REQUISITOS TRIBUNAL COMPENSACIÓN
Podrán acogerse a este procedimiento aquellos estudiantes de cualquier titulación de la UNED que cumplan las siguientes condiciones:
Que estén matriculados en la UNED en la asignatura para la que se solicita la compensación (y la normativa se lo permita) y hayan cursado en la UNED al menos el 40% de la carga lectiva o crediticia de la titulación o del ciclo.
Que les quede por aprobar para terminar su titulación, o finalizar el ciclo, una sola asignatura (excluidos el Practicum y el Proyecto Fin de Carrera).
Que se haya presentado al menos 4 veces a las Pruebas Presenciales de la asignatura completa. En las asignaturas anuales, en cada curso académico, la presentación a las dos pruebas presenciales (febrero y junio) cuenta como una vez, y la presentación en las pruebas de septiembre de la parte o partes pendientes como otra.
Que haya obtenido al menos una vez una calificación media igual o superior a 4, o al menos 3 en dos de las convocatorias.
No obstante, en el caso de los planes actuales en extinción, cuando ya no exista la posibilidad de presentarse a alguna convocatoria, las condiciones 3 y 4 serán sustituibles por la condición de haberse presentado al menos a una convocatoria de dicha asignatura, y haber obtenido una calificación igual o superior a 3.Límites de la compensación:
- No se podrá conceder la compensación a aquellos estudiantes a los que les conste alguna sanción en su expediente académico.
- No podrán ser objeto de compensación el Proyecto Fin de carrera ni el Practicum.
- No podrán ser objeto de compensación las asignaturas optativas, salvo que la no superación de las mismas suponga la obligatoriedad de adaptarse a un plan nuevo.
- La compensación solo podrá concederse una vez por titulación.
Aquellos estudiantes procedentes de otras universidades, a los que ya se les haya concedido la evaluación por compensación curricular en su Universidad de procedencia, no podrán solicitar otra compensación en la UNED.
Habrá un Tribunal de Compensación en cada Centro y podrá haberlo en cada Titulación impartida en la UNED.
Las solicitudes de compensación se harán por escrito dirigidas al Sr. Decano/Director, especificando la materia cuya compensación se solicita y los cursos académicos de las convocatorias consumidas, motivando las circunstancias que le llevan a pedir la compensación y el plazo para realizarla será de 15 días a partir de la fecha de publicación en internet de las calificaciones de la convocatoria de septiembre de la asignatura cuya compensación se solicite.
El Tribunal de Compensación, finalizado el proceso, levantará acta en la que figurará "Apto por compensación" o "no procede la compensación solicitada" que pasarán a figurar en su expediente académico, y que, tras ser comunicada al interesado, podrá iniciar los recursos pertinentes. La calificación de "Apto por compensación", computará como aprobado (5,0) en el expediente del estudiante.
Existe un Reglamento del Tribunal de Compensación aprobado por la Junta de Gobierno en reuniones de 8 de octubre de 2001 y 21 de febrero de 2002 y Consejo de Gobierno de 28 de junio de 2006 que regula este procedimiento.
El Consejo de Gobierno en su sesión de 26 de octubre de 2010, acuerda autorizar a los Tribunales de Compensación de las distintas titulaciones para flexibilizar los criterios generales de aplicación en los casos referidos a Planes de Estudios extintos o en extinción
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