Estoy intentando recabar información sobre la susodicha sentencia, pero se me ocurrió que quizás algunos compañeros podrían ayudarme a entender mejor el caso.
Quiero entenderla en profundidad porque toca bastante temas que estoy estudiando ahora mismo (Derecho Tributario y en especial atañe a conflictos con D. Comunitario).
¿Sabéis cuales son los argumentos jurídicos empleados para tumbar el tributo? Hoy mientras estaba enfrascado con mis apuntes de D. Mercantil, se me vino a la cabeza lo siguiente: ¿podría este tributo interpretarse como un supuesto de exacción "arancelaria" (lo pongo entrecomillado porque no es exactamente lo que quiero decir) frente al principio de libertad de circulación y libre funcionamiento del mercado, ya que grava especialmente al sector de transportes y circulación de mercancías (art 34 TFUE)?
Gracias por adelantado a quienes me ayuden a aclararme sobre el asunto.
