pues sera la c, pero sigo pensando que son ganas de ponerlo rebuscado. El que haya estudiado la materia lo mas minimo sabe que en el sistema penal español no hay pena de muerte ni cadena perpetua ni trabajos forzados, no se... en serio es que me siento inutil pasando horas ante penal, no le veo resultado.

Albertutxo, los exámenes de otros años de licenciatura, antes de implantarse el Grado no son rebuscados, los rebuscados son los de ahora. Y sí que puede parecer eso que tu dices, ¡dímelo a mi! me considero una inútil total, pero no es por culpa del petete, ni de los exámenes, creo, esto viene de atrás.
El Derecho penal es una ciencia, pero no es una ciencia exacta, como por ejemplo, las matemáticas, bueno, eso es igual para casi todas las asignaturas, salvo un par de ellas, desde el momento en que algo "puede ser interpretado", la ciencia no es absoluta. Y es ahí dónde radica mi problema, y mis dudas; fueron cerca de dos años y medio escuchando explicaciones de un docente, su perspectiva de una u otra cuestión, su posicionamiento ante determinadas teorías, eso es lo que me lleva a tanta duda, porque si bien, he estudiado el petete, y lo sigo estudiando, lo entiendo y lo comprendo, las neuronas retienen algo de lo anterior, y surgen las dudas, malditas dudas, y después está lo otro, que deviene de los nervios de las dudas, cuando las preguntas pueden ser casi concretas, como hallar el marco abstracto de las penas en el segundo parcial, fallo en una simple operación de división, suma o resta, y da igual que sean los nervios, que sean las dudas, si se falla, se falla, y es nuestra culpa, únicamente nuestra, porque después, se ve las respuestas claras, ya lo he comentado antes, sólo una pregunta de las formuladas no he conseguido encontrar razón, o al menos la exposición, en la frase que sí aparece en el petete; el indulto lo que hace es perdonar la condena a una persona que ha sido considerada culpable, pero ¿exime de responsabilidad?

No te agobies, esa pregunta se ve, por sencillo descarte; no pregunta nada sobre el Cp, no sobre doctrina alguna, únicamente lo que recoge la Constitución, qué prohíbe de forma expresa, con lo cual se va descartando
- No hay ningún artículo en la CE que haga referencia a la cadena perpetua.
- Hay uno que hace referencia a la pena de muerte, con un "salvo" que no se indica en la opción.
- Dado que sí que recoge que las penas privativas de libertad no consistirán en trabajos forzosos,
- La anterior descarta el que todas sean correctas, porque sí que recoge eso de forma expresa, esa "prohibición".
Nuestra CE prohíbe en todo caso y de forma expresa las penas privativas de libertad consistentes en trabajos forzosos.
Ánimo,
