
corporaciones pueden ser las camaras de comercio, colegios profesionales
asociaciones de empresarios, de vecinos. etc

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A-Texto
Según la doctrina, en el mundo del Derecho, junto a las personas jurídicas individuales existen otro tipo de personas a la que suelen denominar personas jurídicas colectivas. Y la propia doctrina cita como tales personas colectivas a las Corporaciones, las Asociaciones y las Fundaciones.
B-Tareas
1ª Díganos un ejemplo de persona jurídica colectiva perteneciente al ámbito de las Corporaciones y otro ejemplo perteneciente al ámbito de las Asociaciones.Una corporación puede ser un ayuntamiento, una universidad, una iglesia, una ONG, una empresa, un gremio, un sindicato u otro tipo de persona colectiva. En la práctica, dicho término se utiliza, para referirse a una entidad comercial, establecida de acuerdo a un marco legal.
Asociaciones Religiosas y de Culto, podría ser un ejemplo de Asociación.
2ª Diganos ahora alguna diferencia existente entre los dos ejemplos citados.La asociación es una institución privada, sin fines de lucro, esencialmente con fines benéficos, aunque también pueden ser culturales, sociales y/o deportivos, se caracterizan por ser abiertas es decir que cualquier persona del pueblo puede ingresaren ella mientras respete sus estatutos y efectúe los aportes correspondientes.
Mientras que la corporación aunque también es una institución privada,
se diferencia de la asociación porque sus fines son la protección de la actividad realizada por sus miembros.
3ª Realice un comentario personal, en no más de 20 líneas, sobre el contenido del texto.
La expresión actual de “persona jurídica” es el resultado de una larga evolución, en la que ha influido los distintos significados que se le han dado al término en los diferentes ámbitos culturales, particularmente la teología, la filosofía y por supuesto la doctrina jurídica.
En cuanto a las personas jurídicas colectivas el derecho ha llevado a cabo una extensión de la personalidad jurídica hacia algunas realidades sociales que no son reductibles a simples personas individuales.
Son una creación del respectivo ordenamiento jurídico, que responden a la necesidad de los seres humanos de conseguir ciertos fines sociales que superan las posibilidades de acción de individuos aislados. Fines económicos, políticos, culturales, religiosos, recreativos, etc... que requieren el concurso de una pluralidad de personas o de un gran cúmulo de bienes.
En referencia a las realidades que integran se clasifican en:
◦Asociaciones o sociedades: conjunto de personas físicas que actúan con una concordancia unitaria de voluntades en orden a conseguir unos fines predeterminados.
◦Fundaciones: el elemento esencial es el conjunto de bienes patrimoniales cuyo aprovechamiento se destina a la consecución de una determinada finalidad social. El elemento personal desempeña una función en este caso complementaria.
◦Corporaciones: se caracterizan por aunar el elemento personal y el elemento finalista de los objetivos o funciones que les corresponde realizar. Su constitución se debe más al designio del propio ordenamiento jurídico que a la libre iniciativa de los sujetos que la integran.
Actúan como mecanismos de regulación y control del desempeño de determinadas funciones sociales especialmente importantes, un ejemplo serian los colegios profesionales españoles, de abogados, médicos, arquitectos, veterinarios....
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