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Autor Tema: POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14  (Leído 350727 veces)

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Desconectado Carlos02

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #720 en: 19 de Diciembre de 2013, 20:28:00 pm »
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En la página 169 del libro deja claro que la respuesta es verdadera.

Saludos
En relación con la pregunta 1, la medianería está contemplada en la página 12 del Libro. Tema 1, epigrafe 6. y sigo creyendo que es falsa.
Un saludo,


Desconectado paz664

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #721 en: 19 de Diciembre de 2013, 20:28:09 pm »
Para mí la 6 y la 13 admiten cualquier respuesta, según la interpretación. Preveo broncas en ALF.

Desconectado Pedro G.

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #722 en: 19 de Diciembre de 2013, 20:28:34 pm »
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la medianería está en la pág. 12 del compendio 2ª edición 2013

Bueno, yo hablo de la 1ª edición, tema 10 apartado 3.3 Referencia a la medianería. Dice textualmente: realmente, la medianería es una situación especial de cotitularidad de las paredes, muros, vallados...

Saludos

Desconectado men

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Re:problema
« Respuesta #723 en: 19 de Diciembre de 2013, 20:29:41 pm »
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Tengo un problema, se me a apagado el ordenador y eh intentado entrar en la Pec y me pone que eh alcanzado el maximo de intentos. No me deja entrar y no eh terminado de contestarle... que puedo hacer??  :'( :'(

Lo siento pero ya no puedes hacer nada, solo hay un intento y aunque haya sido culpa del ordenador... vamos, que ya no puedes reabrir la PEC, sorry :-\
Provehito in altum

Desconectado Carlos02

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #724 en: 19 de Diciembre de 2013, 20:30:36 pm »
Está visto que han cambiado de criterio de la Edición 1 a la 2 respecto ala medianería.

Saludos

Desconectado medved

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #725 en: 19 de Diciembre de 2013, 20:30:49 pm »
18V

"Artículo 114
Salvo pacto en contrario, la hipoteca constituida a favor de un crédito que devengue interés no asegurará, con perjuicio de tercero, además del capital, sino los intereses de los dos últimos años transcurridos y la parte vencida de la anualidad corriente. En ningún caso podrá pactarse que la hipoteca asegure intereses por plazo superior a cinco años."

Desconectado silvestre

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #726 en: 19 de Diciembre de 2013, 20:31:03 pm »
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Para mí la 6 y la 13 admiten cualquier respuesta, según la interpretación. Preveo broncas en ALF.

Por cual te has decantado tú, Paz??
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Desconectado Alber_mad

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #727 en: 19 de Diciembre de 2013, 20:31:18 pm »
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Bueno, yo hablo de la 1ª edición, tema 10 apartado 3.3 Referencia a la medianería. Dice textualmente: realmente, la medianería es una situación especial de cotitularidad de las paredes, muros, vallados...

Saludos

Es una pregunta "delicada", al igual que alguna otra, pero en el manual actualizado (pag.12 apartado 6) refiere que la  jurisprudencia hace referencia a la medianería con el término mancominidad.

Un jaleillo pero... yo la 1ª la dejo como Verdadera.

Desconectado JesusGC

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #728 en: 19 de Diciembre de 2013, 20:31:35 pm »
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Bueno, yo hablo de la 1ª edición, tema 10 apartado 3.3 Referencia a la medianería. Dice textualmente: realmente, la medianería es una situación especial de cotitularidad de las paredes, muros, vallados...

Saludos

Pues se ve que han cambiado de criterio, pone claramente que tampoco se la puede considerar así por la inexistencia de la acción de división.

Al ser una PEC, tampoco es una tema de vida o muerte, pero de este examen hay al menos una decena de preguntas impugnables...
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Desconectado Elisabetha

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #729 en: 19 de Diciembre de 2013, 20:32:12 pm »
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Bueno, yo hablo de la 1ª edición, tema 10 apartado 3.3 Referencia a la medianería. Dice textualmente: realmente, la medianería es una situación especial de cotitularidad de las paredes, muros, vallados...

Saludos
Página 177 de la nueva edición

Desconectado Pedro G.

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #730 en: 19 de Diciembre de 2013, 20:32:33 pm »
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Es una pregunta "delicada", al igual que alguna otra, pero en el manual actualizado (pag.12 apartado 6) refiere que la  jurisprudencia hace referencia a la medianería con el término mancominidad.

Un jaleillo pero... yo la 1ª la dejo como Verdadera.

¿Habéis mirado el tema 10, apartado 3.3 de la nueva edición?

Saludos

Desconectado Carlos02

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #731 en: 19 de Diciembre de 2013, 20:33:26 pm »
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Por que opináis que la 17 es V???
No dice nada de la calidad de la segunda deuda, si es ordinaria o es pignorada, lo que queda abierta la respuesta.
Si es ordinaria, V
Si es pignorada, F
Pregunta trampa, la respuesta será cualquiera.
Saludos,

Desconectado silvestre

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #732 en: 19 de Diciembre de 2013, 20:33:49 pm »
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18V

"Artículo 114
Salvo pacto en contrario, la hipoteca constituida a favor de un crédito que devengue interés no asegurará, con perjuicio de tercero, además del capital, sino los intereses de los dos últimos años transcurridos y la parte vencida de la anualidad corriente. En ningún caso podrá pactarse que la hipoteca asegure intereses por plazo superior a cinco años."

Zanquius, me estaba volviendo loca
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Desconectado medved

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #733 en: 19 de Diciembre de 2013, 20:34:17 pm »
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Bueno, yo hablo de la 1ª edición, tema 10 apartado 3.3 Referencia a la medianería. Dice textualmente: realmente, la medianería es una situación especial de cotitularidad de las paredes, muros, vallados...

Saludos

en la 2ed dice  (....) podría pensarse que estamos frente a una situación de comunidad o copropiedad, pero tampoco este dato sería absolutamente cierto, dada la inexistencia de acción de división sobre la pared medianera.(...) constituye una manifestación más de las relaciones de vecindad(...)

Desconectado Pedro G.

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #734 en: 19 de Diciembre de 2013, 20:35:01 pm »
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No dice nada de la calidad de la segunda deuda, si es ordinaria o es pignorada, lo que queda abierta la respuesta.
Si es ordinaria, V
Si es pignorada, F
Pregunta trampa, la respuesta será cualquiera.
Saludos,

Tema 11, apartado 7.4 El llamado pignus gordianum. Es  verdadera

Desconectado Alber_mad

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #735 en: 19 de Diciembre de 2013, 20:35:19 pm »
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¿Habéis mirado el tema 10, apartado 3.3 de la nueva edición?

Saludos

Yo no lo había visto pero según entiendo... refuerza el argumento de tratarse a la medianería como una cotitularidad por lo tanto.... VERDADERA.

Desconectado JesusGC

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #736 en: 19 de Diciembre de 2013, 20:35:43 pm »
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¿Habéis mirado el tema 10, apartado 3.3 de la nueva edición?

Saludos

Curioso, Lasarte se contradice en dos temas, en Civil te debes saber la materia dos veces  ;D

Vista la afirmación categórica parece que es verdadera, a ver qué dicen.
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Desconectado Carlos02

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #737 en: 19 de Diciembre de 2013, 20:35:51 pm »
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¿Habéis mirado el tema 10, apartado 3.3 de la nueva edición?

Saludos
Me retracto. El matiz estaba "en sede de servidumbre", luego es Verdadera.
Pero ¿ a que ha sido bonita la discusión ?. Gracias Pedro
Un saludo,

Desconectado silvestre

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #738 en: 19 de Diciembre de 2013, 20:36:08 pm »
Una manifestación de vecindad más, pero un vecino es tan titular de su pared como el otro
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Desconectado Pedro G.

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #739 en: 19 de Diciembre de 2013, 20:36:35 pm »
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en la 2ed dice  (....) podría pensarse que estamos frente a una situación de comunidad o copropiedad, pero tampoco este dato sería absolutamente cierto, dada la inexistencia de acción de división sobre la pared medianera.(...) constituye una manifestación más de las relaciones de vecindad(...)

Eso es lo que dice en el tema 1. ¿queréis mirar por favor en el tema 10 apartado 3.3?