sí, si no te ha quedado claro pregunta.

Desconectado Ra_chel

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #129 en: 18 de Agosto de 2013, 15:17:19 pm »
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sí, no te ha quedado claro?

Sí pero para asegurarme  ;D ;D

Es que cuando ví la primera pregunta de S11 no me cuadraba viendo el examen de este año  :D

Gracias a ambos por la explicación  ;)
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Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #130 en: 18 de Agosto de 2013, 15:20:02 pm »
Vale, no me extrañaría que en septiembre hicieran otra pregunta de este estilo, mucha suerte y ánimo.

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #131 en: 29 de Agosto de 2013, 10:32:40 am »
alguien podria poner una recopilacion de los articulos de la LGT que entran en este 1er parcial??
 :'(

Desconectado KaMyCHiKo

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #132 en: 02 de Septiembre de 2013, 03:10:29 am »
Hola Compañeros,

Para aquellos que os veís apurados horas antes aquí va en teoría, una ayuda que he hecho tras observar con detenimiento el funcionamiento del equipo docente en los examenes:

PREGUNTAS FUNDAMENTALES PARA APROBAR:

No sé si os habréis fijado, pero en todos los exámenes de estos 2 últimos años el factor común suelen ser estas 3 preguntas, que puede faltar una, pero seguro, segurísimo siempre están las otras 2, y en algunos casos incluso están las 3 juntitas en el mismo examen:

1.Prescripción
2.Contribuciones Especiales
3.Tasas y/o Precios Públicos (Saber bien ambas, no solo la diferencia)


OTRAS PREGUNTAS QUE LES DARÍA UN REPASITO, PORQUE TAMBIEN SUELEN CAER:

Los Responsables del Tributo
La Analogía en el Derecho Financiero
Información y asistencia al contribuyente en el cumplimiento de obligaciones tributarias
La Ley de Presupuesto y/o El Decreto Ley (A veces meten uno u otro)
Clases de Impuestos
La Base Imponible


Y ya si quedará algo de tiempo libre mirar por encima figuras como:

El crédito tributario
El Aplazamiento o Fraccionamiento
El sustituto y los obligados tributarios


Son solo 8 preguntas que se pueden estudiar en 3 o 4 horas antes del exámen, a los que van a abandonar esta asignatura los ánimo a que le den un repasito a estas preguntas y se presenten, pero sobretodo que ademas de repasar las otras preguntas, saberse MUY BIEN las tres preguntas principales.

Un Saludo y Mucha Suerte.

P.D: Como digo mil veces, esto funciona como cuestion de probabilidad, realmente puede no caer ni una sola pregunta de las que he puesto, aunque en muy raras ocasiones ocurre, generalmente suelo acertar al menos un 60% o 70% de las preguntas, habiendo ocasiones que he acertado un 90% e incluso un 100%, pero NADA ES SEGURO.

Desconectado Javuko

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #133 en: 02 de Septiembre de 2013, 10:29:56 am »
KaMyCHiKo muchisimas gracias sirve de mucha ayuda tus quinielas. No tendrias lo mismo pero para el segundo parcial verdad?

Suerte a todos

Desconectado delito22

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #134 en: 02 de Septiembre de 2013, 11:59:43 am »
 :)hola chicos que poco nos queda para hacer el examen de financiero y tributario1 ,espero que todo vaya bien para todos. un saludo :)

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #135 en: 02 de Septiembre de 2013, 18:07:45 pm »
Vamos con las preguntas que han caído, el compañero no ha estado muy acertado, así que lo siento por quiénes hayan estudiado sólo eso, han entrado dos, con diferente enunciado, tanto que puede llegar incluso a confundir.

1.- ¿Puede ser retroactiva una ley tributaria que incremente los tipos de gravamen de un tributo y que, por lo tanto, resulta desfavorable para los contribuyentes?

Aquí me he hecho un pequeño cacao, creo que he mezclado la retroactividad con la analogía, porque en lugar de irme a la retroactividad absoluta o relativa, me he ido a los elementos esenciales, con lo cual, me he liado más que en el primer parcial, en el que al menos, sabía que puede ser retroactiva una ley desfavorable cuando se está incurso en un procedimiento sancionador y éste aún no ha finalizado, a pesar de que la respuesta es que no puede aplicar retroactivamente algo que iría en contra del principio de seguridad jurídica, a unos hechos pretéritos y consolidados, en fin. ¡qué cosas!

2.- ¿El obligado a realizar pagos a cuenta del tributo es siempre una persona o entidad distinta del contribuyente? Justifique su respuesta (esta sí está como tal la formulación en cursos anteriores).

3.- Definición del devengo del tributo. (Esta también, pero cursos atrás).

4.- Al fallecimiento de un empresario su hijo le sucede en la titularidad y ejercicio de la actividad empresarial. ¿Será el hijo responsable solidario por las obligaciones tributarias contraídas por su padre y derivadas del ejercicio de la actividad empresarial? Justifique su respuesta. (ésta también ha caído, aunque no con la misma formulación, puesto que sí está incluida dentro de la responsabilidad solidaria, pero hay que añadir lo respectivo a las sanciones puesto que ha sido una sucesión mortis causa, aunque aún estoy,  :-\

5.- ¿A qué tributos afecta la hipoteca legal tácita y el derecho de prelación especial?

6.- Ramón no presentó la autoliquidación del IRPF 2010 en el plazo de declaración voluntaria (que terminó el día 30 de junio de 2011). El día 1 de ocubre de 2011 presentó espontáneamente (sin requerimiento previo de la Administración) la autoliquidación por ese impuesto y periodo. ¿Cuándo prescribe el derecho de la Administración a practicar liquidación por ese impuesto y periodo si no se producen interrupciones del plazo de prescripción más adelante? Señale el día, mes y año en que tal prescripción tiene lugar.

En ésta no sé si tengo la razón o no, pero yo creo que dado que se pregunta por la prescripción del derecho de la Administración a practicar la liquidación, a pesar de la presentación espontánea, el plazo voluntario terminó el día 30 de junio de 2011, plazo que debe de servir de cómputo para que la Administración pueda realizar la práctica de la liquidación, es decir, no se interrumpe el cómputo de los 4 años de prescripción por la actuación del obligado tributario, la interrupción debe venir de mano de la Administración, con lo cual la fecha que he puesto, y basándome en el art. 66 y 67 LGT, es el 20 de junio de 2015,  :-\

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #136 en: 02 de Septiembre de 2013, 18:09:44 pm »
jejje, lo siento, el día es el 30 de julio.

Os dejo, mucha suerte mañana, yo me voy con Penal I. ¡Otra que tal! :(

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #137 en: 02 de Septiembre de 2013, 18:11:28 pm »
mejor lo dejo, ¡¡¡¡¡junio!!!!!  :-[

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #138 en: 02 de Septiembre de 2013, 18:15:18 pm »
Me parece super complicado, menos mal que no me he presentado
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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #139 en: 02 de Septiembre de 2013, 18:22:59 pm »
si, pienso que para ser septiembre podían haber echado una manita y haberlo puesto más fácil....pero vamos espero que no sean duros corrigiendo

¿Sabéis si por casualidad hacen medias con el segundo parcial, en plan 4 + 6 o 4.5 + 5.5?