Ius dental creo que la respuesta 6 es la A, ya que en el manual especifica que si se sabe la fecha de aplazamiento se ponen los intereses en la letra por tanto tendría que ser girada a un" plazo desde la vista" o "a la vista".
Sí, llevas razón. Me he equivocado al transcribir la pregunta del examen al móvil cuando las subí.
Perdón si te he dado susto, y más en estos exámenes que dan susto estar aprobado o suspenso por una respuesta.

Ahí van las mías, comprobadas en casa la mayoría al volver del examen (tipo D):
1-c, 2-c, 3-a, 4-c (esta sin comprobar xq no la encuentro en el libro), 5-b, 6-a, 7-c, 8-a (sin comprobar), 9-b, 10-c, 11-c, 12-c, 13-b, 14-c, 15-a, 16-b, 17-a (está mal, es la c), 18-c, 19-a, 20-c (sin comprobar), 21-c, 22-b, 23-b, 24-b (sin comprobar), 25-c (esta mal, es la a), 26-b, 27-c (mal, es la b), 28-a
[/b]
Ahora sobre el maldito caso de la letra q me he bloqueado al ver lo de el aval en blanco ese...en el libro dice (pag361) que "se ha de indicar la persona del avalado. si no se dice, se entenderá avalado el aceptante o, en su defecto, el librador". Así q parece q el aval es válido. Visto lo de cláusula sin gastos y demás, en estas he respondido:
29-a, 30-b, 31-c, 32-c, 33-b, 34-c, 35-c
¡Excelente trabajo, maryone!Te hago algunas aclaraciones que me gustaría que contrastaras:
1) En la pregunta 4, la respuesta es la C. Dices que no está en el libro: lo está en la página 377, parte inferior, cuando dice: "La acción de regreso puede ejercitarse [...]. Mas para el ejercicio de esta acción (
salvo el librador) es necesario, como hemos visto, acreditar previamente la falta de pago mediante protesto o declaración equivalente.
En el recopilatorio de preguntas hay una similar, que te adjunto a continuación:
Junio 2012 2 semana Tipo de examen C
26 Como regla general, si un cheque presentado al cobro en tiempo hábil no es pagado y no se levanta protesto ni se realiza la declaración equivalente, el tenedor:
A Pierde la acción de regreso contra los endosantes y contra el librador y demás obligados cambiarios [perdería la acción de regreso si no acreditase la falta de pago (p.376)]
B Puede ejercitar la acción de regreso contra los endosantes y contra el librador
C Puede ejercitar la acción de regreso contra el librador, pero no contra los endosantes
[“para el ejercicio de esa acción <la de regreso> (salvo frente al librador) es necesario … acreditar previamente la falta de pago mediante protesto o declaración equivalente” (p.377)] No he encontrado la respuesta literal, pero creo que es la más ajustada; en cualquier caso en el
Manual básico de la letra de cambio, el cheque y el pagaré, de Marín Hita (p.75) creo que está bastante mejor explicado.
2) La pregunta 8 parece que nadie la sabe, y yo tampoco. jejeej
En la página 347 se define la "relación de provisión" como la relación causal entre librador y librado.
En la página 358 se afirma, al final, "por la aceptación el librado se obliga a pagar la letra de cambio a su vencimiento"
Podemos decir: si el librado acepta la letra pero no tiene "provisión de fondos" que es una relación causal entre librador y librado, por tanto no creo que sea normal que el librador pueda ejercitar la acción cambiaria para obligarle a pagarla cuando él mismo (el librador) no ha cumplido con su obligación de provisión de fondos. Otra cosa es que un tenedor la ejercite: no tiene culpa de la falta de provisión de fondos.
Por lo tanto, creo que la respuesta es la b).
Digan ustedes: ¿llevo razón? ¿me equivoco? Por favor, opiniones.
3) La duda que tienes con la pregunta 20 está clara (página 442, último párrafo): la respuesta es la c). Como regla general, en un concurso necesario se produce la suspensión. La respuesta a) (interrupción de la actividad) se produce en la liquidación y potestativo del juez y la respuesta b) (intervención de la administración consursal) es la regla general del concurso voluntario.
4) El resto está genial, maryone
RESPUESTAS CONTRASTADAS (por maryone y por mí) DEL EXAMEN TIPO D1 - c
2 - c
3 - a
4 - c
5 - b
6 - a
7 - c
8 - tiene pinta de ser la b) aunque no lo sé con certeza
9 - b
10 - c
11 - c
12 - c
13 - b
14 - c
15 - a
16 - b
17 - c
18 - c
19 - a
20 - c
21 - c
22 - b
23 - b
24 - b
25 - a
26 - b
27 - b
28 - a
29 - ni idea
30 - ni idea
31 - ni idea
32 - ni idea
33 - ni idea
34 - ni idea
35 - ni idea
Podríamos intentar hacer el caso práctico:
LIBRADOR-----manda al-----LIBRADO----- para que pague al ----- TOMADOR
Vehículos de ocasión, S.L.-------------------vende camión pagando parte con una --------------- a
D. Gerardo Gómez Administrador único
D. Justo Muñoz LETRA DE CAMBIO
I
I
I
I
en pago de un préstamo
y avalada por
D. Mariano Valle,
socio de Vehículos de ocasión, S.L.
dejando la parte para el avalado en blanco
I
I
I
I
Financiera Rius, S.A.Características de la letraFecha librada: 31-mayo-2013 (aceptada el mismo día)
fecha vencimiento: 31-agosto-2013
Cláusula "sin gastos"
Pago domiciliado en el Banco de Cádiz
¿Quién es librador, librado y tomador? Y a partir de ahí vamos contestando.P.D.: Llevo como 40 minutos para hacer todo esto....
