Yo también he aprobado, pero, con respecto a la pregunta de la copropiedad, voy a reclamar, es decir, voy a pedir REVISION. Que revisen la respuesta propuesta por el ED y que revisen sus argumentos, porque no tienen sentido.
En ningún caso han preguntado cuándo no era posible la división de la cosa en copropiedad, sino que la pregunta era muy clara "La copropiedad no obliga a los copropietarios a permanecer en copropiedad de forma indefinida" .
Artículo 400
Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común.
Artículo 404
Cuando la cosa fuere esencialmente indivisible, y los condueños no convinieren en que se adjudique a uno de ellos indemnizando a los demás, se venderá y repartirá su precio.
De lo que se desprende que, si no quiero permanecer en copropiedad y la cosa es indivisible, me desprendo de mi cuota y tan amigos (o enemigos).
No es que no me conforme con la nota, sino que no acepto que nos tomen el pelo.