Pues creo que viee diciendo que en el proceso civil para tener asistecia jurídica gratuíta tienes que ser parte legitima para que te la concedan, o sea relación de parte formal con el objeto del proceso, si no pintas nada no te dan la asistencia jurídica, si no eres el titular del derecho(demostrándolo a través de documento), y en la asistencia jurídico penal no ocurre, puedes ser el acusado o imputado sin saber que realmente lo eres(presunción de inocencia) y que por eso la legitimación se concede a priori, pero que será la sentencia la que verdaderamente establezca si tú lo eres o no, por eso dice que no hay fraude en el penal aunque en un principio no se demuestre que eres parte legítima.
No sé si es eso,yo soy alumno igual que tú, así que no te fíes, lo mismo es una barbaridad loque acabo de decir.
Pero bueno, este foro no se caracteriza por responder a dudas propiamente dichas de derecho.