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Autor Tema: POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL  (Leído 22292 veces)

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Desconectado Ra_chel

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #40 en: 02 de Agosto de 2013, 08:37:39 am »
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La caducidad se produce en ciertos procedimientos tributarios cuando su duración excede de la prevista en la Ley ( seis meses por regla general).
El procedimiento de apremio no tiene un plazo máximo de duración ya que sus actuaciones podrán extenderse hasta el plazo de prescripción del derecho de cobro. En consecuencia, el procedimiento de apremio es el único que no caduca.

Y no es una pregunta tonta, es  importante saberlo y bien haces en preguntar todas las dudas que tengas.

Gracias  ;)

La vida no se mide por las veces que respiras sino por los momentos que te dejan sin aliento

Desconectado telmiguai

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #41 en: 02 de Agosto de 2013, 13:35:28 pm »
Así es. Si bien es cierto que no caduca, no puede extenderse de forma indefinida en el tiempo. Por lo que sus actuaciones pueden extenderse hasta la prescripción del derecho de cobro por parte de la Administración (cuatro años).
La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento. Su conocimiento riguroso parece que sí.

Desconectado hollygrial

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #42 en: 05 de Agosto de 2013, 18:38:14 pm »
A ver, se me presenta dudas en el recurso de reposición. He estado mirando algunos problemas que cayeron en exámenes y no entiendo dos cosas.

La primera, en municipios que no se aplica el régimen de municipios de gran población existe dos circunstancias. He estado leyendo tanto el manual como los apunte y no encuentro esas circunstancias. ¿Dónde están?

Y la segunda, es un caso práctico: Una sociedad desea impugnar una liquidación administrativa notificada por la Delegación Central de Grandes Contribuyente (órgano central de la AEAT). ¿Qué recursos y reclamaciones puede interponerse? Mi respuesta sería el recurso de reposición.

¿Qué opináis? Ayudadme, por favor porque no tengo ni idea


GRACIAS

Desconectado Pravias

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #43 en: 05 de Agosto de 2013, 18:44:25 pm »
Junio 12 página 601*Puede interponer el recurso de reposición, con carácter potestativo, ante la propia delegación  central. También puede interponer (con carácter preceptivo para acceder a la vía contenciosa)  reclamación económico-administrativa en única instancia ante el TEAC, puesto que el acto ha  sido dictado por un órgano central de la AEAT.

Qué recursos o reclamaciones se pueden interponer en vía administrativa contra los actos tributarios de los grandes municipios (municipios de gran población)? 623* Para los grandes municipios, la Ley 57/2003, que incorpora a la LBRL el Título X, dedicado a ellos, regula en su artículo 137 el “Órgano para la resolución de las reclamaciones económico administrativas”, implantando así esta vía como propia de las Entidades locales de gran tamaño.
Como características principales de esta nueva vía de revisión local se observan las siguientes:
Es preceptiva;
Agota la vía administrativa, constituyendo la vía previa al contencioso-administrativo;
Será competente el órgano económico-administrativo local, que basará su funcionamiento en criterios de independencia técnica, celeridad y gratuidad.

--------------------- El art. 137 de la Ley 7/85, enumera los actos recurribles, que, entre otras funciones, le atribuye las siguientes. “El conocimiento y resolución de las reclamaciones sobre actos de gestión, liquidación, recaudación e inspección de tributos e ingresos de derechos público que sean de competencia municipal”. Bien entendido que ello se entiende sin perjuicio, como dice el apartado 6, de los supuestos en que se prevé la reclamación económico-administrativa ante los tribunales Económico-Administrativos del Estado, es decir, los actos de gestión catastral y de gestión censal. Contra estos actos podrán interponer los interesados, de manera potestativa, el recurso de reposición del art. 14 TRLRHL, contra cuya resolución procederá esta vía económico-administrativa.

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Desconectado hollygrial

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #44 en: 05 de Agosto de 2013, 18:48:06 pm »
GRACIAS PRAVIAS!!!!  ;)

Desconectado Pravias

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #45 en: 05 de Agosto de 2013, 18:56:36 pm »
En este vídeo lo explica muy bien el Tutor
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Desconectado ebp

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #46 en: 26 de Agosto de 2013, 17:33:13 pm »
Cómo lo lleváis?? después del 3.5 que me plantaron en junio, estoy acojonaaaaa  :'(

Desconectado guy

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #47 en: 26 de Agosto de 2013, 19:18:22 pm »
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Cómo lo lleváis?? después del 3.5 que me plantaron en junio, estoy acojonaaaaa  :'(

Yo regular, tengo otras 2 y no puedo dedicarle todo lo que quisiera a esta, que encima tengo que aprobarla si o si, no puedo suspenderla otra vez.
Ademas los apuntes de Vivero se me hacen muy largos, aunque son muy buenos, estoy "pillando" esta parte bastante bien con esos apuntes. A mitad de semana me pondré a revisar el archivo ese de preguntas contestadas de otros años.
Sobre el archivo, tengo el que comienza así, es este, ¿no?:


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PREGUNTAS F Y T I – SEGUNDO PARCIAL – CURSO 2012/2013



   Este documento no es mérito mío exclusivamente; sí es cierto que he tenido el manual actualizado a mi lado en todo momento, pero no es menos cierto que también he tenido los apuntes del compañero José Vivero Ruso y, la inestimable ayuda de las respuestas, notas y ejemplos de Silu; al compañero Vivero, gracias, y a Silu, mi compañera/profesora un fuerte abrazo. Mis agradecimientos a ambos.

Desconectado mlcosta

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #48 en: 26 de Agosto de 2013, 19:41:52 pm »
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Yo regular, tengo otras 2 y no puedo dedicarle todo lo que quisiera a esta, que encima tengo que aprobarla si o si, no puedo suspenderla otra vez.
Ademas los apuntes de Vivero se me hacen muy largos, aunque son muy buenos, estoy "pillando" esta parte bastante bien con esos apuntes. A mitad de semana me pondré a revisar el archivo ese de preguntas contestadas de otros años.
Sobre el archivo, tengo el que comienza así, es este, ¿no?:

Por favor Guy podrías pasarme ese archivo? estuve buscando en el material que tengo y no lo tengo, pero estoy de los nervios, con el tiempo encima y cada vez entiendo menos, asi que agradecería que me lo pasases para pegarle un repaso el fin de semana. Gracias.

Desconectado mlcosta

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #49 en: 26 de Agosto de 2013, 19:45:32 pm »
Perdón, mi correo es mlcosta01@gmail.com
Gracias

Desconectado guy

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #50 en: 27 de Agosto de 2013, 12:30:36 pm »
Los baje hace unos dias y ahora no hay manera de encontrar el enlace en el foro, caray.
Bueno, luego te lo pongo por correo.

Desconectado mlcosta

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #51 en: 27 de Agosto de 2013, 13:07:25 pm »
Ya conseguí el documento con las preguntas y respuestas, os suena si hay algun esquema de recursos?? GRacias

Desconectado Pravias

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #52 en: 27 de Agosto de 2013, 13:49:55 pm »
Mlcosta, si, no se si es de Leticia o Estefani , hay un resumen que hicieron ellas, si dejas el email te los envio
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Desconectado ebp

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #53 en: 27 de Agosto de 2013, 15:53:03 pm »
guy, yo estoy con los apuntes de Vivero, a ver si llego porque me queda todo lo de recursos.

Pravias si puedes pásame, por favor, el esquema de recursos. gracias

ebermejo75@hotmail.com

Desconectado mlcosta

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #54 en: 28 de Agosto de 2013, 12:05:32 pm »
Gracias Pravias, mi email es mlcosta01@gmail.com

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #55 en: 28 de Agosto de 2013, 13:35:51 pm »
Chic@s! A ver si alguien sabe:

... planteada una reclamación eco-admón ante el TEAC en donde el obligado tributario se reserva el derecho a plantear una tasación pericial contradictoria por no indicarse datos que han sido empleados para elevar una valoración sobre un bien se produce la notificación de la resolución del TEAC el día 1 de abril de 2012 ...

la pregunta es hasta cuando se puede plantear la tasación.

Duda: La resolución del TEAC agota la vía admón. pero no es firme hasta que pasen dos meses no?... como el plazo para plantear la tasación es de un mes desde firmeza ... serían dos + uno = tres meses tras la notificación de la resolución es decir el 1 de julio?????

 :o :o

Desconectado Pravias

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #56 en: 28 de Agosto de 2013, 13:52:52 pm »
Java te pongo la respuesta que dio el departamento
Según el segundo párrafo del art. 135.1 LGT "En los casos en que la normativa propia del  tributo así lo prevea, el interesado podrá reservarse el derecho a promover la tasación pericial  contradictoria cuando estime que la notificación no contiene expresión suficiente de los datos y  motivos tenidos en cuenta para elevar los valores declarados y denuncie dicha omisión en un  recurso de reposición o en una reclamación económico-administrativa. En este caso, el plazo a  que se refiere el párrafo anterior se contará desde la fecha de firmeza en vía administrativa  del acuerdo que resuelva el recurso o la reclamación interpuesta". El primer párrafo del citado  artículo establece que “Los interesados podrán promover la tasación pericial contradictoria [...] dentro del plazo del primer recurso o reclamación que proceda contra la liquidación efectuada  de acuerdo con los valores comprobados administrativamente o, cuando la normativa  tributaria así lo prevea, contra el acto de comprobación de valores debidamente notificado”.  Puesto que el contribuyente ha recibido la resolución desestimatoria del TEAC el día 1 de abril  de 2012, y dicha resolución ya no es susceptible de recurso en vía administrativa, puede  entenderse que la resolución es firme en esta vía ese 1 de abril, de modo que el plazo para  promover la tasación pericial contradictoria terminaría un mes después; es decir, el 1 de mayo  de 2012. Ahora bien, podría también entenderse que el dies a quo al que se refiere el segundo párrafo  del artículo 135.1 LGT es la fecha de vencimiento del plazo para impugnar la Resolución del  TEAC en la vía jurisdiccional. De adoptarse esta interpretación, el plazo de un mes para  promover la tasación pericial contradictoria comenzaría a contarse desde el término del plazo
de dos meses que existe para interponer el recurso contencioso-administrativo.  Cualquiera de estas dos respuestas se dará por válida.
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Desconectado Java222

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #57 en: 28 de Agosto de 2013, 14:29:06 pm »
GRACIAS  ;)

Desconectado mlcosta

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #58 en: 28 de Agosto de 2013, 18:00:49 pm »
Me estoy volviendo loca, creo que es imposible asimilar toda la materia de este segundo parcial, cuanto mas repaso mas dudas me surgen, y leyendo la explicacion de Pravias me surge una duda, ¿donde dice que el plazo para el contencioso sea de 2 meses? a lo mejor es algo evidente, pero despues de muchos repasos, juraría que no lo he visto en ningún sitio. Gracias

Ahora toca descanso y empezar con DIP, a ver si empiezo a ver luz en este asunto

Desconectado guy

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #59 en: 29 de Agosto de 2013, 13:05:08 pm »
¿Vais a estudiar lo de las infracciones de contrabando del tema 25?