Ya lo he encontrado. Estoy tan atacada con los exámenes que ya no se ni lo que leo.
1. El trabajador tendrá derecho:
a) Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo, si tal es el régimen instaurado en la empresa, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.
Es el art. 23 del Estatuto de los Trabajadores.