Buenas tardes, estoy un poco liada con la ejecución in natura pues en el tema 13 en la pregunta de los presupuestos de la responsabilidad universal entiendo que dice que no se llevará a cabo esta, hasta que se haya intentado la ejecución in natura y el deudor no cumpla, pero yo tenía claro por otras preguntas que independientemente de que el deudor cumpla lo que le impone el juez por ejecución in natura, por haber incumplido y haber tenido que llegar a los tribunales, ya por eso debe pagar indemnización. Alquien me lo puede aclarar?