Te copio lo que pone el libro:
Lesión corporal
Para que un accidente sea calificado como de trabajo es necesario que exista una lesión producida por la acción o irrupción súbita y violenta de un agente exterior, lesión que, aun siendo corporal, como expresa el precepto, no excluye las lesiones psicosomáticas.
Conforme el artículo 115 LGSS, son también accidente de trabajo las siguientes enfermedades:
a) Las enfermedades, no calificadas como profesionales que «contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo.
b) Las «enfermedades o defectos, padecidos con anterioridad por el trabajador, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente.
c) Las «consecuencias del accidente que resulten modificadas en su naturaleza, duración, gravedad o terminación, por enfermedades intercurrentes, que constituyan complicaciones derivadas del proceso patológico determinado por el accidente mismo o tenga su origen en afecciones adquiridas en el medio en que se haya situado el paciente para su curación»