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Autor Tema: POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL  (Leído 81563 veces)

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #240 en: 26 de Agosto de 2013, 19:44:29 pm »
88. La autoridad o funcionario público que realiza el tipo del delito de allanamiento de morada del artículo 204 del Código penal, delito que cuenta en el artículo 202 del Código Penal con una figura paralela realizable por cualquier ciudadano, lleva a cabo:
a) Un delito especial impropio
b) Un delito especial propio.
c) Un delito común de funcionario.
d) Un delito común impropio.

No entiendo si se refiere al funcionario o al ciudadano. En las respuestas de la plantilla pone la a), pero ¿cómo sabes que pregunta respecto del ciudadano?, en el contexto de la pregunta se dispersa y parece que pregunta sobre la autoridad o funcionario. Plón melocotón sardinita y boquerón.


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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #241 en: 26 de Agosto de 2013, 19:51:06 pm »
303. ¿Cuál de las siguientes eximentes puede concurrir como causa de justificación y como causa de exculpación o inculpabilidad? (SEP09 AB)
a) La legítima defensa.
b) El estado de necesidad.
c) El consentimiento de la víctima.
d) Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.

En la plantilla dice la b), pero creo que está mal, que es la d), ya que ninguna de ellas coinciden, sólo las del artículo 21 que afectan a la antijuridicidad y a la culpabilidad.

Si alguien me lo aclara.

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #242 en: 26 de Agosto de 2013, 21:17:27 pm »
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88. La autoridad o funcionario público que realiza el tipo del delito de allanamiento de morada del artículo 204 del Código penal, delito que cuenta en el artículo 202 del Código Penal con una figura paralela realizable por cualquier ciudadano, lleva a cabo:
a) Un delito especial impropio
b) Un delito especial propio.
c) Un delito común de funcionario.
d) Un delito común impropio.

No entiendo si se refiere al funcionario o al ciudadano. En las respuestas de la plantilla pone la a), pero ¿cómo sabes que pregunta respecto del ciudadano?, en el contexto de la pregunta se dispersa y parece que pregunta sobre la autoridad o funcionario. Plón melocotón sardinita y boquerón.

Lee bien esa parte de la omisión compañera; cuando un delito de este tipo puede ser cometido tanto por una persona normal  como por una autoridad o funcionario, el delito que comete el funcionario que sería especial propio si sólo pudiese ser cometido por sus cualidades, se invierte, de ahí que se le llame "especial impropio".

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #243 en: 26 de Agosto de 2013, 21:44:56 pm »
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303. ¿Cuál de las siguientes eximentes puede concurrir como causa de justificación y como causa de exculpación o inculpabilidad? (SEP09 AB)
a) La legítima defensa.
b) El estado de necesidad.
c) El consentimiento de la víctima.
d) Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.

En la plantilla dice la b), pero creo que está mal, que es la d), ya que ninguna de ellas coinciden, sólo las del artículo 21 que afectan a la antijuridicidad y a la culpabilidad.

Si alguien me lo aclara.

A pesar de ser una causa de justificación, el estado de necesidad también se considera como una causa de exculpación, de ahí su doble naturaleza; si bien, en estas preguntas veo que se plantean del mismo modo respecto a la legítima defensa como al estado de necesidad, al menos, en las antiguas preguntas, teniendo la correspondiente plantilla colgada en el depósito.

El actual ED hace referencia a un doble fundamento en la legítima defensa, recogido por doctrina y jurisprudencia, uno supraindividual como salvaguarda del ordenamiento jurídico y otro individual, si bien, el segundo tiene que ir unido al primero, salvaguarda del Ordenamiento jurídico y defensa de bienes jurídicos cuyo portador sera una persona física o jurídica, es decir, a pesar de ese primer fundamenti, no se cubren los bienes colectivos y supraindividuales, que pueden ser cubiertos por el estado de necesidad o el cumplimiento de un deber o ejercicio legítima de un derecho.

Respecto al estado de necesidad sí que la doctrina dominante estima en ella una doble naturaleza, tanto como causa de justificación como de causa de exclusión de la culpabilidad, esta última basada en la inexigibilidad de la conducta. Cuando el mal causado es "de la misma entidad" que el que se trata de evitar, la eximente se basa en la no exigibilidad de obedencia al Derecho; la conducta es ilícita penalmente pero no se es culpable y, por tanto, no se puede aplicar pena alguna.

Para que puedas ver la naturaleza del estado de necesidad como causa de exculpación te has de ir al segundo parcial, a la lección 23.  :)

Desconectado m.garcia

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #244 en: 27 de Agosto de 2013, 06:14:17 am »
Claro esta pregunta la anoté para pasarla al segundo parcial, gracias cielete.

Sigo pensando que la 88 tiene un error en el enunciado, sería un delito especial impropio -si lo realiza el ciudadano- y una delito especial propio -si lo realiza autoridad o funcionario-, espero que no pongan preguntas que se puedan interpretar en más de un sentido.

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #245 en: 27 de Agosto de 2013, 08:37:51 am »
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Claro esta pregunta la anoté para pasarla al segundo parcial, gracias cielete.

Sigo pensando que la 88 tiene un error en el enunciado, sería un delito especial impropio -si lo realiza el ciudadano- y una delito especial propio -si lo realiza autoridad o funcionario-, espero que no pongan preguntas que se puedan interpretar en más de un sentido.

El enunciado de la respuesta 88 (se repute varias veces a lo largo de esos años) tiene una única respuesta, sólo tienes que mirar los dos artículos del Cp que se citan, son dos omisiones iguales, en el supuesto de que sea una autoridad o un funcionario, convierte el injusto en una mayor gravedad, pero es un delito especial impropio, al menos tal y como está planteada y por recoger la misma conducta omisiva en distintas normas para ambos, aunque no la misma pena o consecuencia.

Desconectado delito22

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #246 en: 28 de Agosto de 2013, 11:50:59 am »
 :)vamos chicos que ya queda menos para los exámenes ,dentro de una semana hemos terminado y aprobado todo lo que hagamos en septiembre. un saludo.

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #247 en: 28 de Agosto de 2013, 17:20:20 pm »
Donde están las respuestas de las preguntas de la 300 a la 400 ?

Gracias y suerte para el exámen.

Desconectado hergomez

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #248 en: 29 de Agosto de 2013, 09:12:50 am »
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Donde están las respuestas de las preguntas de la 300 a la 400 ?

Gracias y suerte para el exámen.

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Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #249 en: 29 de Agosto de 2013, 11:26:07 am »
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Claro esta pregunta la anoté para pasarla al segundo parcial, gracias cielete.

Sigo pensando que la 88 tiene un error en el enunciado, sería un delito especial impropio -si lo realiza el ciudadano- y una delito especial propio -si lo realiza autoridad o funcionario-, espero que no pongan preguntas que se puedan interpretar en más de un sentido.

Vamos a ver m.garcia.

A la vista de lo que has puesto en el otro parcial, tienes la acción y la omisión liada (aquí en lo que me equivoqué fue simplemente en decir "omisión").

Me voy con la clasificación de los tipos, al menos sólo los relativos a esta.

Hay tipo en que por las cualidades requeridas en la persona son delitos especiales propios.

Cuando no se requiere cualidad alguna, son delitos comunes.

Cuando se dan ambas circunstancias, es decir, tenemos un delito común, que lo realiza una persona con x cualidades, y a la vez lo puede realizar una persona que no necesita cualificación alguna en su persona, el especial propio, se pasa a llamar especial impropio.

El delito de allanamiento de morada, lo puede realizar cualquier persona, pero en la pregunta se dice que lo realiza un agente de la autoridad, con lo cual el delito será calificado como "especial impropio" y tiene su tipo en la Parte especial; sé que no tenemos que estudiar la Parte Especial, pero al menos lee los dos artículos que se te indican en la pregunta y hallarás la respuesta y lo que te comento.


Desconectado graciela1

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #250 en: 29 de Agosto de 2013, 11:54:52 am »
Por favor: necesito las respuestas de los exámenes de 2013. Gracias

Desconectado hergomez

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #251 en: 29 de Agosto de 2013, 13:27:58 pm »
Lo pido por aquí también, ¿Alguien tiene un glosario de términos del segundo parcial y/o un esquema de las penas?

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #252 en: 29 de Agosto de 2013, 13:40:55 pm »
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Lo pido por aquí también, ¿Alguien tiene un glosario de términos del segundo parcial y/o un esquema de las penas?

¿tengo tu mail?

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #253 en: 29 de Agosto de 2013, 13:45:59 pm »
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Por favor: necesito las respuestas de los exámenes de 2013. Gracias

Graciela, las tienes colgadas en ALF, las de los dos parciales.  :)

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #254 en: 29 de Agosto de 2013, 15:34:14 pm »
Buenas alguien me solventa esta duda:

47. Si un sujeto de nacionalidad española mata a una víctima de la misma nacionalidad en territorio francés, los tribunales españoles:

a. no son competentes.
b. son competentes exclusivamente por el ppio de personalidad activa.
c. Son competente tanto por el ppio de personalidad activa como por el de personalidad pasiva.
d. Son competentes exclusivamente por el ppio de personalidad pasiva.

La respuesta correcta sería la b, aunque no entiendo porque no puede ser la "c". Al haber sido sujeto pasivo del delito un español, también entraría en juego el principio de personalidad pasiva, no exclusivamente la activa.

Gracias.

Desconectado marco.leon

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #255 en: 29 de Agosto de 2013, 17:14:54 pm »
Buenas, las plantillas de soluciones colgadas en el depósito de calatayud; ¿Hay muchas respuestas incorrectas?

Por ejemplo, FEB2012 tipo A pregunta 2:

Según el Tribunal Constitucional una ley penal en blanco:

A. Sería siempre inconstitucional.
B. Sería inconstitucional si se remite a normativa con rango inferior a ley.
C. Sería inconstitucional si, entre otros requisitos, no contuviera al menos el núcleo esencial de la prohibición, el verbo típico.
D. Sería conforme a la constitución siempre que cumpliese un único requisito: su necesidad por el carácter cambiante  de la materia objeto de regulación.

La plantilla dice que la correcta es la A. ¿Qué opináis?

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #256 en: 29 de Agosto de 2013, 17:34:14 pm »
Esto hacen las mujeres normales, mucha suerte con penal
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Desconectado marco.leon

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #257 en: 29 de Agosto de 2013, 17:46:14 pm »
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Graciela, las tienes colgadas en ALF, las de los dos parciales.  :)

No las encuentro en ALF; ¿Dónde están exactamente?

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #258 en: 29 de Agosto de 2013, 18:47:45 pm »
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Muy bueno, Pravias. Yo soy de las de la segunda foto.... jejejejeje

Desconectado m.garcia

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #259 en: 29 de Agosto de 2013, 19:44:18 pm »
De acuerdo que me he liado otra vez, hoy no es mi día.

Respecto a la duda de la ley penal en blanco creo que es la c), al menos así lo dice en la pag. 46.

Y está según la plantilla es la a), yo creo que es la b)

565. ¿Es posible castigar a una persona jurídica si no consta la persona física que cometió el
delito? (SEP11 A)
a) No.
b) Sí.
c) Sólo con penas leves.
d) Sólo en el caso de delitos imprudentes.