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Autor Tema: POST OFICIAL PENAL II 2013/14  (Leído 80624 veces)

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Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #220 en: 14 de Diciembre de 2013, 21:10:16 pm »
voy a ver si encuentro la sentencia, supongo que esos cuatro años serán por la pena, principal también, de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo, ya que es por un periodo de uno a cuatro años, y ahí es dónde habrá metido el plus que se exige al profesional, por el mayor reproche social que se le supone, creo,  :-\


Desconectado silvestre

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #221 en: 14 de Diciembre de 2013, 21:27:58 pm »

Ésta es la sentencia que tenía yo

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Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #222 en: 14 de Diciembre de 2013, 21:30:47 pm »
up, lo siento, había leído "años" y son meses; sí, es imprudencia grave, lesiones cometidas por profesional, art. 152.3 ex 147.1, pena de prisión de tres a seis meses, con lo cual, cuatro meses me parece bien, ¿por qué se pondría en primera y segunda instancia el mínimo? bien, para algo está el recurso de casación, y el TS.

Suerte a todos/as

Desconectado Mimi72

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #223 en: 14 de Diciembre de 2013, 21:34:03 pm »
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yo también he acudido al delito de lesiones y al delito de daños, pero por favor, quien haya visto la sentencia, ¿puedes decirme si se considera imprudencia profesional? es que así lo he calificado como delito de lesiones por imprudencia grave cometida por profesional.

Gracias.

yo lo he calificado como delito de lesiones doloso, pues se da el elemento cognoscitivo en primer grado si bien el elemento volitivo se da en segundo grado, pues la intención del agente es la detención del vehículo.
Me he centrado sólo en el delito del agente y nada sobre el sujeto pasivo :'(

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #224 en: 14 de Diciembre de 2013, 21:39:24 pm »
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Ésta es la sentencia que tenía yo

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Mil gracias; he acertado hasta en la no apreciación de la eximente completa, es decir, no es causa de justificación a apreciar en la antijuricidad, sino en la culpabilidad, puesto que el hecho es ilícito, con lo cual, atenuación de la pena a imponer. Ahora a esperar la puntuación.  :)

Desconectado Mimi72

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #225 en: 14 de Diciembre de 2013, 22:02:15 pm »
SEGUNDO.- En el tercer motivo, al amparo del artículo 849.1º de la LECrim , denuncia la infracción por
inaplicación indebida, del artículo 150 del Código Penal , pues, de un lado, sostiene que la conducta descrita
en los hechos probados es dolosa, concurriendo dolo eventual. Argumenta que el agente no disparó de forma
instintiva a incontrolada cuando el vehículo daba marcha atrás en dirección al mismo, sino que lo hizo en dos
ocasiones cuando el vehículo ya circulaba hacia delante y ya no existía riesgo de que pudiera ser acometido.
Y de otro lado que dadas las numerosas cicatrices descritas en la sentencia, debió apreciarse la deformidad.



Al principio se califica como imprudente pero luego en casación el tribunal constitucional o superior lo califica como doloso.

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #226 en: 14 de Diciembre de 2013, 22:23:05 pm »
Ese es la motivación de los argumentos jurídicos en el recurso interpuesto por el sujeto pasivo.

No sé si es el mismo supuesto que el mío, pero hemos de tener en consideración que se nos da un práctico en el que no se reproduce ni la "clase de lesión" del sujeto pasivo, con lo cual no sabemos la "gravedad de las lesiones", y ahí están los supuestos agravados, que en la sentencia que ahora ya sabemos donde se reproducen todos los Hechos Probados, nos harían ir a un argumento más directo. Es por ello lo que apunto siempre que se trata de un práctico y el que no se nos aportan todos los datos, con lo cual, la respuesta estará bien si lo argumentado en base a eso que se nos aporta tiene viabilidad.

Lo que hemos de tener en consideración en la sentencia es esto -que no tiene nada que ver con la respuesta que cada cual hayamos dado, puesto que es lo que "hemos visto en lo que se nos aportaba".

 III. FALLO
DEBEMOS CONDENAR y CONDENAMOS al acusado Diego como autor de un delito de lesiones por
imprudencia previsto en el artículo 152.1.3º en relación con el artículo 150, con la concurrencia de la atenuante
del artículo 21.7ª en relación con el artículo 21.1ª, todos del Código Penal , a la pena de seis meses de prisión
con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Yo he apuntado a la imprudencia profesional, en la sentencia no lo han visto así, al menos no se hace mención al punto 3 del art. 152, pero sin la sentencia yo la veo así, es un profesional, y comete un delito por imprudencia grave un "profesional", ¿por qué no le aplican la pena principal del punto 3, sólo la accesoria?  ???  ???  ???
Se establece la indemnización a favor de Hermenegildo en un total de 25.516,64 euros.

Desconectado danimartin

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #227 en: 15 de Diciembre de 2013, 10:52:44 am »
Vamos chicoss a por la pec del Domingo!! es a las 11
quien la vea antes que la cuelgue por fvor

Desconectado chemicanof

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #228 en: 15 de Diciembre de 2013, 10:54:30 am »
Pero entonces, ¿hay que calcular la pena?

Desconectado fun9

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #229 en: 15 de Diciembre de 2013, 10:55:20 am »
 :D Buenos días ¿alguien preparado para hacer la pec?

Desconectado Fala68

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #230 en: 15 de Diciembre de 2013, 10:55:46 am »
Otro más para la PEC  :D
Saludos
Tomás

Desconectado Veruska123

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #231 en: 15 de Diciembre de 2013, 10:56:00 am »
Allá vamos!!!  :)

Desconectado anlesa22

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #232 en: 15 de Diciembre de 2013, 10:57:25 am »
A ver qué reloj tienen hoy... ::)

Desconectado rgarcia1668

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #233 en: 15 de Diciembre de 2013, 11:00:46 am »
Otro para la PEC. A ver qué tal sale!!!

Desconectado fun9

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #234 en: 15 de Diciembre de 2013, 11:03:07 am »
En la noche del 5 al 6 de octubre Juan, Ignacio y Pedro, puestos de común y previo acuerdo, con intención de apropiarse de los objetos de valor propiedad del matrimonio, se dirigieron a la casa donde vivía Cecilio con su esposa Estefanía. Esperaron escondidos a que Cecilio accediera con su vehículo al garaje comunitario de la vivienda. Cuando aparcó los asaltantes, que llevaban el rostro cubierto con un pasamontañas, se introdujeron en la parte posterior del vehículo golpeándoles con el fin de disminuir cualquier intento de defensa. Pedro le apuntó con una pistola que parecía verdadera. Ignacio, le arrancó una cadena de oro que llevaba en el cuello con una cruz y le arrebató un anillo solitario de oro con un zafiro y dos brillantes. Inmediatamente, Juan colocó cinta americana en la boca de la víctima para impedir que pidiera auxilio. A continuación, entre los tres agresores ataron de pies y manos a Cecilio, para después arrastrarlo fuera del coche hacia el ascensor. Subieron hasta la entrada de la vivienda de Cecilio, donde le sacaron del bolsillo del pantalón las llaves del domicilio, accediendo todos a su interior. Una vez dentro, tiraron al suelo a Cecilio volviendo a golpearle reiteradamente con los pies. Uno de los asaltantes se dirigió a la habitación en la que se encontraba Estefanía, procediendo a taparle la boca y a atarla sobre la cama. Los otros dos individuos fueron hasta el cuarto en el que la pareja guardaba la caja fuerte, encontrando ésta abierta y sin ningún objeto de valor del que poder apropiarse. Ante tal situación, abandonaron rápidamente el domicilio dejando maniatados a Cecilio en el suelo y a su esposa encima de la cama. Desde el inicio del acometimiento en el garaje, hasta que finalmente los agresores se marcharon de la vivienda, transcurrió un lapso de tiempo comprendido entre los veinte y los treinta minutos. Los asaltantes se apoderaron, además de 750 euros en efectivo y de cinco décimos de lotería que Cecilio portaba en la cartera. Las joyas han sido tasadas en 3.906,58 euros. En su huida, los asaltantes perdieron la pistola por ellos utilizada, resultando ser un arma de juguete de aire comprimido, pero incapacitada para el disparo de proyectiles al carecer de fuerza suficiente de proyección. A consecuencia de las agresiones sufridas por el matrimonio, ambos resultaron con lesiones, precisando una primera asistencia médica. Los dos denunciantes presentaron durante un largo periodo de tiempo, como secuelas, estado de hiperalerta y sobresalto, sin que hayan solicitado asistencia médica o psicológica posterior.

Desconectado danimartin

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #235 en: 15 de Diciembre de 2013, 11:03:28 am »
son las 11, estoy metido y no puedo acceder!!
no me sale nada. Ha alguien le ha salido???  :'( alguien la puede leer??......

Desconectado danimartin

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #236 en: 15 de Diciembre de 2013, 11:08:29 am »
bueno... qué os parece?? q delitos destacaríaiss??

Desconectado Fala68

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #237 en: 15 de Diciembre de 2013, 11:09:44 am »
Delito de robo con fuerza en las cosas(intimidación y violencia), Delito de lesiones y de detención ilegal. ¿Como lo veis?
Saludos
Tomás

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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #238 en: 15 de Diciembre de 2013, 11:10:02 am »
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Re:POST OFICIAL PENAL II 2013/14
« Respuesta #239 en: 15 de Diciembre de 2013, 11:14:45 am »
Noencuentro la stc a la q pertenece chicos...