No hay nada malo en sí mismo.Si te licencias es más fácil acceder a la abogacía o a la procura,puesto que no es necesario hacer el máster de acceso a la abogacía.
Por por otro lado,te exime parcial o completamente,según sea tu caso en función del año en que formalizaste la primera matrícula de licenciatura,de realizar el examen de estado que se exige para el acceso a la abogacía o procura.
En mi caso no llego a completar las asignaturas para poder licenciarme a tiempo,saco entre 4 y 6 por curso,y no tengo planeado a priori ejercer el derecho como abogado o procurador,por lo que prácticamente no me cambia nada.
He esperado a este año que se implanta 4 de grado para estudiar un curso por debajo,con manuales editados,algunos apuntes circulando y las experiencias previas de los compañeros que son inestimables.
Depende mucho de tus circunstancias personales,pero ni uno es tan malo ni lo otro tan bueno.
Al final todo es vil metal,han cambiado los 60 créditos de licenciatura por 60 créditos de máster,claro que a precio de máster....el doble,más o menos.
Un saludo.