Buenas tardes compañeros / as, esta habilitada la PEC hasta el 5 de Mayo. Un saludo, áinimo y mucha protección social.
Con vuestro permiso, os copio el enunciado.
DERECHO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
Se concede especial importancia a la claridad de ideas, a la capacidad de exposición concisa y a que se aborden los puntos conceptuales o normativos básicos de la cuestión planteada. La respuesta imprecisa, fuera del tema planteado y, sobre todo, el error de cierta entidad en la respuesta tiene una influencia negativa en la valoración. En todo caso, la contestación a las preguntas no podrá consistir en una simple copia y pega del articulado.
Espacio: Máximo 4 hojas en Times New Roman a espacio sencillo.
SUPUESTO DE HECHO
La empresa “Textiles y Sedas S.A.” comenzó su actividad el 7 de marzo de 2010 con una plantilla de 13 trabajadores, contratados por tiempo indefinido y a tiempo completo. Posteriormente, el 20 de septiembre de 2012, se produjo la contratación de 2 nuevos trabajadores, también de manera indefinida. De estos 15 trabajadores, el único que no ha trabajado nunca es Enrique.
La empresa opta por la Mutua “Asepeyo” para la protección de las contingencias profesionales.
Francisco, fue contratado el 20 de septiembre de 2012. Tres meses después de empezar a trabajar, el 7 de enero de 2013, sufre un accidente de coche cuando se dirigía a la empresa desde su domicilio. La base de cotización por contingencias profesionales del mes anterior a la baja ascendió a 1300 euros.
Leonor, trabajadora de la empresa “Textiles y Sedas S.A.”, y Julio, trabajador de otra empresa en la que lleva prestando sus servicios interrumpidamente desde hace cinco años, esperan su primer hijo. El 26 de julio de 2013 Leonor da a luz; acuerda con su marido disfrutar de todo el descanso por maternidad. En el momento del nacimiento, al niño se le detecta una discapacidad del 40 %, así declarada por el órgano competente. Ambos residen y trabajan en España y no tienen derecho a prestación de ningún régimen público de protección social.
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PREGUNTAS A CONTESTAR
1. Trámites a realizar por el empresario ante la Seguridad Social en relación con la empresa y con los trabajadores. Indicar los trámites, lugar y plazos.
Normativa aplicable: La que relaciona el manual (incluido el anexo). En todo caso:
-Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (en adelante LGSS).
-Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social.
2. Razonar la prestación a la que tiene derecho Francisco, especificando los requisitos de acceso, su cuantía (base reguladora y porcentaje), nacimiento del derecho y responsable del pago.
Normativa aplicable: La que relaciona el manual (incluido el anexo). En todo caso:
-LGSS.
-Decreto 1646/1972, de 23 de junio, para la aplicación de la Ley 24/1972, de 21 de junio, en materia de prestaciones del Régimen General de la Seguridad Social.
-Orden de 13 de octubre de 1967 por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo de la prestación por incapacidad laboral transitoria (incapacidad temporal) en el Régimen General de la Seguridad Social.
3.1. En relación con el nacimiento del hijo de Leonor y Julio.
3.1. Indicar la duración del subsidio por maternidad de Leonor, el procedimiento de reconocimiento y el pago. Analizar si procede el reconocimiento de alguna prestación familiar y, caso afirmativo, especificar cuál es: requisitos que se han de cumplir y su cuantía.
3.2. Señalar si Julio tiene derecho a alguna prestación del sistema de la Seguridad Social relacionando, caso afirmativo, qué requisitos que tiene que cumplir para ello y su duración.
Normativa aplicable: La que relaciona el manual (incluido el anexo). En todo caso:
-LGSS.
-Real Decreto 295/2009, de 6 de marzo, por el que se regulan las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.
-Real Decreto 1335/2005, de 11 de noviembre, por el que se regulan las prestaciones familiares de la Seguridad Social.