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Autor Tema: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14  (Leído 121527 veces)

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Desconectado JavierDS_

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #760 en: 05 de Febrero de 2014, 11:08:31 am »
En ningún momento digo que la A sea incorrecta, es más, era la que puse primero, pero recuerdo haber discutido con otro profesor el curso pasado (penal) que cuando una pregunta tiene dos respuestas correctas lo que debemos hacer es contestar la que es más cierta de las dos. Por eso cambié en último momento y puse la D.

En cuanto a lo de reclamar, acertar o no esta pregunta no me supondrá aprobar o suspender, y más que reclamación, será una queja. Una queja relativa a la formulación de las preguntas.

No recuerdo quien ha sido el del ejemplo del gol, pero le contesto.

Si se marca un gol, subirá un tanto en el marcador. Pero afirmas que decir que para que sea gol el balón ha de entrar en la portería sobra. Para mí no, pues que el balón cruce la línea es un requisito inexcusable, por lo tanto, será redundante, pero nunca falso.

Por lo tanto, será contestar de más o algo que se presume sabido, pero en ningún caso erróneo. Esto añadido al consejo que me dio el de penal el año pasado decantaron mi balanza por la D.

Y ya lo dejamos que me he quedado solo  :'( jajajaja.






Desconectado BetoBello

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #761 en: 05 de Febrero de 2014, 11:22:04 am »
JavierDS_, obviamente la A es correcta, hasta ahí creo que todos estamos de acuerdo.

En lo que no estoy de acuerdo es en que la D sea correcta.

No es cierto que un tratado que YA ha sido publicado oficialmente en España deba publicarse en el BOE para que forme parte del ordenamiento interno. Debería publicarse en el BOE, es decir, publicarse oficialmente, si esto todavía no hubiera ocurrido.

Volviendo al ejemplo del gol, un gol perfectamente válido sube al marcador, si es perfectamente válido quiere decir que YA HA CUMPLIDO los requisitos necesarios para que suba al marcador. Decir que debería entrar balón en la portería, básicamente sería decir que el balón debería pasar dos veces la línea de fondo para que suba al marcador, y eso no sólo no es más concreto, ni siquiera menos correcto, es que es falso.

Lo siento, pero cuanto más hablamos sobre el tema, y por más vueltas que le doy a la pregunta sólo le encuentro una respuesta posible. Y reconozco que yo también llegué del examen dudando sobre la cuestión, porque aisladamente la afirmación de la respuesta D no es errónea, pero siempre y cuando no se ponga en relación con el planteamiento inicial, en el que se nos dice que ese requisito YA se ha cumplido.

Desconectado Sevillano1985

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #762 en: 05 de Febrero de 2014, 11:32:28 am »
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Ni más ni menos, de otra forma lo que se está diciendo es que debe publicarse válidamente 2 veces para que forme parte del ordenamiento. Claro está, eso no es correcto.

La respuesta d) NO dice debera publicarse por segunda vez en España, o debera publicarse tras su publicacion en el DOUE dice: solo tras ser publicados en el BOE. (Es que NO esta mal es que tras ser publicados en el BOE es cuando pasan a formar parte del ordenamiento interno).

Y con el ejemplo del gol:

Los goles subiran al marcador cuando:

a) Directamente tras entrar en la porteria.
d) Tras traspasar la linea completamente subirá al marcador.

La a) es la mas correcta, pero la d) es otro requisito ya que sin traspasar la linea completamente no podria ser gol, asimilandolo con la pregunta de debate, esta claro que el tratado formaria parte del ordenamiento interno pero porque se dice que ya se ha publicado pero decir que tras ser publicado en el BOE NO es estar mintiendo porque es un hecho que se ha dado ANTES de us entratada en vigor.

La unica forma de que la d) NO SEA CORRECTA es que los tratados NO tengan que ser publicados en el BOE para su validez y eso NO es asi.

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #763 en: 05 de Febrero de 2014, 12:27:35 pm »
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La unica forma de que la d) NO SEA CORRECTA es que los tratados NO tengan que ser publicados en el BOE para su validez y eso NO es asi.
No es correcta porque los tratados ya publicados no tienen que publicarse en el BOE para su validez. Ya fueron publicados y ya son válidos.

Desconectado BetoBello

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #764 en: 05 de Febrero de 2014, 12:28:23 pm »
Sevillano, la respuesta D quedaría así literalmente:

Los Tratados internacionales, válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, tan sólo formarán parte del ordenamiento interno tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Eso es lo mismo que decir que deberán ser publicados dos veces. No es correcto.

Respecto del gol, lo siento pero estás cambiando mi planteamiento inicial. Yo no he puesto "los goles subirán al marcador cuando:"

He puesto, marcar un gol perfectamente válido según el reglamento:

A) Subirá un tanto en el marcador

B)El balón deberá entrar en la portería  completamente para que el gol suba al marcador.

Es decir, una respuesta quedaría así: Marcar un gol perfectamente válido según el reglamento subirá un tanto en el marcador.

Y otra: Marcar un gol perfectamente válido según el reglamento,deberá entrar en la portería completamente para que el gol suba al marcador.

La B, no sólo no es menos correcta, es que está mal, ya que un gol perfectamente válido según el reglamento NO requiere que el balón entre en la portería para que suba al marcador. Ya que un gol perfectamente válido según el reglamento YA ha entrado una vez en la portería, y por tanto no requiere que vuelva a entrar en la portería para que el tanto suba en el marcador. De igual forma que un tratado publicado oficialmente en España no requiere que se publique en el BOE para que forme parte del ordenamiento interno, ya que esa publicación ya que se ha hecho.


Desconectado Sevillano1985

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #765 en: 05 de Febrero de 2014, 12:37:04 pm »
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No es correcta porque los tratados ya publicados no tienen que publicarse en el BOE para su validez. Ya fueron publicados y ya son válidos.

¿Donde fueron publicados? en el BOE no?


Publicado por: BetoBello
« en: Hoy a las 12:28:23 » Insertar Cita
Sevillano, la respuesta D quedaría así literalmente:

Los Tratados internacionales, válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, tan sólo formarán parte del ordenamiento interno tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Eso es lo mismo que decir que deberán ser publicados dos veces. No es correcto.

Es que yo no enfoco la pregunta porque el hecho de que tengan que ser publicados 2 VECES si no porque la afirmacion del B.O.E NO esta mal, como bien dices al final de como quedaria la D) (Los Tratados internacionales, válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, tan sólo formarán parte del ordenamiento interno tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado.)

En resumen y dejo ya el debate y simplificando y os pregunto; ¿TIENEN LOS TRATADOS QUE SER PUBLICADOS EN EL B.O.E? SI ES SI LA RESPUESTA NO ESTA MAL. Seria una afirmacion de una evidencia ya que la pregunta dice que esta oficialmente publciado pero ello no quita que este mal. Que yo sepa afirmar una evidencia NO pueden dartelo por mal
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Desconectado BetoBello

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #766 en: 05 de Febrero de 2014, 13:08:41 pm »
Sevillano, creo que te confundes de cabo a rabo porque la cuestión no es si los tratados deben publicarse en el BOE.

Aquí nadie está cuestionando eso, pero es que no preguntan eso. La cuestión no versa sobre los requisitos necesarios por los que un tratado puede considerarse publicado oficialmente en España.

Te están diciendo que ese requisito ya se ha cumplido, ese presupuesto de hecho ya se ha dado, independientemente de dónde deba hacerse esa publicación. Baste que sustituyas publicado oficialmente en España por publicado en el BOE para que te des cuenta del error:

"Los Tratados internacionales, válidamente celebrados, una vez publicados en el BOE, tan sólo formarán parte del ordenamiento interno tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado"

De verdad crees que esto es correcto? No es que sea redundante, es que es falso, un tratado publicado en el BOE, o oficialmente en España, o, en fin, pon el equivalente que más te guste, no requiere que se publique el BOE, o oficialmente en España, para que forme parte del ordenamiento interno. Simple y llanamente porque ya ha sido publicado y por tanto ya forma parte del ordenamiento interno.

Desconectado JavierDS_

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #767 en: 05 de Febrero de 2014, 15:22:29 pm »
El problema, a mi modo de ver, es que estáis entendiendo que la d) supone publicarse dos veces, y eso no es cierto, o al menos yo no veo o interpreto eso. Se publican sólo una vez, en el BOE. Os estáis cerrando en esa idea, pero dime cuántas preguntas de ese tipo han salido, no en esta, sino en otras asignaturas.

La d) puede estar mal porque se publiquen en otro sitio, ya que el "solo" excluye los demás, pero no porque suponga una doble publicación.

Desconectado BetoBello

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #768 en: 05 de Febrero de 2014, 15:48:44 pm »
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El problema, a mi modo de ver, es que estáis entendiendo que la d) supone publicarse dos veces, y eso no es cierto, o al menos yo no veo o interpreto eso. Se publican sólo una vez, en el BOE. Os estáis cerrando en esa idea, pero dime cuántas preguntas de ese tipo han salido, no en esta, sino en otras asignaturas.

La d) puede estar mal porque se publiquen en otro sitio, ya que el "solo" excluye los demás, pero no porque suponga una doble publicación.

Sinceramente, creo que basta con juntar el enunciado con la respuesta:

Los Tratados internacionales, válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España tan sólo formarán parte del ordenamiento interno tras su publicación en el BOE.

Qué entendéis entonces por "una vez publicados oficialmente".

No sé, pongo ejemplos:

El balón, válidamente introducido en la portería, una vez marcado tan sólo subirá al marcador tras pasar la línea de gol.

La comida, perfectamente masticada, una vez ingerida tan sólo estará en el estómago una vez pase por la boca.

La persona, elegantemente arreglada, una vez vestida tan sólo dejará de estar desnuda una vez se ponga los pantalones y la camisa.

Sin acritud, creéis que son correctas estas afirmaciones?

Desconectado JavierDS_

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #769 en: 05 de Febrero de 2014, 17:12:16 pm »
Sin acritud siempre   ;)

Tienes razón, si las juntas pierde un poco el sentido, pero es que de esas preguntas me he encontrado con varias en la UNED, donde no se discutía con otra respuesta. Ya he dicho porqué me decanté por esa.

Y al fin al cabo, los que mandan son profesores.

Saludos.

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #770 en: 05 de Febrero de 2014, 17:45:17 pm »
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No es correcta porque los tratados ya publicados no tienen que publicarse en el BOE para su validez. Ya fueron publicados y ya son válidos.
Es distinta la validez y aplicación directa a "formar parte del ordenamiento interno"... veis como tenían que haberla planteado de otra manera? los que confunden la validez con formar parte del ordenamiento juridico interno no saben que es necesaria la publicación el BOE para que el Tratado pase a formar parte del ordenamiento interno. Lo había dejado por imposible, pero lo vuelvo a pensar y sigo sin verlo claro, porque: Los Tratados internacionales, validamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España (en el BOE)... tan sólo formarán parte de ese ordenamiento tras la publicación en el BOE... No por segunda vez!!! sino como una frase explicativa de lo anterior, una vez publicados, tan sólo formarán parte del ordenamiento interno si esa publicación ha sido en el BOE (y no el boletin oficial de la Rioja...), ya sé que me he repetido con el ejemplo. Pero en dónde dice que la frase deba ser la literal del artículo 96, y no una acotación para concretar que la publicación debe ser en el BOE y no en otro lado... se entiende?? la fácil es la A, pero no se pensarán que los que respondemos la d) es porque pensamos que debe haber una doble publicación!!!! joder!! que estamos en 4º de grado... más vale que se replanteen bien la formulación de las preguntas, porque la A es clara, pero la D interpretando la continuación como una acotación, también lo es... NO DICEN: "TRAS UNA SEGUNDA PUBLICACIÓN", con lo cuál esa publicación puede ir perfectamente referida a la única y oficial implícita en la primera parte y expresada y concretada en la segunda en la referencia al único boletín por el que un Tratado Internacional pasa a formar parte del Ordenamiento Jurídico Español (distinto a validez, aplicación y directa y demás...).
ale, ya me he quedado a gusto, jaja. ah, y que opino que las dos son buenas, no que la A esté mal.  ;)

Desconectado BetoBello

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #771 en: 05 de Febrero de 2014, 19:50:48 pm »
pero no sólo hablan de validez, también dicen que ha sido publicado oficialmente...

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #772 en: 05 de Febrero de 2014, 20:04:12 pm »
el examen que hicisteis que era solo de na pregunta??? ;) ;) ;) ;)

Desconectado caliguindri

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #773 en: 05 de Febrero de 2014, 20:27:37 pm »
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pero no sólo hablan de validez, también dicen que ha sido publicado oficialmente...

Eso es, dicen que se ha publicado oficialmente en España (o sea en el BOE), por eso algunos pensamos que lo del BOE era una simple acotación que remarcaba que sólo tras esa publicación en el BOE formaría parte del ordenamiento jurídico, no que hubiera que publicarlo dos veces... es decir tras otra nueva publicación. Como además no han señalado expresamente que se tratara de una segunda publicación, no deja de ser interpretable... algunos podemos interpretar que lo que se pretendía era remarcar la exclusividad de la publicación en el BOE para formar parte del ordenamiento juridico interno, pero está claro que le dimos demasiado al tarro, porque no era la intención del departamento. Para la próxima que lo redacten un poquito mejor.

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el examen que hicisteis que era solo de na pregunta??? ;) ;) ;) ;)

Toda la razón  ;D
Lo que pasa es que es la que más da lugar a duda... de hecho no creo que vaya a cambiar mucho mi nota por esta pregunta, pero para alguno seguro que es la puntilla  :-\
Pero repito, la buena es la A. Lo que pasa es que si hay otra respuesta a la que dándole otra interpretación pudiera darse también por buena... es una pregunta coja y criticable.

Desconectado paz664

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #774 en: 06 de Febrero de 2014, 15:58:09 pm »
¿Sabéis cuál es el libro de esta asignatura del segundo cuatrimestre? Me gustaría estar segura antes de comprarlo y en la web salen muchos

Gracias

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #775 en: 06 de Febrero de 2014, 15:58:42 pm »
Parece que si, yo llevo entrando unos días y estoy de la pregunta de marras hasta la nariz, de hecho para mi está clarísimo cuál es la correcta (cualquiera pone algo)

Según mis cálculos personales (y según lo que leo en el libre) 27 bien, 2 mal, 1 no contestada (por tonto la que pensaba correcta, era la correcta y no pusé nada) , eso si, la PEC 7,5 así que imagino que en mi caso la PEC me bajará la nota.


Desconectado chache

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #776 en: 06 de Febrero de 2014, 17:07:50 pm »
a paz664: el libro del segundo parcial es el mismo que el del primero pero a partir de la página 663 si no recuerdo mal más el libro "organizaciones internacionales" 16 edición.

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #777 en: 06 de Febrero de 2014, 17:25:14 pm »
pero la nota de la pec puede bajar tanto que hasta te haga suspender???

Desconectado paz664

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #778 en: 06 de Febrero de 2014, 19:15:24 pm »
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a paz664: el libro del segundo parcial es el mismo que el del primero pero a partir de la página 663 si no recuerdo mal más el libro "organizaciones internacionales" 16 edición.

OK, muchas gracias

Desconectado antxon1

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #779 en: 06 de Febrero de 2014, 19:24:58 pm »
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pero la nota de la pec puede bajar tanto que hasta te haga suspender???

pues yo entiendo que si, aunque habría que leer la guía, pero en otras asignaturas ya ha pasado, de hecho en este foro ha habido quejas.

Ejemplo: PEC = 2,5 sobre 10        examen = 5 sobre 10.   

nota ponderada= PEC 0,625 +examen 3,75= 4,375. Luego penco 4,375 sobre 10 en el parcial.